MADRID.- Un juez de Madrid ha reconocido a un profesor interino los derechos a
efectos de antigüedad de los meses de julio y agosto y los días
proporcionales de septiembre entre 2011 y 2015 en los que fue cesado
para volver a ser nombrado cuando empezaba el curso escolar.
En
una sentencia, el juez de lo Contencioso-Administrativo número 11 de
Madrid le ha reconocido dicha antigüedad al profesor, del Cuerpo de
Funcionarios Interinos adscrito a la Consejería de Educación, Juventud y
Deportes de la Comunidad de Madrid.
El magistrado entiende que la
actuación de la Administración al cesarle el 30 de junio y nombrarle
nuevamente en septiembre del mismo año supone una clara situación
discriminatoria con respecto a los profesores de carrera, por cuanto
ejerce las mismas funciones que estos y durante los mismos periodos
escolares.
El fallo establece además que se le abone la cantidad
correspondiente a los salarios de dichos meses, una vez deducidas las
cantidades que le fueron abonadas en concepto de parte proporcional de
vacaciones.
El docente alegó que durante los cursos anteriormente
citados fue cesado en sus funciones los días 30 de junio de cada uno de
ellos y fue nuevamente contratado en septiembre, y dejó de generar
antigüedad a todos los efectos sin percibir salario alguno
correspondiente a los periodos estivales.
Además, se daba la
circunstancia de que con anterioridad a dichos cursos escolares la fecha
de cese de cada año siempre se prolongaba hasta el mes de septiembre u
octubre.
También solicitó que se le reconocieran los mismos
derechos respecto del curso que comenzó en 2010, pero el juez explica
que en este caso ya ha prescrito por el tiempo transcurrido.
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