MADRID.- Los
bancos deberán abonar las costas judiciales de las dos instancias
previas al recurso de casación en materia de cláusulas suelo abusivas,
según ha acordado en pleno el Tribunal Supremo, que ha adoptado dicha
medida para evitar que los gastos del proceso causen un "efecto
disuasorio" en el consumidor.
En
la sentencia conocida hoy, la sala de lo Civil del Alto Tribunal,
presidida por el juez Francisco Marín Castán, defiende la necesidad de
esta medida, pues si el cliente, a pesar de vencer el litigio, tuviera
que abonar las costas judiciales, ello podría suponer que otros
afectados no acudieran a los tribunales por cantidades poco
significativas.
El
fallo, que cuenta con el voto particular de tres magistrados, estima de
este modo el recurso interpuesto por un usuario de CaixaBank contra la
sentencia de la Audiencia Provincial de Álava, que en junio de 2015
eximió a la entidad de dicho pago.
Ahora
la Sala avala la reclamación del cliente ya que, en su opinión, de
ratificar el criterio anterior "se produciría un efecto disuasorio
inverso, no para que los bancos dejaran de incluir las cláusulas suelo
en los préstamos hipotecarios sino para que los consumidores no
promovieran litigios por cantidades moderadas".
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