MURCIA.- El juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de los de Lorca retrasa un día la comparecencia del presidente de la Comunidad Autónoma, Pedro Antonio Sánchez, para darle traslado de la querella por el 'caso Auditorio'.
El presidente murciano estaba citado para el martes 14
de julio y el cambio, según explican fuentes del TSJ, obedece a la
imposibilidad de poder comparecer alegada por Pedro Antonio Sánchez.
De
tal forma, el juzgado cita a Pedro Antonio Sánchez, presidente de la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para que comparezca el
próximo día 15 de julio de 2015, a las 10.00 horas, "al objeto de
conferirle traslado de la querella, según lo acordado en auto de fecha
22 de junio de 2015".
Así se recoge en una diligencia de
ordenación dictada por la secretaria judicial, en la que se le tiene por
personado, "vistas la alegaciones formuladas y ante la imposibilidad de
poder comparecer el día 14 de julio de 2015, a las 10.00 horas".
Cabe
recordar que este caso investiga presuntas irregularidades en la
construcción y entrega del Auditorio de Puerto Lumbreras cuando Sánchez
era alcalde del municipio.
Actualmente, Sánchez es diputado
regional, por lo que tiene la condición de aforado y la magistrada del
Juzgado lorquino no podría imputarle, sino que deberá remitir el caso al
Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia si aprecia indicios de
delito.
La sala de admisión del TSJ de Murcia ya admitió el pasado
mes de marzo su competencia para el conocimiento de la querella, dada
la condición de aforado del entonces consejero de Educación, Cultura y
Universidades, pero la remitió al partido judicial de Lorca dado que
resultaba "inviable", por el momento, "la individualización inequívoca y
relevante de dichos hechos contra la única persona aforada que
justificaría la atribución de competencia de esta Sala".
Por ello,
sostenía que los hechos contenidos en la querella, por su relevancia
penal, "deberán ser investigados por el órgano judicial predeterminado
por la ley".
Paralelamente, la sala declaró su falta de
competencia respecto a los hechos imputados en la querella a las
personas no aforadas, que ascendían a 12 personas, en concreto los
miembros de la Junta de Gobierno local de Puerto Lumbreras que
participaron en la aprobación del proyecto de ejecución y adjudicación
de la obra, además de "aquellos otros que en el curso de la instrucción,
por producirse indicios bastantes de criminalidad, puedan ser
querellados por su relación con estos hechos".
La Sala entendió
que el Juzgado ordinario de Lorca, ante la pluralidad de personas que no
estaban aforadas y la falta de elementos para individualizar la
conducta delictiva, debía ser el que concrete los extremos a los que se
refiere la querella del fiscal e investigue, de forma exhaustiva, los
hechos.
Por ello, determinó que corresponde al Juzgado de
Instrucción de Lorca "con la libertad de criterio que
constitucionalmente le es propia, asumirla para su investigación, y en
el curso de la misma, si procediera en cuanto a competencia y fondo,
deberá concretar e individualizar los hechos y conductas con relevancia
penal que se refieran al aforado", Pedro Antonio Sánchez López y, en su
caso, procederá a la elevación a esta Sala de una Exposición Razonada
para examen por la misma.
La Sala del TSJ explicaba que, en el
caso de que el Juzgado de Lorca encuentre indicios suficientes que
afectasen a Sánchez en su condición de aforado, el magistrado entonces
deberá detener su investigación y elevar las actuaciones a la Sala de lo
Civil y lo Penal del TSJ para que sea ésta quien tome las medidas que
correspondan.
La decisión fue adoptada por mayoría y se formuló un
voto particular por parte del magistrado Manuel Abadía, en el que
discrepaba con la Sala, al considerar que ante una querella interpuesta
por el Fiscal directamente ante el Tribunal, y con indicios "concretos,
detallados e individualizados" respecto al aforado, "deviene inexcusable
la competencia de esta Sala para conocer de las actuaciones atribuidas
al aforado, por lo que razonaremos a continuación".
En
concreto, el escrito de la querella contra Sánchez hace mención a un
delito continuado de prevaricación en su etapa como alcalde de Puerto
Lumbreras, malversación de caudales públicos, prevaricación y falsedad
en documento oficial en lo relativo al proyecto del auditorio de Puerto
Lumbreras.
La querella del fiscal hace referencia a "indudables
indicios o evidencias delictivas, el encargo al arquitecto de la
redacción de un anteproyecto para la construcción del auditorio, la
apariencia de legalidad del concurso convocado, la manipulación en la
fijación del precio y otros extremos".
Y se advierte de la
participación "decisiva" en esa "ilícita" actividad de Sánchez, ya que
en aquellos momentos era alcalde e impulsó desde su cargo la supuesta
comisión de estos delitos.
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