lunes, 7 de marzo de 2016

El vertido de agua depurada al río Guadalentín procedente del curtido no contamina, según sentencia del TSJ

LORCA.- La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJM) ha fallado a favor del Ayuntamiento de Lorca en un litigio con la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS), al considerar legal el vertido de agua depurada procedente de las industrias del curtido de piel al cauce del río Guadalentín.

El concejal de Régimen Interior del Ayuntamiento de Lorca, Fulgencio Gil, ha explicado que en el año 2013 la CHS revocó la autorización para realizar ese vertido atendiendo a su carga contaminante, un extremo que la resolución del TSJ desmonta.
Según Gil el tribunal anula los actos iniciados contra la evacuación del agua depurada del curtido por no ajustarse a derecho y afirma que el agua residual procedente de las 12 fábricas de curtidos de Lorca es sometida a un tratamiento especial en la Estación Depuradora de Aguas Residuales que la limpia de elementos perjudiciales y permite su reutilización.
El TSJ considera que la CHS no ha acreditado que el vertido haya producido daños ambientales en el medio receptor y para apoyar esa tesis ha anunciado que está en marcha un programa piloto que desarrolla el ayuntamiento en colaboración con la Universidad Politécnica de Cartagena, que tiene como finalidad conseguir que el agua depurada procedente de esas industrias se destine al riego de arbolado.
Gil ha dicho que el fallo judicial es "una muy buena noticia para el sector del curtido" que crea 400 empleos directos en Lorca y un millar indirectos y asegura que garantiza su"viabilidad", que podría "haber quedado truncada" de prosperar las acciones previstas por el organismo de cuenca.

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