viernes, 1 de julio de 2016

La AN mantiene el caso por las participaciones preferentes y deuda subordinada de la CAM / José Hervás *

La instrucción de los procedimientos legales contra la gestión de las cajas de ahorros no deja de sorprender. En el breve espacio de una semana, la Audiencia Nacional se ha manifestado de forma contradictoria sobre dos aspectos del caso abierto de la Caja de Ahorros del Mediterráneo. Pese a las diferencias jurídicas entre las cuotas participativas y las participaciones preferentes, las diferentes interpretaciones entre el juzgado central de instrucción nº 3 y la decisión de la sección tercera de la sala de lo Penal, no serán fáciles de entender por los afectados.

Admitidas las di­fe­ren­cias entre cuotas par­ti­ci­pa­tivas y pre­fe­ren­tes, cual sea la de­ci­sión final que se adopte en los dos casos abiertos sobre la CAM en la Audiencia Nacional debe su­poner un an­ti­cipo de lo que pueda ocu­rrir, en lo pe­nal, en el caso Bankia.

Si ningún ju­rista suele atre­verse a pre­decir la sen­tencia final de un juez, en esta oca­sión re­sulta to­davía más aven­tu­rado ha­cerlo de­bido a las di­fe­ren­cias de in­ter­pre­ta­ción exis­tentes entre la juez de ins­truc­ción, Carmen Lamela, y el juez pre­si­dente de la sec­ción ter­cera de la sala de lo Penal, Alfonso Guevara.

La jueza Carmen Lamela, ha vuelto a or­denar el ar­chivo de la pieza de las cuotas par­ti­ci­pa­tivas de la Caja de Ahorros del Mediterráneo al es­timar que los es­tados fi­nan­cieros de la emi­sión no es­taban fal­seados y que la CNMV no de­tectó nin­guna irre­gu­la­ri­dad.

La ti­tular del juz­gado cen­tral de ins­truc­ción 3 de la Audiencia Nacional al que se in­cor­poró en el otoño pa­sado, ra­ti­fica el so­bre­sei­miento de esta parte de la in­ves­ti­ga­ción como ya hi­ciera en marzo, des­pués de que la pa­sada se­mana la sec­ción ter­cera de la sala de lo Penal, le or­de­nase la reaper­tura de las di­li­gen­cias.

La ma­gis­trada reitera que los es­tados con­ta­bles a con­si­derar en el mo­mento de la emi­sión y sus­crip­ción de las cuotas eran los de di­ciembre de 2007, y no los de 2010 y 2011.

Justifica su de­ci­sión de no tener en cuenta la si­tua­ción de la en­tidad porque quienes sus­cri­bieron estas cuotas par­ti­ci­pa­ti­vas, el equi­va­lente a las ac­ciones de los ban­cos, pero sin de­re­chos po­lí­ti­cos, lo hi­cieron en junio del 2008. Por eso pa­rece claro que re­sul­taba di­fícil tener en cuenta los es­tados fi­nan­cieros de los años 2010 y 2011, para ad­mitir la reivin­di­ca­ción de las cuotas par­tí­ci­pes.

El in­forme de los pe­ritos añade, ade­más, que los be­ne­fi­cios de­cla­rados en el 2007 po­drían haber sido in­cluso su­pe­riores a los pu­bli­ca­dos".

La ma­gis­trada in­siste en con­si­derar que re­sulta ra­zo­nable pensar que los in­ver­sores dis­pu­sieron de in­for­ma­ción fi­nan­ciera co­rrecta sobre la si­tua­ción de la CAM en el mo­mento de tomar la de­ci­sión de sus­cribir las cuotas par­ti­ci­pa­ti­vas, en junio de 2008.

Recuerda en su de­ci­sión que no se ha rea­li­zado otro pe­ri­taje sobre el perfil de los in­ver­sores para de­ter­minar sus co­no­ci­mientos porque no de­po­si­taron los 10.000 de ade­lanto que les pi­dió.

Los nuevos ex­pertos de­be­rían ser nom­brados por la CNMV, pero la CNMV ya par­ti­cipó ac­ti­va­mente en la su­per­vi­sión del fo­lleto in­for­ma­tivo y lo avaló. No de­tectó nin­guna irre­gu­la­ridad sobre la in­for­ma­ción a dar a los in­ver­sores par­ti­cu­la­res. Contra esta de­ci­sión de la juez cabe re­curso.

Habrá juicio por pre­fe­rentes y deuda su­bor­di­nada
Y pese a la de­ci­sión del juz­gado de ins­truc­ción nú­mero 3, la sec­ción ter­cera de la sala de lo Penal de la misma Audiencia Nacional con­fir­maba el pa­sado jueves día 23 que lle­vará a juicio a los ex di­rec­tores ge­ne­rales de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) Roberto López Abad y María Dolores Amorós por irre­gu­la­ri­dades en la venta de par­ti­ci­pa­ciones pre­fe­rentes y deuda su­bor­di­nada.

Otro auto con­fir­maba la res­pon­sa­bi­lidad civil sub­si­diaria del Banco Sabadell, que ad­quirió la CAM en di­ciembre de 2011 por el sim­bó­lico precio de un euro, y para lo que re­cibió 5.249 mi­llones de euros de ayuda para su sa­nea­miento.

Resulta muy alec­cio­nador de­te­nerse en los ar­gu­mentos de la Audiencia Nacional de cara a lo que pueda su­ceder en otros casos que están ins­tru­yendo en estos mo­men­tos, como es el caso de Bankia. Así la Audiencia Nacional acordó en el auto que se co­noció el jueves de la se­mana pa­sada que si bien la CNMV no de­tectó irre­gu­la­ri­dades en la co­mer­cia­li­za­ción de tales pro­duc­tos, ello no sig­ni­fica que no exis­tie­ran.

La sala que pre­side el juez Alfonso Guevara des­es­timó los ar­gu­mentos de los exe­je­cu­tivos de la CAM que re­cuerdan que en el resto de cajas de aho­rros se ven­dieron estos pro­ductos "en igualdad de con­di­cio­nes". Para la Audiencia, "la au­sencia de pro­ce­di­mientos pe­nales contra ellos" no de­ter­mina que los he­chos en la CAM no puedan per­se­guirse.

Estas dos de­ci­siones de la Audiencia Nacional, aunque de salas dis­tin­tas, evi­den­cian las, como mí­nimo, pa­ra­dó­jicas cir­cuns­tan­cias en las que se está en­jui­ciando lo que su­cedió en la crisis más im­por­tante en toda la his­toria del sis­tema fi­nan­ciero es­pañol que ha cer­ti­fi­cado la prác­tica des­apa­ri­ción de las ca­jas.

Tendrá que llegar el Supremo para que los es­pañoles po­damos en­tender cómo se hace jus­ticia con quie­nes, en tér­minos ju­rí­dicos pre­sun­ta­mente, no cum­plieron con las más ele­men­tales exi­gen­cias de la ges­tión pru­dente de los bienes de todos los ciu­da­da­nos.


(*) Periodista

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