jueves, 17 de diciembre de 2015

La juez ordena poner en libertad a los policías nacionales investigados por el 'caso Cala Cortina'

CARTAGENA.- La titular del juzgado de Instrucción nº 4 de Cartagena ha acordado, en auto notificado este jueves, la libertad de los policías investigados por el 'caso Cala Cortina' por los presuntos delitos de homicidio y detención ilegal cometida por funcionario público, según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

Los hechos investigados tuvieron lugar la madrugada del 11 de marzo de 2014, cuando desapareció el vecino del barrio cartagenero de Las Seiscientas, Diego Pérez Tomás, cuyo cadáver fue encontrado dos semanas después flotando en aguas de Cala Cortina.
Por este suceso seis policías de la Comisaría de Cartagena fueron encarcelados preventivamente, aunque uno de ellos falleció el pasado mes de octubre de una pancreatitis aguda, mientras permanecía encarcelado.
En la parte dispositiva del auto se acuerda que deben "ser puestos inmediatamente en libertad, si no estuvieran privados de ella por otra causa, con obligación de comparecer 'apud acta' ante este juzgado los días 15 de cada mes, o día siguiente hábil, así como tantas veces fueron requeridos, y con la imposición de la medida cautelar de prohibición de salida del territorio nacional, y consiguiente retirada del pasaporte, que deberán entregar en este juzgado en el mínimo tiempo posible una vez se encuentren en libertad, y en todo caso en el plazo de tres días".
La resolución, en sus fundamentos jurídicos, después de subrayar el carácter excepcional de la prisión provisional señala que la medida impuesta en su día "ha cumplido los fines para los que fue acordada, atendido el transcurso del tiempo desde su adopción, así como principalmente, el estado de tramitación de la causa, en la que ha finalizado la fase de instrucción y en el día de hoy se ha dado traslado para calificar al Ministerio Público por lo que el riesgo de destrucción de pruebas es igualmente mucho menor".
Y, en el mismo sentido, añade que las medidas que se detallan en la parte dispositiva de esta resolución, como son la obligación de comparecer 'apud acta' ante ese juzgado y la retirada del pasaporte con prohibición de salida del territorio nacional, "garantizan de forma suficiente el sometimiento de los imputados al procedimiento que se sigue contra ellos, ya que la totalidad de los mismos, tienen acreditado arraigo personal y familiar en esta localidad".
La resolución no es firme y cabe interponer recurso de reforma y/o apelación.

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