MURCIA.- La Dirección General de Medio Ambiente, dependiente de la Consejería
de Agricultura y Agua, ha publicado en el Boletín Oficial de la Región
de Murcia, del 16 de junio, las condiciones técnicas para el precintado
de piezas de caza mayor (arruí, cabra montés, ciervo, muflón y gamo)
para el control de esta actividad en los cotos de caza de la Región.
Los agentes medioambientales de las respectivas comarcas serán los
encargados de entregar a los interesados los precintos numerados
correspondientes a cada uno de los acotados.
Los titulares o arrendatarios de los cotos obligados al precintado de
las especies deberán comunicar al Servicio de Caza el acotado en el que
van a realizar la cacería, las fechas de caza y la finalización de las
mismas. Cada titular o arrendatario del coto obtendrá el mismo número de
precintos que el cupo de piezas a abatir que tenga aprobado en su
correspondiente Plan de Ordenación Cinegética o en el correspondiente
permiso especial de caza del citado coto.
Cada cazador deberá llevar, al menos, un precinto sin usar cada vez
que salga de caza. Una vez abatida la pieza, procederá a su marcaje
inmediato y el cazador no podrá desplazarla hasta haber colocado el
precinto correctamente.
Los agentes medioambientales podrán desplazarse a la zona de caza
para realizar las comprobaciones oportunas y recabar datos
morfométricos, muestras u otros aspectos técnico-sanitarios que les sean
requeridos.
El desarrollo de la actividad cinegética sin la posesión de los
mencionados precintos será motivo de expediente sancionador por
infracción.
Los cuerpos y partes de piezas de caza de las especies citadas que se
separen de sus cabezas debidamente precintadas, y que pretendan ser
trasladadas en el período hábil de la especie por terceros, deberán ir
acompañadas de una declaración responsable de procedencia.
Una vez que finalice el período hábil de caza de cada especie, los
titulares o los arrendatarios del coto deberán remitir los precintos no
utilizados a los agentes medioambientales, ya que la no devolución de
las matrices y precintos no utilizados conllevará la denegación de
futuros permisos cinegéticos que necesiten dichos precintos.
Por último, Medio Ambiente prohíbe la naturalización de ejemplares de estas especies de caza mayor que carezcan de precinto.
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