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sábado, 14 de marzo de 2020

La PAH exige la suspensión de todos los desahucios en la Región

MURCIA.- Ante la crisis del 'coronavirus', las instrucciones de las autoridades sanitarias, y el decreto de confinamiento aprobado por el Gobierno regional, y las que puedan provenir de la declaración del estado de alarma por el Gobierno del Estado, la PAH exige al TSJ, a todos los Juzgados de 1ª Instancia de la Región de Murcia, y a los Servicios Comunes, la suspensión de todos los desahucios previstos para el próximo mes, como mínimo.
La PAH explica que "no se trata de actuaciones de carácter urgente, y además de poner en riesgo a las familias, y a los integrantes de las comisiones judiciales que los ejecutan, contraviniendo además las instrucciones precisas de las autoridades sanitarias, pudiendo además, poner en riesgo al resto de la población".

miércoles, 26 de febrero de 2020

La PAH de la Región prepara una gran movilización para marzo

MURCIA.- La Plataforma de Afectados por la Hipoteca de la Región (PAH) ha puesto en marcha una campaña para exigir al Gobierno autonómico que cumpla con lo establecido en la ley de Vivienda con el fin de frenar los desahucios, que acabará con una gran movilización el próximo 28 de marzo. 

Según ha explicado el portavoz de la plataforma, Francisco Morote, la ley regional prevé diversos mecanismos orientados a que las familias en situación de vulnerabilidad puedan optar a alquileres sociales. 
Incluye también medidas para que estas personas tengan alternativas al corte de los suministros de luz, agua o gas en caso de impagos.
Sin embargo, las medidas no se aplican porque no se han desarrollado los reglamentos y convenios para tal fin, para lo que el gobierno tenía un plazo de seis meses (hasta finales de 2016). 
Desde entonces hasta el tercer trimestre de 2019 en la Comunidad se han ejecutado 9.439 desahucios de los que, según Morote, «varios miles» se podrían haber evitado.
 
"Diputados del PP presentan la ley del embudo o cómo seguir criminalizando la pobreza"

"De forma tan vergonzante como elocuente, diputados regionales del PP, presentaron ayer en la Asamblea Regional, una iniciativa para para que sea la Asamblea la que pida al Congreso la modificación de la ley de enjuiciamiento civil para desahuciar en 12 horas a familias que estén ocupando sin título suficiente una vivienda.
Lo hacen como si ignorasen, aunque lo saben perfectamente, que las familias que recurren a esta forma de acceso a la vivienda, lo hacen forzadas por varias realidades de las que los promotores del cambio son partícipes o cómplices cuando menos. Y lo son de la rebaja sustancial de los salarios provocada por su reforma laboral, que impide a muchísimas familias acceder a los prohibitivos precios del alquiler, y mucho menos aún a que algún banco les fíe una hipoteca. Lo son en parte, de que en este país el Parque de Vivienda Pública para alquiler asequible no exista (según datos de Fomento en 2019 sólo el 1,5% del parque total de vivienda existente, en países como Francia, Alemania, Reino Unido, Austria… ronda el 20%), y menos aún para vivienda social. Lo son por permitir el desembarco en España de los Fondos Buitre, que se han hecho con el enorme pastel de los “activos tóxicos” de la banca en viviendas y están tirando de los precios del alquiler hacia arriba sin ninguna consideración por los inquilinos. Lo son de que en España, según datos del INE, haya 3,5 millones de casas vacías y no se haga nada para movilizarlas mientras se justifica la subida de los alquileres en la falta de oferta.
En estas circunstancias, muchas familias tienen que optar entre la calle, o la ocupación, y la inmensa mayoría, como ellos mismos reconocen, lo hacen en viviendas vacías propiedad de bancos o fondos que las mantienen fuera del mercado para provocar el alza de los precios.
¿Por qué ley del embudo? Pues porque estos diputados, tan preocupados ellos por los pobres que incumplen las leyes, miran a otro lado cuando es su propio gobierno el que incumple la ley 10/2016, cuyo incumplimiento, priva a las familias murcianas en situación de vulnerabilidad de herramientas como el realojo en caso de desahucio, la obligación de los grandes propietarios de vivienda de ofrecer alquiler social antes de un desahucio, o la obligación de las suministradoras de servicios básicos como agua, luz y gas, de contactar con los servicios sociales antes de proceder a un corte de suministro por impago.
Desde la entrada en vigor de la ley el 15/9/16 hasta el último dato del CGPJ conocido, se han producido en la Región de Murcia 9.438 desahucios, (es decir 9438 familias en la calle) de ésos, en aplicación de la ley, podrían haberse evitado varios miles, que, por culpa de la inacción de los gobiernos regionales del PP, y ahora con Cs se han ejecutado. Por supuesto, con la aquiescencia del grupo Popular de la Asamblea Regional en el que militan quienes presentaron ayer la reforma.
Este es el embudo del PP: parte ancha para especuladores y gobiernos que incumplen las leyes que emanan de su propio parlamento, y la estrecha para las gentes vulnerables y pobres, a quienes se priva de herramientas de defensa y se les criminaliza."

miércoles, 11 de diciembre de 2019

La PAH advierte de los "engañosos" datos del CGPJ sobre desahucios

MURCIA.- Los datos correspondientes al tercer trimestre de 2019, siempre son engañosos, ya que, aunque se enuncian como de trimestre, en realidad son “bimestre”, ya que el mes de agosto es inhábil judicialmente, por lo que no se practican desahucios ni se inician nuevos procedimientos de ejecución hipotecaria… etc., por lo que en realidad, los datos de este “trimestre” se refieren sólo a los meses de julio y setiembre, por lo que la bajada es sólo coyuntural, y no responde a ningún cambio real, como podremos comprobar en los datos de los próximos trimestres.

Aun así, nuestra uniprovincial región ocupa un lamentable 4º puesto en desahucios por hipoteca, sólo tras Andalucía, Cataluña y Comunidad Valencia, regiones con tres provincias la que menos
Además, tras la vergonzosa sentencia del Supremo interpretando la emanada del TJUE, se están reactivando cientos de miles de procedimientos de ejecución hipotecaria suspendidos en su tramitación desde la primavera de 2017, lo que provocará un importante repunte de los desahucios derivados de los mismos.
Por si fuera poco, a partir de marzo de 2020, terminará la moratoria de desahucios y alquileres sociales, de viviendas que, en su inmensa mayoría, ya no son propiedad de los bancos que ejecutaron los procedimientos, sino que han sido vendidas a fondos buitre, que intentarán no responsabilizarse de nuevas prórrogas provocando otra oleada de desahucios.
Por tanto, desde la PAH exigimos nuevamente al gobierno regional, que demuestre la condición de demócratas de sus miembros, acatando y cumpliendo de una vez la ley 10/2016 aprobada en su día con los votos de PSOE, Podemos y Cs, de manera que las familias murcianas en dificultades, puedan disponer de las herramientas de las que la insumisión de López Miras les está privando.

miércoles, 11 de septiembre de 2019

Coordinadora Regional de PAHs: "Justicia: Una de cal y otra de arena"


MURCIA.- Conocido el posicionamiento de Abogado General de Europa en relación con el IRPH, declarándolo abusivo por incomprensible y falto de transparencia. Ello, pese a la vergonzosa actuación en el proceso de la Abogada del Estado español, que, cumpliendo órdenes del Gobierno suponemos, avaló a la banca ¡Cómo no!, y más que eso, pidió al Tribunal que, en caso de considerarlo abusivo, no establezca retroactividad para que los bancos, no tengan que devolver a la gente los miles de millones estafados. No obstante, tendremos que esperar a la sentencia definitiva, que conoceremos en el primer trimestre de 2020.

