MADRID.- La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha
ordenado que continúe la instrucción e investigación de las cuotas
participativas de la CAM, revocando de esa manera la decisión del
Juzgado de Instrucción Central nº 3, que en marzo de 2014 acordó
sobreseer el procedimiento.
Cabe recordar que esta causa sobre preferentes y deuda subordinada
afecta a más de 35.000 personas y se remonta a 2011, año en el que el
despacho Unive Abogados interpuso un recurso en defensa de los afectados
por las cuotas participativas.
En concreto, la sentencia notificada este martes sostiene que la
investigación es necesaria si la emisión y comercialización de los
productos se hizo "siguiendo un plan preordenado de recapitalización
ante la situación de crisis real de la entidad, con ocultamiento
consciente a los inversores de la naturaleza del producto y situación de
la entidad", tal y como "parece indicar" la prueba testifical y la
argumental practicada.
En concreto, la Audiencia Nacional explica que la causa es pertinente
si la venta de las cuotas participativas se hizo "aprovechando la
generalizada ignorancia" de los clientes "acerca del producto que se les
transmitía en realidad, y con cierta o muy alta probabilidad de que las
inversiones realizadas sufriesen, tras un inicial sostenimiento del
valor de la inversión en el mercado, una súbita desvalorización".
Esta desvalorización, según la Sala, "no podía ser desconocida para quienes conocieran la real situación deficitaria de la CAM".
Por todo ello, la Audiencia Nacional estima que concurren,
indiciariamente, "elementos para sustentar la calificación de los hechos
como presuntamente delictivos", procediendo la continuación del
procedimiento.
En concreto, pide que se investiguen las circunstancias que
concurrieron en la comercialización de "tales productos complejos y de
riesgo", así como el perfil de los clientes a quienes tales productos se
distribuyeron".
Además, si las cuotas participativas finalmente se distribuyeron en
un 99 por ciento entre minoristas, tal y como sostienen los recurrentes,
la Audiencia Nacional cree que "ello constituiría una práctica
expresamente contraria a las indicaciones de la CNMV".
Y es que la CNMV "ya estimó irregular la previsión de distribución al
70 por ciento entre minoristas y sólo en un 30 por ciento entre
inversores cualificados por el alto porcentaje de minoristas", destaca.
Por tanto, si efectivamente las cuotas acabaron al 99 por ciento en
manos de minoristas, "debería investigarse si la inversión secundaria
constituyó asimismo una nueva maniobra de ocultación a la CNMV de la
realidad de la operación", según la Sala.
En concreto, pide que se investigue si las cuotas participativas que
se vendieron en el escaso margen de tiempo en que las mismas fueron
rentables fueron, precisamente, las adquiridas por el 31 por ciento de
inversores cualificados y los perjudicados resultaron ser, precisamente,
ese 70 por ciento de los no cualificados".
Todo ello, según la Audiencia Nacional, "exige la práctica de
testifical de clientes y de comerciales conforme ya venía acordado en
este procedimiento por auto de fecha 29 de julio de 2014, debiendo
recabarse cual fue la información real que los adquirentes de las cuotas
participativas recibieron".
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