MURCIA.- Un despacho de abogados de la Región, especializado en Medio Ambiente y Urbanismo, alerta de la
ausencia de partidas presupuestarias para compensar a los propietarios y
titulares de bienes y derechos en el territorio afectado por el Plan de
Gestión Integral de los Espacios Protegidos del Mar Menor y la franja
litoral mediterránea de Murcia, que permanecerá a exposición pública
para presentar las pertinentes alegaciones durante un período de dos
meses, desde el pasado 25 de junio.
Los espacios protegidos
integrados en este plan abarcan una superficie de 31.123,54 hectáreas,
de las que 2.750,50 son terrestres y el resto marinas. El propio
documento reconoce que existe un número importante de colectivos
afectados relacionados con las principales actividades del sector
primario y de servicios, como la agricultura, ganadería, pesca,
acuicultura, industria, energía y minas y turismo.
Pese a esta
situación y a que más del 75% de los espacios protegidos son de
titularidad privada, no consta en el Plan que se haya aprobado partida
presupuestaria para "compensar e indemnizar a aquellos que, en beneficio
de toda la sociedad, contribuyen con sus patrimonios particulares al
interés público de la conservación medioambiental en beneficio de toda
la sociedad. Esta normativa impone restricciones hasta el punto de poder
hablar, en la mayoría de los casos, de expropiaciones encubiertas al
llevar las exigencias de conservación hasta límites inimaginables, que
impiden el uso de las propiedades y la realización de actividades
básicas, llegando en algunos casos incluso a impedir la libre
circulación o la utilización de vehículos por las fincas, muchas de las
cuales, constituyen el único medio de vida y sustento de los afectados y
sus familias", advierte la abogada Pilar Martínez.
El proyecto normativo
incluye una estimación presupuestaria para la aplicación del plan de
13.910.700 € en los primeros seis años, que se destinarían a las
acciones de gestión y conservación, "pero cuando analizamos a fondo la
propuesta vemos que se destina a la conservación y no a la indemnización
de los afectados; que tales partidas indemnizatorias no figuran
aprobadas en los presupuestos y que los fondos que, se dice, se
destinarán a ello son, en muchos casos, fondos europeos destinados a
otros fines, como por ejemplo, los dirigidos a los Programas de
Desarrollo Rural (PDR)", sostiene la abogada.
"En la mayoría de
estos planes se hace recaer exclusivamente sobre las economías y
patrimonios de los particulares la carga de la conservación, mientras
que las ayudas y subvenciones se reparten entre los movimientos
ecologistas", sostiene la abogada, quien añade, "es evidente que el
primer coste de la conservación ha de ser el de compensar e indemnizar a
aquellos que, en beneficio de toda la sociedad y a fin de contribuir a
la defensa del interés público de la conservación, ven restringido el
uso de sus propiedades y sus derechos como dueños".
Pilar Martínez
insiste en la necesidad de que, cumpliendo con la normativa europea y
la jurisprudencia de nuestro país, se compensen las restricciones
impuestas por los planes de gestión de los espacios protegidos.
"La
normativa europea y nuestras leyes y Tribunales exigen indemnizaciones
individuales por las limitaciones a los derechos subjetivos adquiridos y
previamente consolidados, así como la consiguiente previsión
presupuestaria para aprobar la norma y los Planes de Desarrollo
Sostenible, pero esto rara vez ocurre, lo que condena a los afectados a
iniciar interminables procesos judiciales para la defensa de derechos
básicos como el de propiedad que, en derecho europeo, está considerado
como un derecho fundamental", argumenta.
El 24% del territorio
murciano está incluido en Red Natura. La comunidad, además, cuenta con 9
Parques Naturales (50.157 ha) 1 Reserva Natural (225 ha), 5 Paisajes
Protegidos (5.722 ha) y 4 espacios sin figura legal asignada (5.355 ha).
En este sentido, Pilar Martínez afirma que son muchos los
incumplimientos que se continúan produciendo en la elaboración de los
planes de gestión de estos espacios, su indefinición territorial, el
análisis previo y el estudio de las necesidades reales de conservación y
la repercusión para el desarrollo de la zona.
Con 20 años de
experiencia, la letrada recuerda que la Directiva Hábitats no solo
establece unos criterios de conservación, sino que también exige la
previsión de alternativas y planes de desarrollo sostenible para las
zonas a las que afecta. "La desgraciada realidad es que tales planes de
desarrollo sostenible no existen o, en caso de existir, no pasan de ser
mera retórica de futuribles, que hasta el momento no han llegado a
producirse", asegura la letrada.
"El coordinar ambos intereses, la
conservación necesaria y el imprescindible desarrollo y crecimiento de
los pueblos, requiere un examen profundo y riguroso de las necesidades
en ambos aspectos, lo que no se ha hecho hasta ahora".
En este sentido,
añade: "Las decisiones poco reflexivas en materia conservacionista,
imponiendo muy serias restricciones, pueden suponer la condena al
subdesarrollo y abandono de la población rural en un amplio territorio
español y esto no es lo que propone la Directiva Hábitats".
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