viernes, 13 de marzo de 2015

La Comunidad Autónoma no podrá rechazar instalaciones nucleares en la Región

MADRID.- El Gobierno central ha modificado hoy el reglamento de instalaciones nucleares para evitar que una comunidad autónoma pueda rechazar que opere en su territorio el titular de una instalación radiactiva de segunda o tercera categoría (hospital, laboratorio...) que ya cuenta con autorización para funcionar en otra región.

Se mantiene el requisito de que el titular de la instalación comunique a la comunidad la decisión de que va a funcionar en su territorio y podrá ejercer su actividad desde el momento en que haga efectiva dicha comunicación.
Se consigue, de este modo, que las autorizaciones exigidas para realizar esta actividad tengan validez para todo el país sin condición alguna.
Con esta modificación, realizada a través de un real decreto, se eliminan trabas innecesarias y, sin afectar a la seguridad, se crea un entorno más favorable a la competencia y a la inversión que repercute también en los consumidores y usuarios, ya que tendrán un mayor acceso a productos y servicios.
Para el sector supone una mejora, ya que muchas de sus actividades consisten en labores por encargo con unas fechas de ejecución ajustadas.
Se mantiene la competencia del Ministerio de Industria, Energía y Turismo en la autorización de las instalaciones nucleares y las instalaciones radiactivas de primera categoría: centrales y reactores nucleares y fábricas e instalaciones que utilizan combustibles nucleares.

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