viernes, 27 de febrero de 2015

El Defensor Pueblo da un tirón de orejas al Estado por reglas explotación y recuperación de costes del Tajo-Segura

MADRID.- El Defensor del Pueblo recuerda a la Administración que "debe" proporcionar la información ambiental que se le pida y obre en su poder, para lo cual, no es necesario que el solicitante invoque un interés específico, ni ser interesado o denunciante. En este sentido, se refiere al derecho de participación pública en la toma de decisiones ambientales, por ejemplo con el trasvase del Tajo al Segura.

En este caso concreto, da un tirón de orejas al Estado por las reglas de determinación de excedentes, explotación y recuperación de costes del trasvase Tajo-Segura, así como de venta o cesión de derechos intercuencas entre los regantes.
La institución ha señalado que la aprobación parlamentaria de una enmienda, aunque suponga una decisión por las Cámaras como representantes del pueblo español, "no equivale a la participación directa del público, exigida por el derecho europeo y estatal sobre aguas y medio ambiente".
De este modo, precisa que cuando afecten a los recursos hídricos, los acuerdos suscritos entre las administraciones públicas "deben ser accesibles a quien los solicite".
Le recuerda que tampoco se puede incorporar automáticamente a normas con rango de Ley los contenidos pactados, excepto si existe reserva material de ley o si concurren los requisitos establecidos por el Tribunal Constitucional para promulgar leyes singulares. "La Secretaría de Estado de Medio Ambiente no ha informado acerca de los criterios ambientales que se han tenido en cuenta para la modificación de las reglas que afectan al trasvase", denuncia.

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