MURCIA.- El Ayuntamiento de Murcia deberá abonar 101.800 euros a una promotora
por los perjuicios que sufrió al facilitarle datos urbanísticos
erróneos sobre una urbanización que había proyectado, según se recoge en
una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal
Superior de Justicia de la Región (TSJ).
La sentencia indica que la empresa U.A., S.L. fue informada de manera
errónea sobre la calificación urbanística de los terrenos donde había
proyectado la construcción de varios dúplex, encontrándose después con
la sorpresa de que las condiciones eran más restrictivas, al ser el
volumen de construcción menor.
La empresa demandante alegó en el recurso que había existido un
anormal funcionamiento de los servicios públicos, por lo que el
Ayuntamiento debía afrontar los perjuicios sufridos.
Y añadió que ese mal funcionamiento se había producido porque la
administración local no hizo la trasposición de una orden de la
Comunidad Autónoma relativa a la revisión de la zona en la que se ubica
el solar objeto de controversia a la cartografía y planos del Plan
General de Ordenación Urbana de Murcia hasta más de cinco años después.
"Resulta indiscutible -añadía- que este hecho provocó el error en la compra del solar, con unas consecuencias fatales".
La Sala, al estimar el recurso de la promotora, dice que "el
Ayuntamiento fue el causante del hecho productor del daño y existe una
relación de causalidad entre los perjuicios causados a U.A., S.L. y el
funcionamiento anormal de la administración suministrando una
información errónea sobre la calificación urbanística del suelo".
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