viernes, 21 de julio de 2017

El Supremo cree que un tributo autonómico de Murcia sobre medio ambiente duplica el IAE

MADRID.- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que acuerda plantear una cuestión de inconstitucionalidad sobre la ley autonómica del año 2011 que puso en marcha el impuesto sobre instalaciones que incidan en el medio ambiente de la Región de Murcia. 

El alto tribunal considera que puede vulnerar tres artículos de la Constitución ante la eventual existencia de una duplicidad impositiva entre el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y el citado tributo autonómico.
La empresa GDF / Suez Cartagena Energía SL, interpuso un recurso contencioso-administrativo contra la decisión de la Consejería de Hacienda ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, solicitando que se declarase la nulidad de la misma y el planteamiento de cuestión de inconstitucionalidad. Dicho recurso fue desestimado, por lo que la empresa recurrió en casación ante el Supremo, que lo ha admitido en tanto que propone al Tribunal Constitucional que se pronuncie sobre esta cuestión. El fiscal, apunta el auto, comparte la opinión de la Sala.
El Supremo señala que siempre que se examina el impuesto sobre actividades económicas «hay que precisar que en todos los casos en los que ha sido uno de los tributos en comparación, hemos atendido siempre a su particular naturaleza, constando que se trata de un tributo que afecta a toda actividad económica con carácter general». 
En este sentido, cree que puede existir duplicidad entre el IAE y el impuesto que aprobó el Gobierno regional.

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