martes, 11 de noviembre de 2014

El declive del urbanismo / Carlos F. Iracheta *

Todo empezó con la Ley del Suelo de 2001, J.M. Aznar había promulgado la Ley del Suelo Estatal en 1998, la del “todo urbanizable” y nuestra Comunidad Autónoma no solo se dispuso a coger el toro por los cuernos sino todo el toro también y si la Ley de Aznar te daba una taza, aquí dos tazas.

Nuestra Ley, vulneraba entre otros muchos, uno de los principios fundamentales del urbanismo, el de la utilización racional de los recursos, el de la racionalidad urbanística que más o menos significaba que los planes urbanísticos debían responder a principios de sostenibilidad económica, social y medioambiental fundamentalmente. 

Se elaboraron y aprobaron planes de ordenación disparatados, en municipios que no disponían de los medios económicos necesarios para llevarlos a cabo ni de las correspondientes infraestructuras, ignorando en los más de los casos los informes de la CHS que hacían mención a la falta de recursos hídricos. Informes que eran suplidos por el del Consejero de Agricultura que garantizaba el suministro del agua necesaria con cargo a “su” planta desalinizadora de Escombreras.

Tampoco existía demanda social, de necesidades de crecimiento de población o de nuevas actividades que justificaran las ingentes cantidades de suelo que se reclasificaba. Se trataba exclusivamente de amparar y favorecer la especulación y a los especuladores, y todo a costa de la destrucción del medio natural y agropecuario ya fuera de secano, nuevos regadíos o regadíos tradicionales, todo era susceptible de ser reclasificado, hasta las tierras del trasvase Tajo-Segura que estaban declaradas de interés nacional y en las que la comunidad murciana se apoya para reivindicar más trasvase.

Si con lo dicho no era suficiente, la Ley se encargó de rizar aun más el rizo, con lo de los sistemas generales (SSGG) dándole aprovechamiento urbanístico a lo que ninguna legislación urbanística hasta entonces había considerado, con la limitación del 25% del suelo al que se adscribían.

Esta anomalía o peculiaridad de nuestra Ley no era por si misma suficiente para incrementar los aprovechamientos urbanísticos y la plusvalía del suelo, había que ir a mas y  para ello y para otros fines similares, se modifica la Ley en 2004 de forma que se suprima la limitación del 25% de SSGG y además para que los espacios naturales especialmente protegidos puedan considerarse SSGG y generar aprovechamiento urbanístico.

Esta modificación de la Ley, se hace fundamentalmente, para dar cobertura legal a los presuntos desmanes urbanísticos que se estaban dando en el Ayuntamiento de Murcia cuyo PGOU era anterior a la Ley de 2001 y por tanto no se adaptaba a la misma. Los desmanes presuntos son causa de la conocida Operación Umbra que se investiga en medios judiciales.

Es significativo señalar que la modificación de la Ley de 2004, fue tramitada por el Grupo Parlamentario Popular y no por el Gobierno Regional con el único y espurio fin de evitar el dictamen del Consejo Jurídico, que a buen seguro habría tumbado la Ley.

Pero si el declive había comenzado con la Ley del 2001 y se acentúa con la de 2004, con la Sentencia del TSJ de 2011 por la que se anulan las disposiciones de la Ley que dan aprovechamiento urbanístico a los espacios naturales protegidos y la Sentencia del Constitucional que anula la D.A Octava de la Ley de 2001 relativa a los límites de los espacios naturales entre los que se encontraba el asunto de Marina de Cope, el declive entra en caída libre.

Gran parte de los planes de ordenación urbanística que se habían aprobado durante la última década “gloriosa” del urbanismo regional, al amparo de disposiciones legales nulas de pleno derecho, quedaban de facto, fuera de juego y deberían de haber sido revisados o anulados, pero nada de eso se ha hecho. A las autoridades responsables les importa un bledo esta nueva situación y no actúan en consecuencia y conforme a derecho, lo contrario hubiera sido reconocer los errores, irregularidades e ilegalidades cometidas y en su defecto inician una nueva huida hacia delante promoviendo una nueva modificación de la Ley del Suelo.

Modificación que enmascarada en supuestos criterios de sostenibilidad, solo pretende ajustar de nuevo la Ley a los desmanes cometidos y no de establecer bases para ajustar los planes a la nueva realidad legal, como es costumbre en esta Región.

El PGMO de Puerto Lumbreras, fue anulado por los tribunales de justicia, por no tomar en consideración el informe de la CHS relativo a la falta de garantías de los recursos hídricos necesarios para los desarrollos urbanísticos previstos. Este mismo camino pueden seguir gran parte de los planes de ordenación que se encuentran en circunstancias similares, pero parece que eso no preocupa a los responsables, hasta que no fallen los tribunales de justicia se mantendrán en sus trece.

(*) Arquitecto

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