Hoy el Tribunal Supremo de España, ha vuelto, como nos tiene acostumbrados, a dar trato de favor a la banca con la sentencia sobre los efectos de la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado, sentencia dictada, como siempre, desde la lógica del prestamista. La sentencia considera que lo que está en peligro es el negocio de los prestamistas (bancos) que sin ejecución hipotecaria no darían préstamos. Sigue la estela de la Ley de Créditos Inmobiliarios, aprobada este año, a la que se remite constantemente. Ya en su momento, la PAH denunciamos que, lamentablemente el PSOE había seguido la estela de De Guindos.
Los contratos hipotecarios tienen la cláusula abusiva de vencimiento anticipado por impago de una cuota. La Ley 1/2013 modificó la ley procesal y permitía ejecutar al banco por 3 cuotas impagadas. El TJUE a lo largo de diversas resoluciones judiciales ha establecido que para valorar la abusividad de la cláusula hay que estar a lo que dice el contrato y no a la práctica que se haya hecho de ella. 
En la Sentencia de 26 de marzo, tras unas dudas tramposas por parte del Tribunal Supremo, el TJUE considera que los jueces deben valorar la esencialidad de la cláusula, si puede existir el contrato sin la cláusula de vencimiento anticipado, si llegan a la conclusión que puede existir el contrato sin el vencimiento anticipado no pueden sustituir la cláusula por ninguna otra.
Dedica gran espacio a explicar que lo que importa en la garantía hipotecaria, la garantía de cobrar, que es la razón de ser de la sentencia, y pensamos que la razón última de la posición del Tribunal Supremo en abusos bancarios en la última década. De hecho, en la sentencia se menciona la palabra “garantía” 18 veces mientras que palabra “vivienda” solo se nombra en dos ocasiones.
Ignora el Supremo el mandato del TJUE de preguntar al consumidor afectado si quiere seguir vinculado o no a la cláusula de vencimiento anticipado pese a saber las consecuencias que se derivarían de ella en el procedimiento de ejecución hipotecaria.
El Supremo interpretando la Sentencia del TJUE, hoy da las directrices de que, si el préstamo hipotecario se dio por vencido antes de la reforma de la Ley 1/2013, deben ser sobreseídos, sin más trámite. 
Ahora bien, los procesos en los que las familias afectan hayan incumplido la gravedad que establece la Ley 5/2019, LRCCI (de crédito inmobiliario), 12 o 15 cuotas impagadas dependiendo del número de años de la vida del préstamo que hayan abonado podrán los bancos continuar la ejecución. 
Y avala definitivamente a la banca el Supremo en todas aquellas ejecuciones hipotecarias en las que se haya dictado un auto sobreseyendo el procedimiento en no dotar de cosa de fuerza juzgada pudiendo nuevamente iniciar una ejecución hipotecaria basada en lo previsto en el art. 24 LRCCI (12 ó 15 cuotas).
Desde un punto de vista meramente jurídico, el tratamiento de la jurisprudencia europea sigue la técnica del “espigueo”, tomando sólo lo que interesa para justificar la decisión ya tomada de consagrar el vencimiento anticipado y la ejecución hipotecaria. 
Destaca la ausencia de la reciente doctrina sobre el “orden público comunitario” y el artículo 6.1 de la Directiva 13/93. 
Tampoco aparece nada sobre la sentencia de 28 de febrero de 2019 del Tribunal Constitucional, que ha declarado que la protección a consumidores en ejecuciones hipotecarias forma parte del contenido del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. Por último, aunque esto ya no sorprenda, no existe alusión alguna a los Tratados de Derechos Humanos que determinan una protección cualificada de la vivienda habitual como Derecho Humano de toda persona.
No hay ni una palabra sobre el destrozo social causado por las ejecuciones hipotecarias en los últimos diez años, lo que supone un desprecio absoluto a las víctimas de los abusos bancarios. Ni una palabra sobre las razones de las afectadas. Ni una mención al desalojo de familias al amparo de prácticas abusivas constantemente consentidas o las cantidades millonarias cobradas gracias a cláusulas abusivas y que nunca serán devueltas. Por supuesto ninguna autocrítica.
Esta sentencia tendrá como efecto inmediato, el desatasco de miles de procedimientos de ejecución hipotecaria con el consiguiente aumento del número de desahucios que habrá que sumar a los 173 diarios que según el CGPJ se ejecutaron en el primer trimestre de este año.
La PAH seguiremos enfrentándonos a ellos cada día, hasta conseguir que el Derecho de acceso a una vivienda adecuada y digna sea una realidad en nuestro país.

martes, 18 de junio de 2019

La PAH lamenta "otra oportunidad perdida" con la nueva ley hipotecaria

BARCELONA.- La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) ha lamentado que la nueva ley hipotecaria que entró en vigor ayer supone, a su juicio, "otra oportunidad perdida" para legislar "acorde con los estándares europeos". 

"Es una ley de maquillaje para las entidades financieras", "absolutamente abusiva e ilegal, como ha corroborado el Tribunal de Justicia Europeo en reiteradas ocasiones", ha denunciado este martes la plataforma en un comunicado.
La entidad ha detallado que los clientes tendrán que seguir pagando los gastos derivados de la tasación de la hipoteca, aunque los costes de notaría, gestoría y de actos jurídicos documentados irán a cargo de los bancos.
Hasta ahora, el banco podía reclamar la totalidad de la deuda vía ejecución hipotecaria tras tres impagos, que han pasado a 12 en la primera mitad del préstamo y a 15 en la segunda parte.
Según la PAH, el resultado será "una mayor cantidad de deuda acumulada, aumentando la dificultad para ponerse al día".
Respecto a los intereses de demora, la plataforma ha manifestado que la ley los sitúa al 3 %, "contradiciendo al Tribunal Supremo, que establece un máximo del 2 %".
Así, la entidad ha condenado que la legislación "no resuelve en absoluto" los problemas vigentes y "vuelve a dejar fuera" las "principales demandas: la dación en pago retroactiva con extinción total de la deuda, los alquileres sociales, medidas para acabar con los desahucios, la responsabilidad limitada y el control de información de la cesión de crédito".

lunes, 13 de mayo de 2019

Bancos y fondos preparan miles de demandas para recuperar viviendas con la nueva ley hipotecaria

MADRID.- Bancos y fondos extranjeros propietarios de cientos de miles de viviendas en España preparan una tromba de demandas para ejecutar hipotecas gracias a la Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, conocida como la nueva ley hipotecaria, que entra en vigor el próximo 16 de junio, recuerda hoy https://www.vozpopuli.com.

