viernes, 23 de enero de 2015

Declaran improcedente el despido del gerente del Colegio de Enfermería

MURCIA.- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha declarado improcedente el despido del gerente del Colegio Oficial de Enfermería y ha condenado a esta organización a readmitirlo o a pagarle una indemnización de 11.812 euros.

La sentencia estima así en parte el recurso que el Colegio presentó contra la resolución de un Juzgado de lo Social que declaró nulo ese despido y que lo condenó "a readmitir de inmediato al trabajador".

El TSJ indica que el cese de este empleado, que también ejerció labor de asesoría jurídica, se produjo en unos momentos de tensión en la cumbre dirigente de esta organización colegial por supuestas irregularidades en la gestión de la entidad.

Dice el tribunal que "no se aprecia en el conjunto de eventos acaecidos una conducta que, por su carácter ilegítimo o ilegal o abusiva, se pueda considerar constitutiva de mobbing, con violación de derechos fundamentales, dado que, en la realidad, existen entornos laborales más proclives a la tensión, a la crítica y a la rendición de cuentas".

Comenta también la sentencia que "el hecho de que entre las partes pueda mediar una pérdida de confianza, salvo que la misma sea consecuencia probada de una falta laboral suficientemente grave, no puede justificar el despido y, como no se acredita la causa económica, el mismo debe ser declarado improcedente".

Finalmente, la sentencia absuelve al Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería, que también había sido demandado en este pleito.

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