MURCIA.- Los robos en el campo "ya no saldrán gratis", según se desprende del
contenido de la nueva reforma del Código Penal, llevada a cabo a través
de la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de Marzo, que entrará en vigor el
próximo 1 de Julio, en la que se contemplan muchas de las
reivindicaciones que COAG ha venido planteando reiteradamente en las
numerosas reuniones que han mantenido con todas las Administraciones.
Así, en la reforma, se dedica un capítulo especifico a los hurtos
y robos cometidos en el ámbito agrario, "lo que es una novedad
importantísima", según han informado fuentes de la organización agraria
en un comunicado.
En el propio preámbulo se reconoce que "estamos
ante un grave problema al tratarse de infracciones cometidas en
explotaciones, en las que resulta difícil adoptar medidas de protección y
donde se causa a sus propietarios un perjuicio extraordinariamente
elevado, muy superior al que corresponde a la valoración de los
productos sustraídos, por lo que se produce una grave desprotección e
inseguridad para quienes los sufren", explican.
Con la nueva Ley,
los supuestos de menor gravedad que anteriormente se sancionaban como
falta, se regulan ahora como delitos leves, al tiempo que se castigará
con pena de uno a tres años de prisión, aquellas sustracciones de
productos agrarios o ganaderos, o de los instrumentos o medios que se
utilizan para su obtención, siempre que el delito se cometa en
explotaciones agrícolas o ganaderas y se cause un perjuicio grave a las
mismas.
Entre otros cambios, se castigará con pena de uno a tres
años de prisión, la sustracción de conducciones, cableado o equipos de
suministro eléctrico, de hidrocarburos o de telecomunicaciones y,
además, se contempla el supuesto de multirreincidencia, de tal modo que
los delincuentes habituales que anteriormente eran condenados por meras
faltas, con esta modificación podrán ser condenados con penas de uno a
tres años de prisión.
Además, en los robos con fuerza para
acceder o abandonar la explotación o ejerciendo violencia o intimidación
en las personas, muy frecuente en los últimos tiempos, la reforma
contempla que "cuando concurra la circunstancia especial de tratarse de
productos agrarios o ganaderos, o de los instrumentos o medios usados
para su obtención, la pena de cárcel aumentará de dos a cinco años".
Por
último, también es de destacar que se agrava con una pena de uno a tres
años de prisión, el delito de receptación o compra de bienes robados,
"lo que es muy importante dado que los robos en las explotaciones
agrarias están directamente relacionados con las compra-ventas ilícitas
que se realizan de los productos sustraídos, ya sean frutas, hortalizas,
ganado, o maquinarias, aperos y otros materiales.
COAG Murcia
valora "muy positivamente" esta nueva regulación del Código Penal que,
"junto al gran trabajo desplegado en los últimos dos años por los
equipos ROCA de la Guardia Civil, ahora sí van a contribuir a la
disminución de los robos en el campo que tanto daño producen a
agricultores y ganaderos".
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