miércoles, 1 de julio de 2015

La Audiencia Provincial de Murcia dictamina que no tener dinero no justifica ocupar una vivienda

MURCIA.- La Audiencia Provincial de Murcia ha dicho que la falta de recursos y de vivienda propia no justifica la ocupación de otra por la fuerza, según se recoge en la sentencia que desestima el recurso presentado por un hombre que fue condenado al pago de una multa de 540 euros.

La sentencia indica que un Juzgado de lo Penal de Cartagena declaró probado que el ahora apelante rompió la cerradura de una casa ubicada en una población cartagenera y la ocupó.
La sentencia añadía que carecía de cualquier autorización o título de propiedad que le habilitara para ello, por lo que fue condenado como autor de un delito de usurpación, resolución avalada ahora por la Audiencia Provincial de Murcia.
En su recurso, el condenado alegó que en las actuaciones judiciales no figuraba ningún documento del Registro de la Propiedad acreditativo de que el denunciante fuese el dueño de la vivienda ocupada.
El tribunal rechaza esa argumentación por haber sido incorporada no durante la tramitación de la causa, sino en este recurso.
Además, expone la sala, si tenía autorización del propietario, podía haberlo alegado en el juicio, pero, añade, la prueba de que no era así es que la cerradura fue forzada para acceder al inmueble.
La Audiencia comenta que "el hecho de que el acusado carezca de recursos económicos y de vivienda no lleva, sin más, a deducir la concurrencia de un estado de necesidad que suponga una exención o reducción de la responsabilidad penal".
Y concluye que "se exige una prueba cumplida de que no tenía a su disposición otra posibilidad de ayuda, de tal modo que se agotaran los medios disponibles de asistencia social para procurarse un sustento básico, y nada se ha intentado acreditar en este sentido".

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