La nueva norma fortalece los derechos de los consumidores a la hora de solicitar un préstamo hipotecario, y también permitirá que las entidades financieras y los fondos puedan reclamar en los juzgados ejecución de hipotecas con la ley en la mano.
Tras la entrada en vigor de la norma, comentan fuentes financieras a la hora de explicar el procedimiento empleado para reclamar la ejecución de hipoteca, se comunicará por vía oficial a los deudores su situación de impago y la reclamación. Una vez enviada la reclamación, los deudores dispondrán de 30 días para pagar las cantidades debidas; si se incumple el plazo, se acudirá a los juzgados, añaden.
Los bancos españoles y los fondos tienen en propiedad miles de viviendas cuyos inquilinos llevan años sin pagar la hipoteca en base a cláusulas abusivas que contenían los contratos de préstamo firmados con sus respectivas entidades financiadoras.
Las fuentes consultadas explican que cuando las entidades de crédito o los fondos acudían los juzgados para ejecutar la vivienda, el juez anulaba el proceso porque sus contratos contenían cláusulas abusivas como que al mes, o algunos meses más de impago, se activaba el vencimiento anticipado del contrato. 
Las mismas fuentes admiten que, efectivamente, se trataba de cláusulas abusivas, pero que en base a ello hay miles de inquilinos que llevan años sin pagar la hipoteca, porque los jueces daban por nulo el proceso.
La nueva Ley contiene una regulación del vencimiento anticipado del contrato de préstamo y de los intereses de demora. Como explica el texto normativo, en el régimen vigente existe "cierto margen a la autonomía de la voluntad de las partes", lo que ahora se cambia "por normas de carácter estrictamente imperativo".
Así, mediante el nuevo régimen del vencimiento anticipado se garantiza "que este solo pueda tener lugar cuando el incumplimiento del deudor es suficientemente significativo en atención al préstamo contratado".
El artículo 24 establece que el prestatario perderá el derecho al plazo y se producirá el vencimiento anticipado del contrato si concurren determinados requisitos (por ejemplo, al 3% de la cuantía del capital concedido, cuando las cuotas vencidas y no satisfechas equivalgan al impago de doce plazos mensuales).  
"A partir de ahora, a los inquilinos que llevan más de un año sin pagar podremos reclamar la ejecución en el juzgado con la ley en la mano", comentan las fuentes consultadas.

Carácter retroactivo

Aunque la mayoría de los artículos de la Ley de crédito inmobiliario no tiene carácter retroactivo, en el caso de impagos de hipotecas, en determinadas situaciones, sí que lo contempla.
La disposición transitoria primera establece que, sobre los contratos preexistentes, "esta Ley no será de aplicación a los contratos de préstamo suscritos con anterioridad a su entrada en vigor".
Sin embargo, la misma disposición, incluye en su punto 4 que para los contratos anteriores a la entrada en vigor de esta Ley en los que se incluyan cláusulas de vencimiento anticipado, "será de aplicación lo previsto en el artículo 24 de esta Ley".
En ese mismo punto 4 de la disposición se indica que será de aplicación el artículo 24 "salvo que el deudor alegara que la previsión que contiene resulta más favorable para él". Una posibilidad, prácticamente inexistente en los contratos de préstamos firmados por la banca en los últimos 10 años.

martes, 5 de febrero de 2019

La PAH de Murcia opina sobre el acuerdo CARM-TSJ para 'acabar con los desahucios'

MURCIA.- En relación con la noticia sobre el grupo de trabajo CARM-TSJ para “acabar con los desahucios” constituido entre la CARM y el TSJ, es consecuencia del acuerdo entre el CGPJ y la CARM, suscrito el pasado mes de diciembre, tras haber suscrito el Consejo General del Poder Judicial acuerdos similares, con casi todas las CCAA desde hace incluso años, pone de manifiesto el olvido en el que la CARM había sumido este grave problema.

De la lectura del acuerdo, lo único que cabe entender, es que se comprometen a cumplir el artículo 150.4 de la ley de enjuiciamiento civil, para lo que no se requiere acuerdo alguno.
En cuanto al Gobierno regional se refiere, lo primero que han de hacer es cumplir fiel y rigurosamente la ley 10/2016, incluyendo a la PAH en el Servicio de Mediación Hipotecaria del que tanto alardean, y de cuyos resultados dudamos,  negociar con grandes tenedores de vivienda la cesión de un número suficiente de viviendas en buen estado,  así como con las suministradoras de agua, luz y gas, y, sobre todo, cambiar sus absurdas e ineficaces políticas de Vivienda, empezando a generar de una vez Parque Público de Vivienda, tanto para alquiler asequible, como para Vivienda Social, cuya carencia es casi absoluta. Así como revisar y mantener el exiguo parque existente.
Por lo que se refiere al PP, partido del Gobierno regional y del Consejero Valverde, debieran empezar por reconocer que fue su reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) que aprobaron en 2013 la que deja a los inquilinos en manos de los caseros, quienes deciden si renovar o no los contratos y fijar los precios que consideren, impidiendo además su defensa jurídica en caso de demanda de desahucio por impago o por “necesidad”.
Con el texto actual de la LAU, servirá de muy poco la detección precoz de la situación vulnerabilidad, ya que el cumplimiento de la ley, obligará a los jueces a dictar órdenes de desahucio.
La judicatura lo tiene más fácil, si en cumplimiento de la ley 25/2014 de Tratados Internacionales, da cumplimiento al Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, (cuya obligación de cumplimiento recordó el Supremo el pasado julio) suscrito por España en 1976, y ratificado en 2010, que prohíbe los desalojos forzosos sobre familias vulnerables sin alternativa habitacional…
Para acabar realmente con los desahucios, lo que el PP debe hacer, es dejar que se tramite la Ley de Vivienda de la PAH, que tras haber sido aprobado en septiembre pasado su toma en consideración por el Pleno de Congreso, la vienen bloqueando semana tras semana junto con C's con la excusa fraudulenta (que permite el absurdo y antidemocrático Reglamento del congreso) de ir solicitando cada semana nueva ampliación del plazo de presentación de enmiendas para impedir la tramitación de la misma. 
También debería explicar el PP, por qué ha presentado un proyecto de ley, por el que se puede llegar a condenar hasta con 3 años de cárcel a quienes carentes de cualquier alternativa, se vean obligados a ocupar una de las más de 3,4 millones de casas vacías que existen en España según el INE.
Nuestra ley establece la dación en pago incluso retroactiva, alquileres largos y con precios justos con elaboración de índices de precios que permitan a los ayuntamientos controlar subidas especulativas, que para disponer de casas, dado el inexistente parque público, obliga a los grandes tenedores que hayan recibido dineros públicos por vía de subvenciones, exenciones fiscales o rescate a ceder temporalmente el uso de viviendas injustificadamente vacías y pone además fin a la pobreza energética.
En un país en el que sólo durante los 3 primeros trimestres de 2018 se han ejecutado más de 184 desahucios, de media al día, 10 de ellos en la región de Murcia, según los datos del CGPJ, donde el parque público de vivienda apenas supera el 1% imposibilitando el realojo de familias desahuciadas, con unos precios de alquiler y de compra de vivienda desbocados y unos salarios devaluados, donde se permiten los desalojos forzosos a familias vulnerables sin alternativa habitacional, las 184 familias desahuciadas cada día sólo pueden quedarse en la calle, u ocupar alguna de las más de 3,4 millones de casas vacías que según el INE hay en España, o se ponen en marcha medidas de choque, o el acceso a la vivienda será un privilegio sólo de quienes se lo puedan pagar.

