lunes, 14 de septiembre de 2015

El Tribunal Constitucional suspende la ley de aguas de Aragón, que blindaba el Ebro con una reserva hídrica de 6.550 hm3 para impedir futuros trasvases



MADRID.- El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por el Consejo de Ministros contra la ley de aguas de Aragón, que a juicio del Ejecutivo otorga a la comunidad autónoma competencias exclusivas que corresponden al Estado y que ahora queda suspendida de forma cautelar.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 31 de julio la interposición de este recurso contra la norma que regula las aguas y los ríos en Aragón. Entre otras cuestiones la ley aragonesa blindaba el Ebro con una reserva hídrica de 6.550 hm3 lo que de hecho suponía poner coto a cualquier futuro trasvase a otras cuencas.
El Ejecutivo central recurrió la ley con el argumento de que atribuye a Aragón competencias exclusivas, así como competencias asumidas por transferencia o encomienda del Estado, en materia de aguas intra e intercomunitarias.
Además, el recurso cuestiona que la normativa aragonesa conceda a esa comunidad competencias exclusivas en materia de determinadas obras públicas.
El Ejecutivo planteó en su escrito que las aguas intercomunitarias que discurren por Aragón, pertenecientes a las cuencas del Ebro, del Tajo y del Júcar, son "competencia exclusiva y plena del Estado, según el artículo 149.1 de la Constitución.
También consideró inconstitucional el Gobierno que Aragón haga referencia a competencias asumidas por transferencia o encomienda del Estado, o que la Ley aragonesa asuma que van a existir convenios para transferir determinadas competencias del Estado para la gestión de las aguas, resulta igualmente inconstitucional.
El hecho de que el Estado cuente con competencias exclusivas plenas en aguas intercomunitarias, "busca asegurar el principio de unidad de cuenca y una gestión homogénea del recurso", expuso el Ejecutivo.

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