viernes, 26 de mayo de 2017

El Ayuntamiento no tendrá que pagar 100.000 euros por el 'bonobús' de los pensionistas lorquinos

LORCA.- Un juzgado de Murcia ha desestimado el recurso contencioso-administrativo presentado contra el Ayuntamiento de Lorca por la antigua concesionaria del servicio de transporte urbano de viajeros, que reclamaba al Consistorio casi 100.000 euros en concepto de billetes de autobús bonificados a pensionistas. La sentencia considera que «no está acreditada la realidad de los servicios por los que se reclama» al no estar probada «la pureza» de los datos aportados por la empresa en su petición. 

La concesionaria, que renunció a la prestación de este servicio público hace un año, solicitaba al Consistorio el pago de una factura de 99.317 euros en concepto de «pensionistas transportados durante el año 2015».
En esa factura la empresa señala que realizó 266.100 transportes de pensionistas durante ese año, que el precio de cada viaje era de 1,20 euros y que el importe de los servicios realizados con este colectivo ascendía a 319.317 euros, de los que había que descontar la cantidad fija percibida del Ayuntamiento.
Esa cantidad fue de 220.000 euros, a razón de 18.333 euros al mes [la cantidad consignada en cada presupuesto anual para hacer frente al pago de parte del precio del transporte, un criterio que aplicó sistemáticamente desde 2007] por lo que la diferencia que reclamaba la empresa era de casi 100.000 euros.
El Ayuntamiento alegó que la cantidad reclamada no respondía a la realidad y que el número de servicios prestados a pensionistas bonificados no podría ser aceptado al ser fijado unilateralmente por la empresa a partir de un sistema de control por máquinas expendedoras que no fue el establecido por el Consistorio.
Para argumentar la manipulación de la cantidad de billetes reclamados, el Consistorio comparó los datos de los meses de septiembre y octubre de 2016, cuando la concesionaria ya no prestaba servicio, y los de los mismos meses de 2015 y apreció «una desproporción» a favor de la empresa «que no está justificada».
Además las cifras de los reclamantes fueron «contradichas» durante el proceso por las declaraciones de los conductores propuestos por ambas partes, «coincidiendo todos en que los servicios prestados a los pensionistas fueron inferiores a los consignados» en esos recuentos. La antigua concesionaria ha sido condenada en costas, aunque esta sentencia no es firme y puede ser recurrida por las partes.

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