jueves, 30 de julio de 2015

Abogados murcianos preparan acciones en los tribunales contra Pedro Antonio Sánchez por prevaricación en el PGOM de Puerto Lumbreras


MURCIA.- Abogados murcianos preparan ya acciones en los tribunales contra Pedro Antonio Sánchez, actual presidente de la Comunidad Autónoma, por presunta prevaricación en la aprobación en 2007 del Plan General Municipal de Ordenación (PGMO) de Puerto Lumbreras, siendo él alcalde, y tumbado definitivamente ahora por el Tribunal Supremo tras confirmar la sentencia del TSJ de 2013 contra Ayuntamiento y Comunidad Autónoma como recurrentes.

Las acciones serán por varios presuntos delitos, entre ellos y como más claro el de prevaricación, y acompañarán a otras en marcha contra los consejeros de Fomento, Francisco Bernabé, y de Agricultura y Agua, Adela Martínez-Cachá, por decisiones tomadas, supuestamente contra la ley, en el desempeño de sus respectivos cargos políticos.
En el caso de Sánchez, según fuentes de esos mismos bufetes, éste claramente prevaricó al no atender un informe preceptivo de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) donde se advertía de la falta de garantía en el suministro de agua potable y aprobar parcialmente el PGMO lumbrerense pese a que el informe de la CHS era concluyente. 
La Comunidad Autónoma, no obstante, también le dió su visto bueno con la firma del consejero de Obras Públicas, Vivienda y Transporte, a la sazón el imputado Joaquín Bascuñana, que igualmente podría ser objeto ahora de nuevas acciones penales al respecto.
Fueron los concejales socialistas de Puerto Lumbreras en aquellas fechas quienes presentaron un procedimiento contencioso-administrativo ante el TSJ, a resultas del cual ahora se ha pronunciado el Tribunal Supremo de forma determinante y condenando a costas a las administraciones públicas intervinientes.
Según  estos abogados, Pedro Antonio Sánchez no utilizó el artículo 137 de la Ley Regional del Suelo para denegar la aprobación del PGMO y Bascuñana tampoco lo hizo. 
La resolución del Tribunal Supremo, contra la que ya no cabe recurso alguno, dice claramente que en el expediente administrativo del PGMO  de Puerto Lumbreras no se acredita la disponibilidad de recursos hídricos ni se informan favorablemente las nuevas demandas generadas por los desarrollos urbanísticos.
En su resolución, el Alto Tribunal insiste en que se dan motivos más que suficientes para justificar el fallo del TSJ en base a que entiende que el informe de la CHS es claro y terminante a la hora de advertir sobre la falta de garantía de agua para suministro a la población lumbrerense.

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