domingo, 13 de enero de 2019

La PAH alerta de que habrá cuatro desahucios a familias con menores la próxima semana en la Región

MURCIA.-La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) de Murcia ha alertado de que este mes hay previstos cuatro desalojos de familias con hijos menores en esa comunidad, tres de ellos en la capital, y han exigido la aprobación urgente de su propuesta de ley de Vivienda para que no se sigan produciendo.

Según sus datos, el 17 de enero hay programados sendos desahucios en la pedanía murciana de La Ñora y en el barrio de Espinardo.
El primero afecta a una familia compuesta por una pareja, sus cuatro hijos menores y el abuelo de los niños, que residen en una infravivienda.
El segundo caso es el de una pareja con dos hijos menores que viven de alquiler.
El tercer desahucio de la capital está programado para el 25 de enero y afecta a una pareja con tres hijos menores.
Por último, la PAH tiene constancia de una orden de ejecución el 18 de enero en San Pedro del Pinatar a una familia de nueve miembros, entre ellos, dos bebés de 11 meses y 2 años.
Según la plataforma, a ninguna de estas cuatro familias se les ha ofrecido alternativa habitacional.
Ha recordado que según los últimos datos publicados por el Consejo General del Poder Judicial, en la región de Murcia se producen más de 9 desahucios cada día de media.
Por ello, han exigido que se aplique en su integridad la ley regional de Vivienda aprobada en 2016 y que se tramite "con urgencia" en el Congreso de los Diputados la propuesta por la PAH y que PP y C's bloquean cada semana pidiendo prórrogas para su debate.

sábado, 15 de diciembre de 2018

El decreto de alquileres aprobado ayer por el Gobierno no le gusta nada a la PAH

MURCIA.- Sobre el decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros en relación con los alquileres, la PAH manifiesta lo siguiente:

1.       Confirma la falta de ambición por parte del Gobierno de un grave problema que está impidiendo a miles de familias el acceso a la vivienda, al no atacar directamente los precios, ni intervenir directamente en el mercado.
2.       No tiene retroactividad, por lo que todos los contratos en vigor se regirán por la legislación actual, y sus posibles efectos positivos tardarán años en notarse, ya que partimos de unos precios especulativamente inflados.
3.       Carece de medidas para movilizar millones de casas desocupadas, que sus propietarios mantienen fuera del mercado con el fin de encarecer los precios de alquiler y de compra, especialmente fondos buitre, socimis y bancos.
4.       No permite a los ayuntamientos establecer índices de referencia de precios, para moderar y rebajar los abusivos precios actuales.
5.       No modifica la legislación para que las inquilinas demandadas por sus caseros puedan defenderse en el proceso judicial, en contra del dictamen del Comité DESC de Naciones Unidas.
6.       No incluye medida alguna para la generación del Parque Público de Vivienda para alquiler asequible y social, a pesar de que en España dicho Parque, apenas sobrepasa el 1% del total, mientras que, en países como el Reino Unido, Francia, Alemania, Austria y otros si sitúa en torno al 20%.
En consecuencia, la PAH considera que, para pinchar la actual burbuja de los precios de alquiler, son necesarias medidas como las que señalamos, ya que sin ellas los precios no van a bajar, y que para afrontar la actual situación de emergencia habitacional que sufre nuestro país, es imprescindible la aprobación urgente de las medidas contenidas en la Ley de Vivienda de la PAH, que está sufriendo el bloqueo fraudulento de PP y Cs, que semana tras semana andan pidiendo prórroga del plazo de presentación de enmiendas.
Desde la PAH señalamos como culpables de la emergencia habitacional al empobrecimiento  general de la ciudadanía,  la falta de vivienda pública de alquiler que impide modular el mercado especulativo, a los fenómenos  de turistificación, a una ausencia de compromiso con el derecho a la vivienda para favorecer los beneficios impresentables de la banca y capital especulativo y, recientemente para a colmo al incomprensible empecinamiento del PSOE  por mantener los contenidos de la Ley de Crédito Inmobiliario, absolutamente continuistas con las leyes del PP, aprobada en la ponencia con la complicidad de PP, Cs, PDeCat y PNV, y al PP y Cs que cada semana impiden que se inicie el debate de la Ley de Vivienda de la PAH.

jueves, 8 de noviembre de 2018

La PAH mantiene las movilizaciones viernes y sábado en Murcia tras el 'hipotecazo' y pese al decreto del Gobierno

MURCIA.- En relación con el anuncio hecho por el presidente del Gobierno Pedro Sánchez tras la sentencia del Supremo de ayer, sobre el real decreto que ha aprobado hoy el Gobierno, para que el impuesto de actos jurídicos documentados lo pague la banca en lo sucesivo, desde la PAH considera que:

"Es una medida que intenta salvaguardar la decisión del Supremo, en el sentido de liberar a la banca de la retroactividad y de la obligación de devolver a las familias las cantidades indebidamente pagadas por éstas, estableciendo que en lo sucesivo sean los bancos quienes lo hagan, que ya encontrarán la fórmula de cobrárnoslo.

Es una medida insuficiente a la hora de proteger a los deudores hipotecarios. Nos recuerda a aquella otra sentencia del Supremo de 2013, sobre las cláusulas suelo en la que intentaron liberar de la retroactividad a la banca, y que fue corregida por el TJUE en 2016. A los bancos no les costará encontrar la fórmula de cobrárnoslo y lo pagado, pues pagado está.

