miércoles, 10 de agosto de 2016

Diego de Ramón denuncia en Fiscalía a la empresa donde trabajan familiares directos del alcalde de Totana


MURCIA.- El abogado Diego de Ramón ha denunciado en la Fiscalía del TSJ, entre otras personas jurídicas, a la empresa donde trabajan familiares directos del alcalde de Totana, Juan José Cánovas, de IU-Verdes. Pero también a la Confederación Hidrográfica del Segura, Consejería de Agua, y dos mercantiles, 'El Ciruelo' y 'Santa Moyca' (en la imagen), por presuntas prácticas contra la Ley de Aguas. En esta última se emplea el hijo del comunista totanero junto a otros parientes.

"Las concesiones y derechos sobre preceptos que la Ley de Aguas, enmarca en la literalidad de su articulado hacia las explotaciones agrícolas en esta Región, conviven, en la más literal contradicción, beneficiando a las grandes explotaciones, y perjudicando a las pequeñas explotaciones agrícolas, que necesitan, para sus tierras, el tan ansiado y necesario agua, que es tan codiciado, como es la Zona del Valle del Guadalentín", dice De Ramón al fiscal.


"La Confederación Hidrógrafica del Segura, es presuntamente complice de la situación actual, en la permisividad en la ineficacia de los expedientes sancionadores a las grandes mercantiles agrarias porincumplimiento en la falta de adopción de medidas para proteger el DPH-Confederación, unido todo ello al uso limitado de las facultades de revisión y revocación de las autorizaciones por incumplimiento de límites o ausenciade vigilancia. Estas competencias correspondían a los sucesivos Presidentes de la CHS hasta el 23/3/2005. Ahora, esta competencia está delegada en el Comisario de Aguas", añade.

"Y sobre todo la TOTAL FALTA DE RESTAURACION O REPARACION DEL MEDIO AMBIENTE, ROTURACION DE TIERRAS VIRGENES Y NATURALES, PARA CONVERTIRLAS EN FINCAS AGRICOLAS DE EXPLOTACION".

"Entendemos que se han vulnerado como infracción tipificada como delito contra los recursos naturales y del medio ambiente del art. 325 y 328.2 del Código Penal, sobre la utilización y realización de sustancias peligrosas, en este caso, sobre los nitratos y fosfatos del examen o informe dado de los análisis de las muestras (tierras de labor tomadas).

En este caso es LA CONTAMINACION DE LOS ACUIFEROS EN EL GUADALENTIN (Totana).

La roturación y falta de restauración de los terrenos ampliados de cultivos en laderas de colina y montes en el término de Totana.

La utilización de nitratos, fosfatos y sustancias toxicas según análisis de muestreo que se aportan, SIN PERJUICIO DE LAS PRUEBAS O ANÁLISIS QUE SE HAGAN POR PARTE DE DICHA FISCALIA EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TOTANA"
, prosigue la denuncia.

"La legalización de los pozos de agua abiertos, control de los mismos, inspecciones, ventas de sus aguas, como asi los expedientes que se hayan abierto por su falta de autorizaciones, y caudal que se extraen. Sanciones que la CHS, imponen a los pequeños agricultores y a los grandes, proporcionalidad, cuantia económica y grado de cumplimiento de los mismos.

Por ello venimos a denunciar los siguientes hechos por considerar que existe un presunto delito contra el MEDIO AMBIENTE, la SALUD PUBLICA, y contra los ciudadanos de la Región de Murcia, y que estas son merecedoras de investigación porque entendemos están dentro del contexto penal, , al amparo de lo prevenido en los arts. 270 [Acción popular] Y 277 [Requisitos] L.E.Crim. que pudieran resultar de la instrucción de la causa"
, razona el letrado.

"La limitación, o casi prohibición, en la creación de nuevas zonas regables no se ha cumplido y sobre todo porque las autoridades competentes, en este caso la CHS no ha ejercido un control adecuado (...) La historia de esta zona, dio como resultado foribundo la ampliación de zonas regables que escondían otros objetivos. Suponían en ocasiones el primer paso para la transformación urbanística de un suelo que, en condiciones normales, quedaba fuera de la actividad urbanística precisamente por la ausencia de caudales. Con la transformación del terreno en regadío, se consigue instalar toda una infraestructura de distribución de agua, en forma de pozos, líneas eléctricas para alimentarlos, tuberías de distribución, etcétera (...) No sería posible entender el progresivo aumento de las superficies regables sin prestar atención a los casos de utilización ilegal de caudales, casi siempre en forma de pozos ajenos al control de la Administración o que se explotan muy por encima de las asignaciones legalmente reconocidas", ilustra De Ramón en su escrito.

Entre los acuíferos sobreexplotados no declarados están los acuíferos de Aledo, Alto Guadalentín, Bajo Guadalentín, Mazarrón y Sierra Espuña.

"La manifestación más evidente de este proceso es la desaparición de fuentes, manantiales y cursos de aguas. La práctica totalidad de las fuentes y manantiales de buena calidad situados en la costa hace décadas que desaparecieron como consecuencia de los bombeos (...) Estas extracciones ilegales causan un gravísimo perjuicio a la cuenca. Su control, sanción y eliminación supone que la Confederación Hidrográfica del Segura NO CUMPLE con sus competencias, por dejación, incompetencia, o por colaboración con el delito, NUNCA por falta de RECURSOS, pues estos NUNCA HAN SIDO DENUNCIADOS", revela la denuncia.

