martes, 6 de diciembre de 2016

El TSJ no considera «arbitrario» el nombramiento del jefe de la Oficina de Gobierno del Ayuntamiento de Murcia

MURCIA.- La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha recogido en una sentencia que el nombramiento de Agustín Lázaro como director de la Oficina de Gobierno del Ayuntamiento de Murcia no fue arbitrario y que este reunía méritos suficientes para ocupar el cargo. 

La sentencia estima así el recurso que el designado para ese puesto presentó contra la resolución del Juzgado de lo Contencioso número Siete de Murcia que estimó la demanda presentada contra ese nombramiento por otro de los aspirantes al cargo. El Juzgado, en la sentencia que ahora se revoca, anuló el nombramiento hecho por el Consistorio «por haber conculcado el derecho fundamental al acceso a las funciones públicas en condiciones de igualdad». 

Y añadía que el sistema de libre designación «no significa plena libertad para designar el candidato preferido», y que aunque la administración tenía una amplia libertad para decidir, no podía olvidar el cumplimiento de los principios de mérito y capacidad.

Méritos alegados
La Sala, al estimar el recurso, dice que ha «llamado la atención» de la misma que el Juzgado dijera que el ahora apelante no acreditó los méritos alegados, y añade al respecto que, por ejemplo, aportó la copia de la resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado de diciembre de 1987 por la que era nombrado secretario del Ayuntamiento onubense de Punta Umbría.

 «La sentencia de instancia -recoge el TSJ, con ponencia del magistrado Enrique Quiñonero-, lleva a la grave consecuencia de la nulidad del nombramiento del apelante porque este no acredita su destino actual». Y concluye que «no se produjo esa grave infracción del mandato constitucional que nos ampara a todos los españoles como iguales; se produjo un nombramiento basado en la libre designación y con una motivación que está suficientemente hecha».

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