Este país lo que necesita urgentemente es una legislación hipotecaria acorde con los estándares europeos, donde la parte claramente más débil, esté suficientemente protegida. Para lograr esto, Pedro Sánchez tiene la opción a aceptar en la ley de crédito las enmiendas que protegen al deudor hipotecario, como son la dación en pago, la limitación de la responsabilidad al bien hipotecado… 

Introduciendo también los criterios establecidos en la Directiva 93/13/UE, sobre los contratos entre profesionales y consumidores de forma que se reequilibre la radical desigualdad entre prestamistas y prestatarios, banqueros e hipotecados, protegiendo especialmente a la parte más débil, y no como hasta ahora, en que la sentencia del Supremo es el último ejemplo de la desigualdad existente. Hasta el momento, Pedro Sánchez se está apoyando en PP y C's para sacar adelante el proyecto del banquero De Guindos, y viene rechazando enmiendas que van en sentido contrario.

Pero si como anunció hace más tiempo Pedro Sánchez, lo que desea es garantizar el Derecho a la Vivienda, dispone de un instrumento idóneo: La Ley de Vivienda PAH, actualmente en trámite suspendido por el fraude sistemático petición de prórrogas que vienen haciendo PP y C's, demostrando que la situación de emergencia habitacional que atraviesa el país no les afecta.

Por tanto, desde la PAH, no vemos otro camino que el de seguir luchando, movilizándonos, porque nada ha cambiado, todo presagia que los más de 33.000 desahucios del primer semestre de este año, van a ser ampliamente superados en el segundo. Los precios de los alquileres no dejan de subir. Las casas vacías siguen vacías sin que nadie haga nada por movilizarlas…

Por eso la PAH ha convocado y mantiene movilizaciones en todos los territorios para este viernes, y para el próximo sábado, a las 18 frente al Palacio de Justicia en Murcia, y ante el Tribunal Supremo en Madrid".

lunes, 5 de noviembre de 2018

La PAH-MU pide evitar una «vergüenza suprema» con la sentencia sobre el impuesto de las hipotecas


MURCIA.- Una veintena de miembros de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca de la Región de Murcia se concentraron este lunes a las puertas de la Ciudad de la Justicia de Murcia para exigir que el pleno de la Sala de Lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, que se reúne en estos momentos en Madrid, confirme las sentencia que obligan al pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados a los bancos.

«Esta reunión está fuera de todo precedente, después de dictarse tres sentencias y existiendo jurisprudencias», señalaba el portavoz de la plataforma, Francisco Morote, frente a una pancarta con el lema '#Supremavergüenza' y entre gritos de 'Sí se puede'.
«Se están intentando moderar cláusulas abusivas en favor de los bancos. En 2013 lo hicieron con la sentencia sobre las cláusulas suelo y establecieron que solamente se podía reclamar a partir de ese fallo y tuvo que venir tres años después el Tribunal de Justicia de la Unión Europea a decir que se podía reclamar desde la firma de la hipoteca. Por lo tanto estamos advertidos de lo que va a pasar», puntualizó Morote.
«No tiene sentido que el propio Tribunal Supremo haya dicho que los honorarios del notario los tenga que pagar el banco y sin embargo el tributo, que se deriva de un acto que tiene que abonar la entidad, lo tenga que pagar el ciudadano. Eso es una incoherencia tremenda», concluyó el portavoz. Este colectivo reclama así que se declare abusiva la cláusula que impone al prestatario esta obligación.
El acuerdo de suspensión de los recursos ordenada por el presidente de la Sala Tercera reconoce, según la PAH, que la decisión se toma por su «enorme repercusión económica y social», sin señalar fundamento jurídico alguno que justifique esa decisión «sin precedentes», según distintos juristas de reconocido prestigio.
Además, la PAH también advirtió sobre la tramitación en el Congreso de los Diputados de la Ley de crédito inmobiliario, elaborada por el exministro y «banquero» De Guindos, que es, en palabras de este colectivo, un nuevo intento de moderación y «blanqueo» de cláusulas abusiva.
La plataforma interpeló mediante un comunicado al PSOE para que no ratifique las propuestas del PP en esta materia y garantice todas las medidas propuestas en defensa de los deudores hipotecarios, advirtiendo que, si no se modifica el texto actualmente defendido por socialistas, populares y Ciudadanos, podrían reactivarse miles de procedimientos de ejecución hipotecaria actualmente suspendidos, con el consiguiente aumento de los desahucios.
Finalmente, la PAH pidió al consejero de Fomento e Infraestructuras, Patricio Valverde, la retirada «inmediata» del borrador del reglamento de la Ley de Vivienda Protegida, «sacado a toda prisa» para «contrarrestar los daños» recibidos por los datos sobre desahucios en la Región y por la sentencia del Tribunal Constitucional que avala la constitucionalidad de la Ley de Vivienda.

martes, 13 de febrero de 2018

El zasca de la PAH a Albert Rivera por su desafortunado tuit contra los desahuciados

MADRID.- La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) ha puesto en su sitio a Albert Rivera, que este sábado se descolgó con unas declaraciones que provocaron hilaridad en las redes, según Público.

El líder de Ciudadanos escribió en Twitter: "Hay que proteger a las familias que pagan sus impuestos y cumplen la ley, frente a los Okupas y las mafias que rompen la convivencia y les arrebatan impunemente sus pisos. Ya basta, las administraciones tienen que defender a sus vecinos".
Acto seguido, la PAH le aplicó un correctivo y, de paso, le dio una lección: "567.261 desahucios desde 2008, 1,5% de vivienda pública, 3,44 millones viviendas vacías, 62.295 millones de euros a la banca a cambio de nada y el PP bloqueando leyes de @LA_PAH en la @ComunidadMadrid gracias a @CiudadanosCs".
O sea, que nadie ocupa por placer.
Según El Salto, el tuit enlazaba a un vídeo que "luego fue borrado", donde se explicaba que se trataba de “proteger a los españoles” a través de una campaña para “preservar la convivencia” con medidas contra la “okupación ilegal”.
Poco después, añade la publicación, "el texto cambió el españoles por el término más neutro vecinos".

viernes, 15 de diciembre de 2017

El Tribunal Supremo justifica la legalidad del IRPH

MADRID.- El pasado 22 de noviembre, el Tribunal Supremo fallaba a favor de la banca al considerar que la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios no implica falta de transparencia ni abusividad.

Tres semanas después, el Alto Tribunal ha dado a conocer el contenido de la sentencia en la que justifica su decisión. Una decisión, no obstante, que ha contado con el voto particular de dos magistrados que consideran que la cláusula que incorpora el IRPH no supera el control de transparencia.

A pesar de ello, estiman ambos magistrados que el recurso de casación debería estimarse solo en parte, a fin de sustituir el IRPH por el euríbor, en vez de dejar el préstamo con interés cero, como había resuelto la Audiencia Provincial. Un revés judicial para el millón y medio de hipotecado que se calcula que firmaron el IRPH como referencia de sus préstamos, según publica El Confidencial.