A principio del año 2000 la superficie agraria en vías de salinización se estimó en unas 38.000 ha en la Región de Murcia, la mayor parte en Águilas y Mazarrón (17.000 ha) y en el Bajo Guadalentín (6.600 ha).

"Conocido es los diferentes expedientes abiertos a las dos mercantiles, también objeto de las denuncias por, entre otros delitos, por el de “Usurpación de Aguas”, recogido en el artículo 247 del Código Penal.

Estos expedientes sancionadores, al amparo de la Ley de Aguas, son suficientes para no ser considerados como leves, sino todo lo contrario son catalogados como GRAVES, y lo que es manifiesto, es que desde la propia administración publica, la dejación de funciones, o el presunto delito de PREVARICACION, unido a la de DEJACION DE FUNCIONES, ha sido necesario, para que esos “derechos de agua”, hayan sido supeditados, al impacto social que ambas mercantiles tienen en esas zonas, por el número de trabajadores que en ellas desarrollan su labor, y d esta manera soslayar el derecho legítimo que todos los ciudadanos tienen sobre los recursos de competencia estatal, en beneficio de unos pocos, de ámbito local, por lo que, se demostraría por ese recorrido, que es mejor dirimir las responsabilidades pecuniarias hacia las pequeñas explotaciones, que son a los que NO SE LES HA PERMITIDO LA LEGALIZACION DE SUS POZOS, en la Zona del Valle del Guadalentín.


La imposibilidad de que las mercantiles citadas, tengan tantos derechos, autorizaciones o concesiones sobre el agua, sea del trasvase o de la desalación, o porque no decirlo, de pozos, sobre las propiedades que ambas mercantiles, o del grupo genérico en el que están englobadas, hace que este denunciante, ponga en conocimiento del Ministerio Fiscal, la actuación partidista de la CHS", concluye De Ramón.

Expuesto lo anterior, entiende el letrado deben llevarse a cabo las siguientes diligencias de investigación:

1. Al Registro de la Propiedad correspondiente, de las fincas relacionadas en el Documento nº1, al fin de acreditar la titularidad de las fincas.

2. A la Confederación Hidrográfica del Segura, a fin que traslade al Ministerio Fiscal, los Expedientes Sancionadores de las mercantiles denunciadas. Certificación por los servicios jurídicos de la CHS, del estado de incoación de expedientes contra las dos mercantiles.

3. A la Confederación Hidrográfica del Segura, de las Autorizaciones, Concesiones Administrativas a las dos mercantiles denunciadas.

4. A la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, en el Departamento de Calidad Ambiental, a fín de que trasladen al Ministerio Fiscal, los expedientes abiertos a las dos mercantiles por delito ambiental.

5. Que se realicen pruebas periciales por técnicos competentes, en las zonas indicadas en el documento nº1, con el objeto de esclarecer si los valores aparecidos en los análisis comparativos del documento nº2, son susceptibles de entrar en la cadena trófica, por lo que se hace imprescindible que se analicen los parámetros en la Raiz, Tallo, Hoja y Fruto.

6. Certificación por parte del Secretario General de la CHS, del organigrama de la entidad, y más concretamente de las personas que forman parte de la Comisaría de Aguas y de la Secretaria General, incluyéndose todos los funcionarios, sean fijos o interinos, que hayan participado en el control de las autorizaciones o sanciones de las explotaciones agrícolas del Valle de Guadalentín.

7. Al Ayuntamiento de Totana, en el correspondiente departamento competente, a fín que traslade a la Fiscalía, de las licencias de las explotaciones y titulares de las mencionadas propiedades en el documento nº1. Deberán también trasladar copia de los expedientes sancionadores abiertos por la construcción de naves y embalses ilegales, y a la situación de incoación de los expedientes sancionadores abiertos.

8. A la CHS, de traslado de todos los expedientes abiertos a los agricultores en los últimos cinco años, por la utilización de pozos ilegales, y la situación procesal de los mismos, a fecha de la presente denuncia.

Respecto a los documento 1 y 2 citados, De Ramón escribe en su denuncia que "Que la Consejería es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de agricultura, desarrollo rural, ganadería, industria agroalimentaria, pesca y agua, en la DIA de Totana, la cual aprobó el 18 de Enero de 2011, el Director de Calidad Ambiental Don Francisco Espejo García, en el cual deja claras las afecciones que el PGOU de Totana repercutiría en los Espacios Naturales Protegidos, Espacios de Red Natura 2000.

Con fecha de 14 de Junio de 2006, se realizaron analíticas en las Zonas del Raiguero Alto y Bajo, cuyos tres informes adjuntamos, como Documento nº2. Su incorporación a la cadena trófica, y la responsabilidad por tanto de atentado contra la salud, expone el conocimiento previo de los dueños de las explotaciones", concluye. 

1 comentario:

Anónimo dijo...

Un titular rastrero y vomitivo propio de la Basura Amarilla y pestilente.