viernes, 15 de julio de 2016

El Ayuntamiento de Lorca logra el respaldo judicial para devolver a plazos el dinero de dos convenios urbanísticos "trampa"

LORCA.- El Concejal de Economía y Hacienda en el Ayuntamiento de Lorca, Fulgencio Gil, ha informado de que el Consistorio Municipal ha conseguido, dentro del trabajo legal que se viene desarrollando al respecto, el respaldo judicial a sendas peticiones de aplazamientos de las devoluciones económicas correspondientes a dos convenios urbanísticos "trampa".

Fulgencio Gil ha explicado que se trata en concreto de los convenios que se firmaron en 2005 con Terracamp y Grupo Generala. El primero de ellos afectaba a más de 1.147.159 metros cuadrados en la pedanía de Almendricos, en los que las previsiones apuntaban a la construcción de un total de 2.052 viviendas. Se derivó del mismo una sentencia condenatoria que obligaba a los lorquinos a devolver 486.819,60 euros más intereses y costas judiciales. El juez, mediante auto ha admitido la propuesta de pago del Ayuntamiento, que se ya ha empezado a abonar.
El edil de Economía ha señalado que el juez encargado del caso derivado del convenio rubricado con Grupo Generala también ha dictado Auto en el que admite la propuesta de abono formulada por el Consistorio. Se trata de un convenio "trampa" que afectaba a 1.557.497 metros cuadrados emplazados en la pedanía de Hinojar, sobre los que previeron levantar 2.790 viviendas. La sentencia condenatoria obliga a los lorquinos a devolver 336.566,40 euros más los intereses y costas judiciales.  
Gil ha afirmado que la decisión de los jueces responde al sentido común, "ya que todos somos conocedores del gran esfuerzo que estamos realizando desde el Ayuntamiento para poder cuadrar nuestras cuentas e ir reduciendo la deuda municipal que heredamos en su momento, y que hemos logrado reducir en los últimos años en más del 50%, pasando de 105,6 millones en 2008 a 49,2 en la actualidad. Se trata de un recorte de 56,4 millones de euros que está permitiendo al Ayuntamiento efectuar un saneamiento progresivo de las arcas municipales, lo que repercute de forma directa en la mejora del estado de las cuentas del Ayuntamiento".
Fulgencio Gil ha señalado que el Ayuntamiento se amparó para solicitar esta medida en el punto 4° del artículo 106 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo que reconoce que "si la Administración condenada al pago de cantidad estimase que el cumplimiento de la sentencia habría de producir trastorno grave a su Hacienda, lo pondrá en conocimiento del Juez o Tribunal acompañado de una propuesta razonada para que, oídas las partes, se resuelva sobre el modo de ejecutar la sentencia en la forma que sea menos gravosa para aquella".

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