MURCIA.- La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia
(TSJ) de la Región de Murcia no ha admitido el recurso presentado por
Ecologistas en Acción, que reclamaron la anulación de once planes
parciales aprobados por el ayuntamiento de esta capital y que afectaban a
terrenos protegidos.
Entre los promotores de esos planes, según se recoge en la
sentencia, se encontraban las empresas Resort Tres Molinos, Venalcampo
Golf y Promociones y Construcciones Zapata.
Como solicitud principal, Ecologistas en Acción pidieron al
TSJ que declarara la nulidad radical de esos planes, y, de forma
subsidiaria, que se condenara al Ayuntamiento de Murcia a iniciar la
revisión de oficio y declarar la nulidad de sus actos.
La organización demandante expuso que a los planes
combatidos se había adscrito suelo con protección específica, al estar
ubicado dentro de Lugares de Interés Comunitario (LIC), Parque Regional o
Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), como sistemas
generales y generadores de aprovechamiento urbanístico.
Para los recurrentes, lo expuesto no tenía amparo en el Plan
General de Ordenación Urbana de Murcia ni en el texto refundido de la
Ley del Suelo, "constituyendo una causa de nulidad determinante del
inicio del procedimiento de revisión de oficio".
En cuanto a la petición principal, la Sala dice que la misma
no puede admitirse porque se ha producido una desviación procesal, ya
que en la vía administrativa lo que se solicitó fue que se iniciara el
procedimiento de revisión, mientras que en la vía contenciosa se ha
reclamado es la declaración de nulidad radical y absoluta.
En cuanto a la solicitud planteada de manera subsidiaria, el
TSJ señala que tampoco puede ser estimada, ya que los planes generales
tienen la consideración de disposiciones de naturaleza reglamentaria, lo
que veda su impugnación a los particulares.
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