martes, 4 de abril de 2017

IU-Verdes insta a la presidenta de la Asamblea regional a consultar al Consejo Jurídico sobre la dimisión de Sánchez

CARTAGENA.- Victoria Rodríguez, secretaria de Organización de Izquierda Unida-Verdes de la Región de Murcia, ha registrado esta misma mañana una comunicación dirigida a la Presidenta de la Cámara, Rosa Peñalver, dando cumplimiento a un acuerdo adoptado ayer tarde por la Dirección colegiada de IU-Verdes.

En su escrito, la dirección de la formación política afirma que la intención de Pedro Antonio Sánchez de dimitir, hecha pública esta mañana, podría frustrar el debate y votación de la moción de censura, y habida cuenta del parecer enfrentado entre los servicios jurídicos del Parlamento y conocidos y reconocidos especialistas en Derecho Constitucional, entre ellos y muy destacadamente Antonio Torres del Moral, catedrático de Derecho Constitucional de la UNED y experto en la regulación de mociones de censura, sería imprescindible que por parte de la Asamblea Regional se recabase un dictamen facultativo al Consejo Jurídico de la Región de Murcia que ayude a sustentar la decisión que pueda adoptar la Presidencia de la Cámara en caso de dimisión de Pedro Antonio Sánchez.
Cabe recordar que días pasados Torres del Moral advertía que una vez admitida a trámite la moción de censura, y haciendo una lectura interpretativa del ordenamiento jurídico político básico de la Región de Murcia, el Presidente de la Comunidad Autónoma "no puede dimitir" y desactivar la tramitación de la moción de censura.
Ese parecer expresado de la doctrina científica choca palmariamente con la posición que defienden los servicios jurídicos de la Asamblea Regional, y con el de, por lo que parece, la propia Presidencia de la Cámara, que con el argumento de que una eventual dimisión sería una decisión "libre y personal", sostienen que el Presidente puede abandonar su cargo hasta el minuto previo a la votación de la moción de censura.
La dirección de IU-Verdes afirma que el Consejo Jurídico como superior órgano consultivo en materia de gobierno y de administración de la Comunidad Autónoma, y sobre la base de lo preceptuado en el primer párrafo del artículo 11 de su Ley reguladora, debería emitir de manera inmediata, extraordinaria y urgente un dictamen facultativo en torno a la contradicción puesta de relieve, que pueda servir para sustentar con mucha mayor autoridad la decisión que pueda acabar adoptando esa Presidencia ante la dimisión del Presidente de la Comunidad Autónoma.

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