Pero, ¿cómo justifica el Tribunal Supremo su decisión?
1.- Es una condición general de la contratación no una cláusula abusiva. Entiende el Tribunal Supremo que una cláusula en la que se establece el interés remuneratorio de un contrato de préstamo puede ser una condición general de la contratación, "y como no consta que la que aquí nos ocupa fuera negociada individualmente, debe considerarse que tiene tal cualidad de condición general, en tanto que reúne todos y cada uno de los requisitos necesarios para su calificación como tal".

La ley sobre condiciones generales de la contratación recoge: "Una cláusula es condición general cuando está predispuesta e incorporada a una pluralidad de contratos exclusivamente por una de las partes, y no tiene por qué ser abusiva. Cláusula abusiva es la que en contra de las exigencias de la buena fe causa en detrimento del consumidor un desequilibrio importante e injustificado de las obligaciones contractuales y puede tener o no el carácter de condición general, ya que también puede darse en contratos particulares cuando no existe negociación individual de sus cláusulas, esto es, en contratos de adhesión particulares".

2.- El IRPH es (era) un índice regulado por ley (Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre). La sala explica que, frente a los préstamos en los que se pacta un interés fijo, existen también los préstamos con un interés variable, referenciados a un determinado índice, en relación con el precio del dinero (Mibor, Euribor, IRPH) más un margen o diferencial, establecido en términos porcentuales, que se suma o resta al índice de referencia.

El Supremo ha examinado las diferentes normas que han regulado la utilización del IRPH hasta su desaparición y, en el caso analizado, el préstamo fue referenciado al índice IRPH Entidades, "definido legalmente, por lo que no corresponde al control de la jurisdicción civil -es decir, a los jueces y tribunales- conocer si dichos índices aplican o no la normativa reguladora, sino a la Administración".

Por tanto, dice el Supremo, "el IRPH como tal no puede ser objeto de control de transparencia, puesto que tanto la Ley de Condiciones Generales de Contratación como la Directiva 93/13, de protección de los consumidores, excluyen de su ámbito de aplicación las condiciones generales que reflejen disposiciones legales o administrativas, aunque sí pueda serlo la cláusula que lo incorpora".

3.- Era un índice perfectamente entendible por el consumidor. Dice el Supremo que para determinar la transparencia de la cláusula que incorpora el índice de referencia (IRPH-Entidades) "habrá que ver si el consumidor era consciente, porque hubiera sido informado, de que esa cláusula configuraba un elemento esencial del préstamo, así como la manera en que se calculaba el interés variable. Dado el carácter esencial de la propia cláusula, no cabe considerar que el consumidor no advirtiera su importancia económica y jurídica o no pudiera conocer que el interés resultante en dicho periodo se calculaba mediante la aplicación de un índice oficial, consistente en una media de los índices hipotecarios de todas las entidades que actuaban en España, al que se sumaba un margen o diferencial".

El Alto Tribunal señala que el IRPH era una índice oficial que utilizaban varias entidades financieras en sus ofertas comerciales por lo que, entiende, "resulta fácilmente accesible para un consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, conocer que se utilizan diferentes sistemas de cálculo del interés variable y comparar las condiciones utilizadas por los distintos prestamistas en un elemento tan esencial como el propio precio del préstamo, sin que fueran exigibles a la entidad bancaria los requisitos que la Audiencia planteaba en su sentencia".

En este sentido, recuerda cómo la Audiencia Provincial de Álava -que declaró la nulidad de la cláusula IRPH- afirmaba que el euríbor había tenido un comportamiento más favorable para el consumidor que el IRPH, "pero aparte de que dicha circunstancia se hace desde un sesgo retrospectivo que no puede servir de pauta para el control de transparencia- que debe hacerse al tiempo de la celebración del contrato-, no tiene en cuenta que el tipo de interés no se forma solo con el índice de referencia, sino también con el diferencial, y no consta que los diferenciales aplicados a préstamos con euríbor fueran también más beneficiosos para el prestatario que los aplicados a préstamos con IRPH".

"Al contrario, estadísticamente, en los préstamos con este último índice de referencia los diferenciales son más bajos, y esto, lógicamente, sirve para hacer competitiva la oferta, puesto que a un índice de referencia que supone un tipo porcentual más alto que otros, como el euríbor, se le añade un diferencial menor".

4.- Pone en duda que el IRPH sea más caro que el euríbor. Por último, el Supremo da un tirón de orejas al juez de la Audiencia Provincial de Álava al considera que no se puede afirmar que el IRPH resulte más caro "cuando resulta que el préstamo todavía no ha llegado ni a la tercera parte de su plazo de vigencia, puesto que se pactó en 2006 por un periodo de 35 años y se desconoce qué sucederá en los 24 años que todavía quedan para su extinción".

Y concluye asegurando que, en la práctica, "la Audiencia acaba haciendo un control de precios, al declarar la nulidad de una condición general de la contratación porque el precio resultante sea más o menos elevado, lo que no es admisible".

Por eso, el Tribunal Supremo puntualiza que si se siguiera la argumentación de la Audiencia para declarar nula la referencia al IRPH, también habría que declarar nulas las referencias al euríbor en otros préstamos si en cualquier etapa de su vigencia la evolución del mismo hubiera sido menos favorable para el consumidor".

miércoles, 13 de diciembre de 2017

La Región, entre las comunidades con más ejecuciones hipotecarias en el tercer trimestre

MURCIA.- El número de lanzamientos practicados en el tercer trimestre del año fue de 531, lo que supone un aumento interanual del 8,8%, según el informe 'Efectos de la crisis económica en los órganos judiciales' que la Sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial hizo público este miércoles.

El 39% de esos lanzamientos, 207, fue consecuencia de procedimientos derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), mientras que otros 320 –el 60,2%- se derivó de ejecuciones hipotecarias y los 4 restantes obedecieron a otras causas.
Cataluña, con 2.545, el 22% del total nacional, fue la comunidad en la que se practicaron más lanzamientos en el trimestre, seguida por Andalucía, 1.982, la Comunidad Valenciana, 1.463, y Madrid, 1.255. Estos cuatro territorios sumaron el 62,6% de todos los lanzamientos practicados en España en el periodo estudiado.
Atendiendo solo a los lanzamientos consecuencia de procedimientos derivados de la LAU, también aparece Cataluña en el primer lugar, con 1.674; seguida por Madrid, con 1.003; Andalucía, con 924; y la Comunidad Valenciana, con 788. En cuanto a los derivados de ejecuciones hipotecarias, la clasificación la encabeza la Andalucía, con 943; seguida por Cataluña, con 701; la Comunidad Valenciana, con 647; la Región de Murcia, con 320; y Madrid, con 223.
El número de ejecuciones hipotecarias, 490, aumentó un 2% respecto al tercer trimestre de 2016. Se observan descensos interanuales en todas las comunidades salvo en la Región de Murcia, Cantabria y el País Vasco. Además, la disminución en superior al 50% en Aragón, Cataluña, Navarra y La Rioja.
La comunidad autónoma con mayor número de ejecuciones hipotecarias iniciadas fue Andalucía, con 1.329 (el 24,1% del total nacional); seguida por Cataluña, con 784; la Comunidad Valenciana, con 751; y Madrid y la Región de Murcia, ambas con 490.

jueves, 16 de noviembre de 2017

La PAH se planta en una oficina de 'La Caixa' en Platería para evitar un desahucio


MURCIA.-Miembros de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca en Murcia acudieron esta mañana a la oficina de una entidad bancaria en la calle Trapería para poner solución al inminente desahucio de una mujer y su hijo.

