CARTAGENA.- El magistrado del Juzgado de Instrucción n° 2 de Cartagena, Jacinto
Areste, comunicó el pasado viernes la denegación de la apertura de
juicio oral, así como el archivo de la querella interpuesta en 2012 por
el ex alcalde de Cartagena, José Antonio Alonso, actualmente imputado
en la trama de corrupción 'Púnica', contra el entonces concejal portavoz
de MC, José López, hoy alcalde de Cartagena.
En 2012, Alonso se personó en una causa contra López acusándole de un delito de calumnias e injurias sobre su persona. La Justicia decreta el archivo de la querella, no apreciando delito, tal y como antes determinó la Fiscalía, y entendiendo que las relaciones entre Barreiro y los hermanos Alonso son más que evidentes, y que López únicamente se limitó a realizar declaraciones a título informativo y valorativo, amparado en el derecho constitucional de libertad de expresión.
Este anuncio coincide en el tiempo con la noticia de los jugosos beneficios obtenidos por José Antonio Alonso y su hermano Agustín en sus labores de intermediación en la compraventa de terrenos para la construcción de la macrourbanización 'Novo Carthago'. De este modo, se ha conocido que los hermanos Alonso obtuvieron dos millones de euros recibidos en diversos pagos, entre 2002 y 2006, procedentes de la promotora Hansa Urbana, de diversos vendedores de terrenos, así como de otros intermediarios.
Sobre un posible delito de calumnias, «el querellado se limita a las insinuaciones de trato de favor por la alcaldesa en beneficio del querellante» en negocios urbanísticos; y sobre el de injurias, «todo parece indicar que cuando el querellado vincula al querellante con determinadas empresas lo hace con la convicción fundada de que está en lo cierto, sin que en las inexactitudes en que pueda haber incurrido al distribuir papeles en un entramado de empresas, pueda apreciarse mentira consciente o desprecio de la verdad».
En 2012, Alonso se personó en una causa contra López acusándole de un delito de calumnias e injurias sobre su persona. La Justicia decreta el archivo de la querella, no apreciando delito, tal y como antes determinó la Fiscalía, y entendiendo que las relaciones entre Barreiro y los hermanos Alonso son más que evidentes, y que López únicamente se limitó a realizar declaraciones a título informativo y valorativo, amparado en el derecho constitucional de libertad de expresión.
Este anuncio coincide en el tiempo con la noticia de los jugosos beneficios obtenidos por José Antonio Alonso y su hermano Agustín en sus labores de intermediación en la compraventa de terrenos para la construcción de la macrourbanización 'Novo Carthago'. De este modo, se ha conocido que los hermanos Alonso obtuvieron dos millones de euros recibidos en diversos pagos, entre 2002 y 2006, procedentes de la promotora Hansa Urbana, de diversos vendedores de terrenos, así como de otros intermediarios.
Sobre un posible delito de calumnias, «el querellado se limita a las insinuaciones de trato de favor por la alcaldesa en beneficio del querellante» en negocios urbanísticos; y sobre el de injurias, «todo parece indicar que cuando el querellado vincula al querellante con determinadas empresas lo hace con la convicción fundada de que está en lo cierto, sin que en las inexactitudes en que pueda haber incurrido al distribuir papeles en un entramado de empresas, pueda apreciarse mentira consciente o desprecio de la verdad».
Estos son dos de los principales argumentos que el titular del
Juzgado de Instrucción nº2 de Cartagena, Jacinto Aresté, ha expuesto en el
auto por el que rechaza la petición del exalcalde socialista de
Cartagena José Antonio Alonso de abrir juicio oral contra el edil de
Movimiento Ciudadano (MC) y actual alcalde, José López, y por el que
archiva también la querella que aquél interpuso en 2012, según avanzó hoy 'La Verdad'.
En esa resolución dictada el viernes y comunicada ayer a las partes,
el juez razona que en la campaña electoral de las municipales de 2011 y
ya como edil, López no atribuyó a Alonso un solo hecho concreto de
relevancia penal. Y añade que, teniendo en cuenta que la Fiscalía no vio
indicios de delito en las alusiones a Barreiro y que ésta descartó
acusar como perjudicada, «no se puede sostener razonablemente que no hay
indicios de criminalidad en las referencias» a la exalcaldesa «y a la
vez que, en cambio, los hay» en las que hizo de Alonso.
La resolución del juez implica archivar la imputación del alcalde por
injurias y calumnias. La medida puede ser recurrida ante el juez y ante
la Audiencia Provincial. Alonso reclama para López dos años de cárcel,
su inhabilitación para cargos públicos, una multa de unos 21.000 euros y
una indemnización de un millón de euros.
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