martes, 7 de junio de 2016

La Justicia europea dictamina que un inmigrante no puede ir a prisión solo por entrar ilegalmente en la UE

LUXEMBURGO.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado este martes que la directiva que regula el retorno de un inmigrante en situación irregular en la Unión Europea “se opone a toda norma” nacional que castigue con pena de prisión” dicha situación “cuando aún no ha finalizado el procedimiento” de expulsión previsto en la ley comunitariaria.

En su sentencia, el tribunal ha explicado que los países de la UE “no pueden permitir” el encarcelamiento de nacionales de terceros países por el “mero hecho de una entrada ilegal” si su expediente sigue abierto, porque tal medida puede “frustrar” la aplicación del procedimiento de retorno y “demorar” la expulsión.
Con todo, esta disposición “no niega” a los Estados miembros la potestad de castigar con pena de prisión la comisión de delitos que no estén definidos por la directiva como entrada ilegal, según ha concluido el TUE.
El caso se refiere a la detención preventiva dictada contra una ciudadana ghanesa, Sélina Affum, que intentó llegar de Bélgica a Reino Unido con documentación falsa y fue detenida a su paso por Francia, en donde fue enviada a prisión mientras se cumplía el procedimiento para ser reenviada de vuelta a Bélgica.
En su sentencia, el tribunal europeo ha explicado que la directiva ampara el encarcelamiento del inmigrante si, pese a que las autoridades del Estado miembro en el que se encuentra hayan dictado su expulsión, la persona se niega a abandonar el territorio “sin que haya un motivo que lo justifique”.
El tribunal, no obstante, matiza que la normativa comunitaria no se opone a que se aplique una “medida de internamiento” con objeto de determinar el carácter regular o irregular de la estancia de un nacional de un país extracomunitario.
En cualquier caso, la sala europea aclara que dado que Affum entró ilegalmente en Francia cumple los supuestos que cubre la ‘directiva de retorno’, que se opone a su encarcelamiento mientras se resuelve su caso, y por tanto se le debe aplicar esa norma y no el derecho francés, que prevé penas de un año de cárcel para quienes entran de manera ilegal en el país o sobre quienes hay sospechas razonables de que ha cometido o planea cometer un delito.
Por tanto, salvo que, en su caso, hubiera regularizado su situación, se debe aplicar la directiva de retorno a efectos de expulsión. Las excepciones previstas por la norma comunitaria, además, “no permiten” a los Estados miembro excluir de su aplicación a un extracomunitario por haber cruzado ilegalmente una frontera interior del espacio Schengen.

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