viernes, 10 de julio de 2015

Retrasan un día la comparecencia de Sánchez para darle traslado de la querella por el 'caso Auditorio'


MURCIA.- El juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de los de Lorca retrasa un día la comparecencia del presidente de la Comunidad Autónoma, Pedro Antonio Sánchez, para darle traslado de la querella por el 'caso Auditorio'.

El presidente murciano estaba citado para el martes 14 de julio y el cambio, según explican fuentes del TSJ, obedece a la imposibilidad de poder comparecer alegada por Pedro Antonio Sánchez.
De tal forma, el juzgado cita a Pedro Antonio Sánchez, presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para que comparezca el próximo día 15 de julio de 2015, a las 10.00 horas, "al objeto de conferirle traslado de la querella, según lo acordado en auto de fecha 22 de junio de 2015".
Así se recoge en una diligencia de ordenación dictada por la secretaria judicial, en la que se le tiene por personado, "vistas la alegaciones formuladas y ante la imposibilidad de poder comparecer el día 14 de julio de 2015, a las 10.00 horas".
Cabe recordar que este caso investiga presuntas irregularidades en la construcción y entrega del Auditorio de Puerto Lumbreras cuando Sánchez era alcalde del municipio.
Actualmente, Sánchez es diputado regional, por lo que tiene la condición de aforado y la magistrada del Juzgado lorquino no podría imputarle, sino que deberá remitir el caso al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia si aprecia indicios de delito.
La sala de admisión del TSJ de Murcia ya admitió el pasado mes de marzo su competencia para el conocimiento de la querella, dada la condición de aforado del entonces consejero de Educación, Cultura y Universidades, pero la remitió al partido judicial de Lorca dado que resultaba "inviable", por el momento, "la individualización inequívoca y relevante de dichos hechos contra la única persona aforada que justificaría la atribución de competencia de esta Sala".
Por ello, sostenía que los hechos contenidos en la querella, por su relevancia penal, "deberán ser investigados por el órgano judicial predeterminado por la ley".
Paralelamente, la sala declaró su falta de competencia respecto a los hechos imputados en la querella a las personas no aforadas, que ascendían a 12 personas, en concreto los miembros de la Junta de Gobierno local de Puerto Lumbreras que participaron en la aprobación del proyecto de ejecución y adjudicación de la obra, además de "aquellos otros que en el curso de la instrucción, por producirse indicios bastantes de criminalidad, puedan ser querellados por su relación con estos hechos".
La Sala entendió que el Juzgado ordinario de Lorca, ante la pluralidad de personas que no estaban aforadas y la falta de elementos para individualizar la conducta delictiva, debía ser el que concrete los extremos a los que se refiere la querella del fiscal e investigue, de forma exhaustiva, los hechos.
Por ello, determinó que corresponde al Juzgado de Instrucción de Lorca "con la libertad de criterio que constitucionalmente le es propia, asumirla para su investigación, y en el curso de la misma, si procediera en cuanto a competencia y fondo, deberá concretar e individualizar los hechos y conductas con relevancia penal que se refieran al aforado", Pedro Antonio Sánchez López y, en su caso, procederá a la elevación a esta Sala de una Exposición Razonada para examen por la misma.
La Sala del TSJ explicaba que, en el caso de que el Juzgado de Lorca encuentre indicios suficientes que afectasen a Sánchez en su condición de aforado, el magistrado entonces deberá detener su investigación y elevar las actuaciones a la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJ para que sea ésta quien tome las medidas que correspondan.
La decisión fue adoptada por mayoría y se formuló un voto particular por parte del magistrado Manuel Abadía, en el que discrepaba con la Sala, al considerar que ante una querella interpuesta por el Fiscal directamente ante el Tribunal, y con indicios "concretos, detallados e individualizados" respecto al aforado, "deviene inexcusable la competencia de esta Sala para conocer de las actuaciones atribuidas al aforado, por lo que razonaremos a continuación".
En concreto, el escrito de la querella contra Sánchez hace mención a un delito continuado de prevaricación en su etapa como alcalde de Puerto Lumbreras, malversación de caudales públicos, prevaricación y falsedad en documento oficial en lo relativo al proyecto del auditorio de Puerto Lumbreras.
La querella del fiscal hace referencia a "indudables indicios o evidencias delictivas, el encargo al arquitecto de la redacción de un anteproyecto para la construcción del auditorio, la apariencia de legalidad del concurso convocado, la manipulación en la fijación del precio y otros extremos".
Y se advierte de la participación "decisiva" en esa "ilícita" actividad de Sánchez, ya que en aquellos momentos era alcalde e impulsó desde su cargo la supuesta comisión de estos delitos.

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