miércoles, 4 de mayo de 2016

La CARM regula el sistema de localización y seguimiento de embarcaciones pesqueras

MURCIA.- El Consejo de Gobierno ha aprobado, a propuesta de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, el decreto que regula el sistema de localización y seguimiento de embarcaciones pesqueras (Tetrapes) en aguas de la Región de Murcia. Dicho sistema está basado en la red Tetra empleada por los servicios de emergencia de la Comunidad Autónoma.

La normativa europea sobre política pesquera común establece un régimen de control para garantizar el cumplimiento de las normas y considera necesario aprovechar las nuevas tecnologías, como el sistema de localización de buques por satélite, ya que posibilitan un seguimiento eficaz de las actividades pesqueras.
Actualmente, el Ministerio de Agricultura realiza mediante el uso de tecnología vía satélite el seguimiento de todos los buques de más de 15 metros de eslora, así como de todos los incluidos en planes de gestión o recuperación. El 70 por ciento de la flota pesquera de la Región, debido a sus peculiares características, no se encuentra sujeta a estos sistemas de seguimiento, por lo que la Comunidad considera necesario extender esta obligación a la totalidad de la flota.
El decreto será de aplicación a todas las embarcaciones inscritas en el censo de la flota pesquera operativa en la modalidad de artes menores, con eslora inferior a 15 metros y con puerto base en la Región, que deberán disponer del sistema de localización y seguimiento de buques Tetrapes para poder ejercer la pesca en sus aguas interiores.
También deberán contar con este sistema las embarcaciones inscritas en dicho censo que faenen habitualmente en las aguas interiores de la Región aunque no tengan en ella su puerto base.
Se considerará que faenan habitualmente en aguas de la Región las embarcaciones que durante dos años consecutivos dispongan de un mínimo de 100 notas de venta en cada uno de los mismos, así como aquellas que en los dos años anteriores a la fecha de entrada en vigor de este decreto cumplan con dicho requisito.
La incorporación de las embarcaciones al nuevo sistema se llevará a cabo mediante la instalación de un dispositivo de localización Tetra, que deberá ser compatible con la red Radiecarm utilizada por la Comunidad y que garantizará la transmisión de datos de identificación del buque, posición geográfica, rumbo y velocidad, así como fecha y hora de la posición geográfica.
Una vez instalado el dispositivo, el patrón de la embarcación será responsable de que el mismo se encuentre operativo en todo momento, y deberá notificar a la Administración cualquier fallo técnico.
La adquisición, instalación, mantenimiento y, en su caso, sustitución de los dispositivos correrá a cargo y por cuenta de los propietarios o armadores de las correspondientes embarcaciones.
La información suministrada por el dispositivo, en consonancia con la política marítima integrada, podrá ser cedida a otras administraciones u órganos con competencias en control y gestión de pesca marítima. También, en su caso, para la atención de emergencias marítimas.

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