domingo, 29 de junio de 2014

El TSJ poya al Ayuntamiento de Fortuna en el pleito por explotación de un pozo de agua medicinal

MURCIA.- La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha dado la razón al ayuntamiento de Fortuna en el pleito planteado por la empresa N., S.L., que le reclamó una indemnización de 566.000 euros al hacerlo responsable de que no pudiera explotar un pozo de aguas minero medicinales que había aflorado.

En su recurso ante el TSJRM la empresa alegó que el consistorio no había actuado de buena fe, consiguiendo, con su actuación, que los tribunales respaldaran su demanda y que, en consecuencia, aquella no pudiera obtener rentabilidad de las aguas del pozo, pese a que los gastos para el afloramiento habían corrido de su cuenta.
El TSJRM, al desestimar el recurso, señala que la Dirección General de Industria, Energía y Minas dictó una resolución en septiembre de 2005 a favor del ayuntamiento, clasificando el agua del pozo como minero medicinal.
Y añade que cuando N., S.L. formuló el recurso para que se declarara la responsabilidad patrimonial del ayuntamiento y se le condenara al pago de la indemnización reclamada, el plazo del que disponía para ello ya había pasado, por lo que su derecho estaba prescrito.

Farmacéutico multado

La consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha impuesto dos multas de 30.000 euros cada una, por sendas infracciones graves, y otra de 90.000, por una infracción muy grave a un farmacéutico sustituto en una oficina ubicada en un lugar de la costa murciana.
La resolución señala que la Consejería ha tenido que acudir a la vía de edictos al no haber podido notificar personalmente el acuerdo al sancionado, C.S.M.L.
El acuerdo, que no especifica las infracciones que ahora se sancionan, solo su calificación, añade que el afectado dispone de un mes de plazo para formular el oportuno recurso de reposición.

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