jueves, 5 de noviembre de 2015

El Gobierno puede aprobar los Presupuestos a pesar de carecer de un límite de gasto, a juicio del CJRM

MURCIA.- El Consejo Jurídico de la Región de Murcia sostiene que, a pesar de la carencia de un límite de gasto no financiero, formalmente aprobado por el órgano competente, "persiste la obligación del Consejo de Gobierno de aprobar el Proyecto de Ley de Presupuestos y remitirlo a la Asamblea, formulándolo de acuerdo con las cifras que resultan del cálculo del límite de gasto tal como se regula en la LOESP".

Una obligación, añade en el informe, "que no puede considerarse desplazada siempre y cuando su cumplimiento se ajuste a tal cifra", aspecto sobre el que el Consejo Jurídico no se pronuncia por quedar fuera de su competencia.
Así se pronunciar tras examinar el expediente remitido en petición de consulta por la Secretaria General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, ante la negativa de la oposición de aprobar el techo de gasto propuesto por el Gobierno murciano en la Asamblea Regional.
De los artículos 154.3 y 156 e) RAR se desprende que, una vez que resultara fijada la cuantía global de los estados de los presupuestos por el Pleno de la Cámara, se entendería implícitamente aprobado el límite máximo de gasto no financiero a que se refiere el artículo 30 LOESP.
La aprobación por la Asamblea Regional de la Ley de Presupuestos Generales, con el límite material que implica el límite de gasto no financiero, "permitiría convalidar las posibles insuficiencias procedimentales", siempre, concluye, que la materialidad del contenido de la Ley se ajuste a la LOESP.

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