Según informaron desde la PAH, La Caixa ha seguido adelante con el procedimiento de ejecución y la subasta del inmueble estaba prevista para el próximo 27 de noviembre.
Se trata de una mujer y su hijo menor de tres años. "Esta mujer perdió a una hija en un accidente de tráfico y el abogado del caso le robó la indemnización por la muerte de la niña", explicaron desde la Plataforma. Como consecuencia, "ella no ha podido pagar la hipoteca, se encuentra en depresión y padece muchos problemas médicos".
La petición que se ha realizado a la entidad bancaria es que "detenga la subasta y espere a que se resuelva el proceso que ella tiene abierto con el abogado para que le sea devuelto el dinero y pueda pagar la deuda que ha contraído con el banco y así quedarse la casa".
Finalmente, según indicaron desde la Plataforma, el director de la oficina, tras muchas negativas, ha accedido a enviar el caso a la oficina de Málaga para que lo estudien y se pueda llegar a un acuerdo.
"Si no llegamos a una solución, hemos advertido de que volveremos a la oficina hasta conseguir que no se subaste el piso de esta mujer", señalaron.

Por otra parte, la Plataforma de Afectados por las Hipotecas (PAH) comenzó una campaña nacional para que el Congreso de los Diputados apruebe la ley de Vivienda de la PAH. Un grupo de activistas se concentró en una oficina bancaria de Murcia para reclamar una dación en pago retroactiva que evite deudas de por vida, alquileres asequibles, el fin a los desahucios, realojar a las familias en viviendas de los bancos y garantizar el acceso a luz y el agua a personas sin recursos.

martes, 7 de noviembre de 2017

Podemos denuncia que el Consejo de Vivienda de la Región no incluye a la PAH

CARTAGENA.- María Giménez, diputada regional de Podemos, ha afirmado que en el decreto por el que se regula la organización, composición y régimen de funcionamiento del Consejo de Vivienda de la Región de Murcia "no se incluye a nadie de la PAH o de las asociaciones antidesahucios que trabajan desde años en este tema. El deudor hipotecario no está representado en un órgano regulador fundamental".

Giménez ha señalado que uno de los representantes de este Consejo es de la Asociación de Promotores Inmobiliarios regional, una asociación que se "creó hace un mes y que muestra cuál es el verdadero interés del Partido Popular en este asunto. Da igual que sufriésemos una de las mayores crisis de la historia por el modelo inmobiliario o que el PP vendiese nuestro territorio al mejor postor. El gobierno sigue actuando con el mismo modus operandi".
Según ha contado la diputada de Podemos, entre los consejeros "no se incluye a nadie de la PAH o de otras asociaciones antidesahucios. Mientras que sí que incluyen a un representante de la Federación de Asociaciones de Vecinos de la Región de Murcia y a un representante de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia".
Además, María Giménez ha subrayado que el PP "sigue sin hacer el desarrollo reglamentario de la ley que permita la efectiva protección de los derechos de aquellas personas de la Región que accedan a una vivienda".

lunes, 16 de octubre de 2017

La Región, quinta comunidad con más ejecuciones hipotecarias en el segundo trimestre de 2017

MADRID.- El número de ejecuciones hipotecarias en la Región de Murcia en el segundo trimestre del año fue de 645, lo que sitúa a esta región como la quinta de España con mayor cifra de ellos, tras Andalucía, Comunidad Valenciana, Cataluña y Madrid, según el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

En toda España, la cifra de lanzamientos hipotecarios o desahucios fue de 16.859, un 8,4% menos que en el mismo periodo del año anterior, en tanto que los concursos de acreedores de empresas se redujeron un 4,6%.
En una nota que acompaña a la estadística sobre los efectos de la crisis en los órganos judiciales, el CGPJ detalla que de los desahucios practicados en España entre abril y junio, un 58,6% se produjo como consecuencia de la Ley de Arrendamientos Urbanos, en tanto que otros 6.197 -un 36,8%- obedeció a ejecuciones hipotecarias y los 776 restantes a otras causas.
Tras el momentáneo repunte que experimentaron los lanzamientos en el primer trimestre de este año, los números volvieron a caer en el segundo trimestre; los derivados del impago de alquileres disminuyeron un 0,3% entre abril y junio, en tanto que los que proceden de ejecuciones hipotecarias lo hicieron un 20%.
Los lanzamientos afectan a distintos tipos de inmuebles, no solo viviendas y, en el caso de éstas, no solo a la habitual. Desglosados por comunidades autónomas, Cataluña -con 3.625, un 21,5% del total- fue donde se practicaron más lanzamientos, seguida de Andalucía (2.947), Valencia (2.287) y Madrid (1.791); estas cuatro regiones concentran el 63,2% del total.
Si se tienen en cuenta los lanzamientos producidos por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), también Cataluña se sitúa en primera posición, con 2.342; a continuación figuran Andalucía (1.377), Madrid (1.344) y Valenciana (1.132).
Pero si se consideran los derivados de ejecuciones hipotecarias, la clasificación la encabeza Andalucía, con 1.426, seguida por la Comunidad Valenciana (1.121) y Cataluña (1.039).
El número de ejecuciones hipotecarias iniciadas en el segundo trimestre fue de 7.689, un 46,5% menos que un año antes, con descensos en todas las comunidades autónomas.
Andalucía es donde mayor número de ejecuciones hipotecarias se produjeron en el segundo trimestre, 1.864, equivalentes a un 24,2 % del total nacional; a continuación se sitúan Valencia (1.218), Cataluña (1.090), Madrid (756) y Murcia (645).
El informe presentado este lunes por el CGPJ incluye también datos de despidos y de concursos, entre los efectos de la crisis en los órganos judiciales.
Por lo que respecta a los concursos, si bien en el trimestre los concursos de acreedores de empresas y particulares crecieron un 8,3%, los presentados por empresas en los juzgados mercantiles alcanzó entre abril y junio 1.421, un 4,6% menos que en el mismo periodo de 2016.
Teniendo en cuenta tanto los registrados en los Juzgados de lo Mercantil como los de personas físicas presentados en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, se produjeron en total 2.001 concursos, de los que 580 correspondieron a personas naturales no empresarios, un 8,3 % más que un año antes.
Cataluña es la comunidad con más concursos presentados por personas físicas, y los 218 registrados en el segundo trimestre del año representan el 37,6 % del total; le siguen Valencia (86), Madrid (75) y Andalucía (56).

sábado, 30 de septiembre de 2017

Las Plataformas de Afectados por la Hipoteca ultiman en Cartagena su propuesta de ley de vivienda

CARTAGENA.- Representantes de 253 Plataformas de Afectados por la Hipoteca (PAH) se reunieron este sábado en Cartagena para ultimar su propuesta de ley de vivienda, que incluye la dación en pago retroactiva, la detención de los desahucios, el alquiler y la vivienda asequible, y los suministros energéticos y de agua garantizados.

