domingo, 1 de mayo de 2016

Las playas en la Región para mascotas no podrán establecerse a menos de 200 metros de una común


MURCIA.- El servicio de Seguridad Alimentaria y Zoonosis de la Consejería de Sanidad ha establecido las recomendaciones pertinentes para la creación de espacios habilitados en las playas de la Región de Murcia para el esparcimiento de mascotas. 

 Estas recomendaciones, que detallan los requisitos técnicos y condiciones mínimas que deben cumplir las playas para ser declaradas como de uso de mascotas, se han remitido a los municipios costeros de la Región para evitar posibles riesgos sanitarios. Serán ahora los ayuntamientos los que, previa señalización y equipación de las zonas, comuniquen a la Comunidad Autónoma el espacio habilitado, que entrará a formar parte de un registro. 
Por razones de seguridad pública se mantiene la prohibición del acceso de mascotas a las playas de uso común para el baño o que de forma habitual presentan ocupación por los ciudadanos como lugares de esparcimiento; esas no pueden ser habilitadas como zonas para animales.
Por otro lado, las zonas con acceso a mascotas no podrán colindar con paseos marítimos o lugares con gran afluencia de público, salvo que las autoridades municipales garanticen condiciones idóneas para este uso mediante la delimitación de horarios y siempre que se realicen controles de salubridad diarios previos al uso normal de estos espacios. Al menos, las zonas para mascotas deberán situarse a 200 metros de las zonas habilitadas para bañistas, entre otros requisitos.

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