martes, 11 de abril de 2017

De los imputados a los aforados / Ángel Montiel *

De la imputación al aforamiento. Los conceptos que se van sucediendo, puestos sobre la mesa por Ciudadanos, persiguen las distintas situaciones en que PAS se coloca. En el pacto inicial para su investidura, el punto primero del pliego de condiciones para elevar al poder al PP rezaba que todos los políticos que resultaran implicados en casos de corrupción debían presentar su inmediata dimisión. Aquel contexto contemplaba la posibilidad de que esa circunstancia concurriera, más tarde o más temprano, en el candidato a la presidencia del Gobierno. Y así ha sido. Pero cuando llegó la hora, dos años después de aquella investidura, PAS intentó zafarse del compromiso con un complicado alambique argumental. A saber:

Uno, la imputación había sido eliminada como concepto jurídico por una iniciativa del PP, en su etapa de mayoría absoluta, que con el pretexto de emitir medidas contra la corrupción vino a cambiar la Ley de Enjuiciamiento Criminal para dar cobertura a sus imputados, titulándolos investigados a fin de no estigmatizarlos como culpables en la fase de instrucción; una maniobra tal vez entendible en el ámbito jurídico, pero que trasladada al político suponía la supresión en éste de un concepto fundamental, el de ´responsabilidad política´, que nunca ha sido interiorizado por quienes se establecen en el poder, especialmente durante el ejercicio de Rajoy como líder popular.

Dos: para mantener la coherencia de lo firmado en la investidura, PAS concibió la ´imputación formal´; con ese apellido la trasladaba desde el momento de la acusación admitida a trámite a cuando, tras la instrucción de la causa, los jueces establecieran que había suficientes indicios para abrir juicio oral.

Y tres: lo anterior quedaba confirmado por el hecho de que Ciudadanos, en una iniciativa parlamentaria en el Congreso de los Diputados, y el PSOE, en su propio código ético, coincidían en establecer en el pase a juicio oral la ´línea roja´ que determinaba la exigencia de dimisión. ¿Por qué, entonces, debía aceptar PAS el sometimiento a una exigencia anterior que había sido eliminada?

Un argumentario insuficiente.

Todo este argumentario soslayaba la letra y el espíritu del documento firmado por el protagonista de la investidura y las distintas ratificaciones posteriores de ese compromiso: presentar la dimisión en el momento en que se produjera la imputación de acuerdo a lo que se entendía por tal en el momento de la firma. Ya por entonces se percibieron fugas de la literalidad, cuando algunos portavoces del PP intentaron justificar públicamente, sobre todo ante los suyos, la temeridad de PAS: afirmaban que la dimisión obligada correspondería a los políticos que hubieran sido imputados por presunta ´corrupción política´, y diferenciaban de ella el caso PAS, pues éste, en lo que se refería al Auditorio de Puerto Lumbreras, sólo estaba en cuestión por supuestas ´irregularidades administrativas´.

Las palabras se retorcían al gusto: la imputación dejaba de existir como tal, se trasladaba a la fase del banquillo o era apostillada con adjetivos, y la corrupción se convertía en un concepto móvil que no tendría consistencia para el común de los casos salvo cuando existiera sospecha fehaciente de apropiación de dinero público. Esto último funcionó durante un tramo de este conflicto hasta que el instructor del caso Púnica acusó a PAS de cohecho por el presunto intento de pagar con los presupuestos de la consejería de Educación una ´operación limpieza´ en Internet de su imagen pública como paso previo para optar entonces a la presidencia de la Comunidad. El argumentario consecuente es que no se firmó contrato alguno ni existe registro de pagos, pero a la vez es imposible negar que se produjo una intensa negociación, con repetidos encuentros y comunicaciones en la que el propio PAS participó personalmente sin que conste un rechazo formal a la operación, probablemente frustrada por la intervención policial que la destapó en sus otras ramificaciones.

Frente a toda esta acumulación, ya no hubo más remedio que sacar a relucir una expresión infalible: la ´presunción de inocencia´, de indiscutible valor a efectos judiciales, pero fuera de lugar en el ámbito político de nuestro entorno democrático cuando aparecen tantos y tan diversos indicios de confusión. Aparte de que, al margen de las cuestiones jurídicas, lo que resulta indudable es la precariedad resolutiva en la gestión de los asuntos públicos, que no constituye el mejor aval. Ejemplo: sin necesidad de que existan irregularidades, la gestión del Auditorio fue un desastre, y es absurdo achacarlo a la irrupción de la crisis económica porque la gestión de ésta también lo fue, aparte de que en algunos aspectos la propia crisis no es ajena al modelo político que concibió proyectos como el del Auditorio.

En definitiva, el peor enemigo de PAS en todo este proceso ha sido su propio argumentario de defensa, que aquí hemos definido alguna vez como dirigido a la santa infancia. Esto se proyecta hasta el último momento, en el que el PP pretende imponer que la dimisión de PAS ha salvado a la Región de la inestabilidad de un Gobierno tripartito cuando ocurre que con los populares la Región de Murcia ha tenido en cinco años cuatro presidentes (si López Miras es investido este mes), dos de ellos sin pasar por las urnas, dando lugar a lo que aquí hemos llamado «la estabilidad de lo provisional».

...o elecciones

Una vez que PAS ha caído como jefe del Gobierno, Ciudadanos podría haber seguido exigiendo que también abandonara su escaño y hasta la presidencia del PP, pues no olvidemos que esto es lo que firmó el ya expresidente. Pero ir tan lejos, a sabiendas de que el PP se resistiría todavía con más ahínco que para el primer caso, podría poner a los de Rivera en una situación complicada ante los agentes económicos y sociales de la Región que exigen una solución rápida a la crisis política. Por tanto, se proponen dar un rodeo, con la convicción de que todos los caminos conducen a Roma. 

Para hacer presidente al popular López Miras exigen la supresión de los aforamientos, con el propósito de que el mantenimiento del escaño no sirva a PAS de cobertura en los procesos judiciales que le afectan. Esto llevará su tiempo, pues aunque los populares firmen ese compromiso y voten a favor en la Asamblea, la medida debe ser ratificada por el Congreso, ya que exige la modificación de la Ley Orgánica del Estatuto. La aprobación definitiva, de producirse, se llevaría a cabo en el plazo de no menos de tres meses, tal vez el tiempo suficiente para que el TSJ resuelva sobre los casos Auditorio y Púnica antes de que pudieran regresar a sus respectivos jueces instructores, cuyas convicciones sobre la responsabilidad de PAS en ambos casos consta en sus exposiciones razonadas ante la instancia superior en que ahora se cobijan.

Tal vez el PP, que ya se manifestó (forzado, eso sí) contra los aforamientos en el pacto de investidura C´s-PAS, no tenga inconveniente en lanzarse a otra huida hacia adelante, a pesar de la lamentable experiencia de la última, si calcula que la situación de su líder puede quedar aclarada antes de que le sea levantado el aforamiento. Para esto, dispone de un mecanismo de modulación temporal en el Senado, con mayoría absoluta popular y por donde debe transcurrir el trámite. Y esto aunque resultara extraño que la ´urgencia´ expresada por el PP como parte del conjunto de la Cámara murciana no fuera atendida por ese mismo partido en el Parlamento nacional. Pero si el PP murciano marea la perdiz ya no quedaría otra solución al segundo ultimátum de C´s que el adelanto electoral.
Seguimos, pues, en tierras movedizas.


(*) Columnista



http://www.laopiniondemurcia.es/opinion/2017/04/11/imputados-aforados/821004.html 

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