MURCIA.- La Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio ha
gestionado un total de 3.000 solicitudes de ayudas para el alquiler de
vivienda destinadas a atender las necesidades de población con escasos
medios económicos y otros sectores preferentes, como familias numerosas,
mujeres víctimas de violencia de género, personas con discapacidad,
afectados por desahucios y víctimas del terrorismo.
"El derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada es el
objeto central de esta línea de ayuda, recogida en el Plan estatal de
fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la
regeneración y renovación urbanas 2013-2016, que constituye un marco
clave en la búsqueda de ese bienestar que procura cualquier sociedad
comprometida con su mejor futuro", señaló el consejero de Fomento,
Francisco Bernabé.
"El disfrute de una vivienda, incidió el
consejero, es una condición imprescindible para el bienestar de la
sociedad, y el alquiler es una herramienta sobre la que debemos de
seguir trabajando para facilitar el acceso a una vivienda a quienes más
lo necesitan".
"Así, estas ayudas son verdaderamente necesarias y
positivas", añadió.
Así, Bernabé recordó que este año se
destinarán "dos millones de euros a ayudas al alquiler", con el fin de
facilitar el acceso y la permanencia en las mismas a personas físicas
pertenecientes a sectores de población con escasos medios económicos,
según han informado fuentes del Gobierno regional en un comunicado.
El
personal del servicio técnico de la Consejería está estudiando la
documentación aportada por los solicitantes de las ayudas para comprobar
que está perfectamente cumplimentada y valorar si reúnen los requisitos
necesarios para acceder a las mismas.
Para ello, los interesados
han tenido que aportar el contrato de arrendamiento, el certificado de
empadronamiento de todos los miembros que residen en la vivienda, la
nota simple del Registro que acredite la propiedad de la vivienda
arrendada, el libro de familia, el certificado de los 24 dígitos
correspondientes al código internacional de cuenta cliente (IBAN) del
solicitante, la declaración responsable de cada una de las personas de
la unidad de convivencia y, en el caso de extranjeros no comunitarios,
la documentación acreditativa de la residencia legal en España.
Entre
otros requisitos figura que la renta establecida en el contrato no
supere los 500 euros mensuales y los ingresos de las personas que tengan
o vayan a tener su domicilio habitual y permanente en la vivienda,
consten o no como titulares del contrato, han de ser, en su conjunto,
superiores a 0,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos
Múltiples (IPREM), e inferiores al triple de dicho indicador, es decir,
entre 265 y 1.600 euros al mes.
Con todo ello, la comisión de
valoración determinará el orden de prelación, atendiendo al resultado de
aplicar una fórmula que, de acuerdo con los ingresos de la unidad de
convivencia, primará el resultado cuantitativamente mayor sobre los
inferiores.
Las ayudas al alquiler dan una cobertura de hasta el
40 por ciento de la renta anual que deban satisfacer los ciudadanos por
el alquiler de su vivienda habitual y permanente durante un período de
12 meses, y con un límite máximo de 200 euros mensuales por vivienda y
de 2.400 por anualidad.
Con esta cuantía, que se abonará
trimestralmente, solamente se subvenciona el alquiler de la vivienda,
con exclusión de cualquier otro concepto, como garaje, trastero o gastos
de comunidad.
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