lunes, 22 de mayo de 2017

El TSJ dicta en una sentencia que para usar agua desalada hay que contar con permiso de la CHS

MURCIA.-El uso de agua procedente de la desaladora de Valdelentico exige de la previa concesión de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS), sin que ese requisito previo pueda ser sustituido por el convenio que en su día suscribió el ministerio de Medio Ambiente y la empresa estatal Aguas de la Cuenca del Segura (ACSEGURA), que construyó aquella planta.

Así se recoge en una sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región que desestima el recurso planteado por la sociedad agraria ´L.F.´.
La sentencia señala que la CHS, por una resolución de enero de 2012, acordó el archivo de un expediente sancionador al haber prescrito los hechos, que habían consistido en el uso privativo de aguas sin autorización. En su recurso, la demandante reclamó «que se dicte sentencia por la que sea autorizada la utilización del agua desalada en los términos pactados en el convenio firmado con ACSEGURA».
La Sala, al desestimar el recurso, dice que «en realidad, lo que pretende al impugnar el archivo del expediente sancionador es obtener un pronunciamiento sobre su derecho al uso del agua de la desaladora sin necesidad de obtener de forma expresa una autorización o concesión de la CHS».
Y añade que la existencia del convenio referido no es suficiente para disponer de caudales de esta planta desaladora, sino que se exige la concesión que debe otorgar el citado órgano de cuenca.

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