MURCIA.- Los arquitectos, el aparejador y la empresa José López
Rejas deberán indemnizar con 126.672 euros a una comunidad de vecinos
por los defectos observados en la construcción de un edificio, según lo dispone una
sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de
Murcia.
La resolución estima en parte el recurso presentado por el aparejador y reduce a
esa cantidad la que inicialmente fijó un Juzgado de Primera Instancia de
Murcia, que la concretó en casi 135.000 euros.
Añade
el tribunal que el juez de Primera Instancia aceptó en parte las
pretensiones planteadas por la comunidad de propietarios, al considerar
que algunos de los defectos recogidos en la demandas no eran imputables a
los demandados.
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