MURCIA.- La Sala de lo Contencioso del Tribunal
Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha desestimado el
recurso presentado por una comunidad de propietarios que reclamó u una
indemnización de 561.700 euros al ayuntamiento de Puerto Lumbreras al
hacerlo responsable de las carencias y deficiencias urbanísticas.
El
Juzgado de lo Contencioso nº 2 de Murcia, al que correspondió el
asunto, desestimó el recurso al considerar que los hechos habían
prescrito por el transcurso de un año, criterio que comparte la Sala.
Este
segundo tribunal comenta que "en ningún caso se puede pretender que el
daño sea en el año 2010, cuando la licencia de obras se solicitó y
concedió en el año 2004, y también estaría prescrita si la demandante
considerar como evento perjudicial a sus intereses la modificación
operada en el ámbito del Plan General de Ordenación que se aprobó en
2008".
Indica así mismo que como la comunidad de propietarios
apelante se constituyó en junio de 2006, ya a partir de entonces pudo
plantear la reclamación que finalmente presentó fuera de plazo.
En
su demanda, los apelantes alegaron que compraron sus viviendas tipo
dúplex en un complejo residencial y pagaron de acuerdo con las
características que se le ofrecieron, que después no se llevaron a la
realidad, por lo que responsabilizaban al consistorio.
En
concreto, y entre otras deficiencias, apuntaban que sufrían de
frecuentes inundaciones por agua de lluvia y que el ayuntamiento hizo
dejación de sus obligaciones al hacer caso omiso al requerimiento que le
hizo la administración regional y no proceder a la revisión de oficio
ni anular el estudio de detalle de la zona, "pese a las irregularidades
del mismo".
La Sala de lo Contencioso ha condenado a la comunidad
de propietarios al pago de las costas, aunque limita a 1.500 euros en
cada caso los honorarios del abogado del ayuntamiento y de las partes
apeladas "atendiendo a la escasa envergadura de la principal cuestión
planteada".
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