Así lo declaró el portavoz de la PAH en la Región de Murcia, Francisco Morote, quien subrayó que esta ley estatal resolvería el problema de «emergencia habitacional» en España, que provoca la «vergüenza» de ver cómo fueron expulsadas de sus viviendas medio millón de familias.
En el marco de la XXI Asamblea Estatal de este colectivo, Morote recordó a las administraciones que con un texto como el que terminaron de perfilar en la reunión celebrada se hubiese garantizado el derecho a una vivienda y se evitarían estos desahucios.
La Asamblea tiene previsto aprobar un calendario de actuaciones que contempla una reunión con los partidos para que se comprometan a asumir los postulados de esta legislación, su posterior registro en el Congreso de los Diputados y un posterior proceso de movilización.
Morote exigió al Gobierno regional que desarrolle la Ley de la Vivienda de la Región, que se suspendió tras el recurso de inconstitucionalidad planteado por el Gobierno central.
Sin embargo, recordó que el Tribunal Constitucional levantó recientemente la suspensión de la ley sobre el apartado 2 del artículo segundo de esta norma, que obliga a los grandes tenedores de viviendas, como los bancos, a formular una oferta de alquiler social previa al desahucio y se fijan medidas para garantizar el suministro de agua, gas y electricidad en casos de pobreza energética.

viernes, 29 de septiembre de 2017

Cartagena acoge este sábado un encuentro nacional de plataformas de afectados por las hipotecas


CARTAGENA.- Con motivo de la Asamblea Estatal de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) que tendrá lugar en Cartagena mañana sábado 30 de septiembre en el Centro Cultural Ramón Alonso Luzzy, y en la que se encontrarán representantes de todas las plataformas de España, la concejal de Servicios Sociales y Mediación Social, Carmen Martín del Amor, recibió a la Comisión Técnica Nacional y representantes de la PAH de Cartagena. 

Martín del Amor ha destacado “la labor divulgativa de la PAH de Cartagena que no se ha limitado únicamente a informar a los ciudadanos de sus derechos sino que también ha ejercido una labor educativa, enseñando al ciudadano para que sea él mismo quien lidere su proceso”.
Durante el encuentro, en el que también participaron técnicos de la concejalía de Servicios Sociales, los miembros de la PAH valoraron positivamente el trabajo del SAVI (Servicio de Asistencia de Vivienda e Intermediación) que pronto cumplirá dos años desde su inicio, siendo de las primeras medidas que el Equipo de Gobierno Local puso en marcha al comenzar la legislatura.
Este servicio, que ofrece una respuesta desde la Administración Local a todos los problemas relacionados con la vivienda, tiene entre sus objetivos prioritarios activar a todos aquellos organismos implicados en esta problemática. Por esta razón, realiza una tarea no solo de información al ciudadano, sino que llega más allá con la intermediación bancaria y la intervención socio-educativa, sin olvidar su tarea preventiva, en la que se enmarca la creación de la Mesa Local de Vivienda.
La Mesa Local está constituida por organismos de todas las vertientes que participan en Grupos de Trabajo que luchan por defender el derecho a la vivienda y establecer una red de apoyo para los ciudadanos de Cartagena, afrontando el problema cada uno desde su perspectiva y favoreciendo la coordinación y la organización del trabajo en red que lidera el SAVI.
Desde sus inicios el SAVI ha mantenido una estrecha colaboración con la PAH de Cartagena demostrando así que el trabajo coordinado es un beneficio para los ciudadanos que en definitiva son los que importan. La PAH de Cartagena ha tenido un papel protagonista dentro de este órgano municipal en cuanto a información, detección y derivación de afectados.
“Ambas partes (Ayuntamiento y PAH), con un fin común, y cada una desde su posición y perspectiva, vienen consiguiendo en estos dos años resultados muy positivos y satisfactorios que nos animan a continuar en esta línea de trabajo cooperativo” concluyó Martín del Amor.
También se habló en el encuentro de la complejidad para tratar el tema de la vivienda a nivel legislativo y la importancia de abordar problemas como el alquiler o la necesidad de un parque de vivienda social. 
A ese respecto se coincidió en la necesidad de desarrollar la Ley 10/2016, que reforma la Ley de Vivienda de la Región de Murcia, que se suspendió tras el recurso de inconstitucionalidad planteado por el gobierno central.
El Tribunal Constitucional levantó recientemente la suspensión de la Ley sobre el apartado 2 del artículo segundo de esta norma, que obliga a los grandes tenedores de viviendas, como los bancos, a formular una oferta de alquiler social previa al desahucio y se fijan medidas para garantizar el suministro de agua, gas y electricidad en casos de pobreza energética.
Los miembros de la PAH celebraron que desde el pleno del ayuntamiento se aprobara el 28 de septiembre instar al Gobierno regional al desarrollo de ese apartado de la Ley para poder elaborar los reglamentos y convenios necesarios para que se pueda aplicar.

viernes, 15 de septiembre de 2017

La PAH de Murcia anuncia protestas si no se aplica la ley

MURCIA.-Desde la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) de Murcia celebraron con entusiasmo la decisión adoptada por el Tribunal Constitucional, «que presupone que el recurso del Gobierno central sobre la reforma de la Ley de Vivienda decae, por lo que esta normativa es plenamente vigente, salvo en lo que se mantiene suspendido. 

Desde la PAH exigen al presidente de la Comunidad Autónoma de Murcia, Fernando López Miras, que ordene al consejero de Presidencia y Fomento, Pedro Rivera, iniciar de inmediato los trámites para elaborar los reglamentos necesarios para que se pueda aplicar la ley vigente, en relación con la pobreza energética y la obligación de las Administraciones de proceder al realojo de las familias desahuciadas, así como las negociaciones con empresas suministradoras de agua, luz y gas antes de que el frío llegue.
La PAH anuncia serias movilizaciones a partir del próximo mes de octubre si no se inician de inmediato estas medidas.