lunes, 21 de octubre de 2013

El juez imputa al presidente de 'Hansa Urbana', Rafael Galea, en el sumario de 'Novo Carthago'

MURCIA.- El TSJ de Murcia, que instruye el presunto caso de corrupción urbanística conocido por 'Novo Carthago', ha reclamado al Gobierno regional que le informe sobre su declaración de Lugar de Interés Comunitario del terreno afectados por el proyecto y ha imputado al presidente de la promotora -Hansa Urbana-, Rafael Galea (en la imagen).

La resolución del magistrado instructor ha imputado también al exdirector general de Infraestructuras Turísticas y exsubdirector general de la Vivienda del Ejecutivo murciano José María Ródenas y a la exsecretaria general de la entonces consejería de Medio Ambiente de esta Comunidad, María Reyes Sánchez, que deberán declarar a mediados de noviembre.
Por el contrario, ha retirado la imputación que pesaba sobre el diputado socialista de las Cortes Valencianas Ángel Luna, porque al estar aforado, el tribunal competente para encausarlo sería el TSJCV.
Eso, señala el instructor, solo ocurriría si las investigaciones arrojaran algún indicio contra él, en cuyo caso habría de enviarse una exposición motivada a dicho tribunal.
Por otro lado, el instructor ha reclamado al Banco Sabadell-CAM que le informe sobre la actividad que esta entidad desplegó como empresa financiadora del proyecto urbanístico, que se proponía construir varios miles de viviendas, hoteles y un campo de golf junto al mar Menor y que afectaba a un espacio protegido.
Igualmente, se ha dirigido a la empresa Hansa Urbana para que le remita todo documento relacionado con el proyecto Novo Carthago, quién fue quien lo inició y qué préstamos se pidieron a la entonces Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM).
También le dice que deberá informar al instructor sobre las garantías o avales que les fueron pedidos y quiénes votaron a favor o en contra de solicitar los préstamos y de qué cuantía eran estos, para lo que la promotora dispone de un plazo de diez días.
El hoy Banco Sabadell-CAM tendrá que aportar además toda la documentación de que disponga sobre los préstamos y créditos concedidos a Hansa Urbana entre 2001 y 2006 para la compra de terrenos de Novo Carthago, "así como los informes de riesgo emitidos para su concesión y las actas del consejo de administración en el que fueron aprobados".
La información deberá recoger también el nombre de los consejeros que votaron a favor, el de los que votaron en contra e incluso el de los ausentes, "y, si consta, la causa de su ausencia".
El magistrado se ha dirigido al Ayuntamiento de Cartagena para que le remita copia del proyecto de reparcelación de la zona afectada y de las incidencias surgidas durante su tramitación.

Murcia, la tercera autonomía que más recurre a los tribunales

MURCIA.- La Región de Murcia es la tercera comunidad autónoma con la tasa de litigiosidad más alta, con 50'9 asuntos ingresados en los juzgados por cada mil habitantes en el segundo trimestre del año.

Según los datos difundidos hoy por el Consejo General del Poder Judicial, la tasa media de litigiosidad en España fue de 47,9 asuntos por cada mil habitantes entre abril y junio.

Un auto del TSJ sólo permite ahora a la Comunidad Autónoma el control y vigilancia del aeródromo de Corvera


MURCIA.- La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJRM) ha dictado hoy un auto en el que estima improcedente la entrega inmediata de las instalaciones del aeropuerto de Corvera "sin perjuicio de que por la Administración se lleven a cabo las actuaciones que estime pertinentes para la adjudicación del contrato para la explotación de dicho aeropuerto".

Pero permite a la Administración regional "llevar a cabo el inventario de las instalaciones del Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia, así como el control y vigilancia periódica de su estado, y ordena a la concesionaria a mantenerlas en el debido estado de conservación, debiendo programarse y planificarse dichas actuaciones de común acuerdo entre ambas partes y con intervención, asimismo, del personal técnico designado por la recurrente".
   Asimismo, el Auto faculta a la Administración para "llevar a cabo las actuaciones pertinentes para la adjudicación de un nuevo contrato para la explotación del Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia".
   El Auto responde a la medida cautelar solicitada por la sociedad concesionaria contra la Orden de 16 de septiembre de 2013 de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, por la que "se resuelve el contrato de concesión para la construcción y explotación del Aeropuerto Internacional de la Región".
   En concreto, el Auto "suspende la ejecución de la Orden impugnada, en cuanto a que no procede la entrega inmediata de las instalaciones, motivo por el que la Dirección de los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma está estudiando la posibilidad de recurrirlo".

Lo que dice 'Aeromur'

Aeromur había presentado un recurso contencioso administrativo contra la orden de rescisión del contrato del pasado 16 de septiembre, y en el presente auto se indica que la concesionaria sospecha que la Comunidad Autónoma tiene "un plan preconcebido para llevar a cabo la modificación de la estructura inicialmente implantada para la construcción y explotación del aeropuerto, a través de la sustitución del explotador".
Añade Aeromur que en la ejecución del citado plan "se habrían precipitado en el inicio del expediente de resolución, en su tramitación y en la ejecución de la Orden recurrida, y ello le ha llevado a omitir trámites esenciales del procedimiento con vulneración del derecho de defensa de la concesionaria".
El calendario para la construcción y puesta en funcionamiento del aeropuerto aportado por la concesionaria en su oferta contemplaba 21 meses de período de construcción y tres meses para la fase de pruebas, y a la conclusión de las mismas la puesta en marcha de las instalaciones.
"Habida cuenta que el Acta de Comprobación del Replanteo fue levantada el día 24 de julio de 2008, inicialmente el plazo de ejecución finalizaba el 24 de julio de 2010. Pero dado que la Administración aprobó el día 24 de junio de 2010, a petición de la concesionaria, un nuevo calendario de las obras, el plazo para su finalización quedó fijado para el día 28 de enero de 2012", añade el auto.
El Acta de Comprobación de las obras fue levantada con fecha 28 de abril de 2012 y a la vista de la misma, la Dirección de Explotación requirió a la concesionaria en dos ocasiones, añade.
Además indica que "para que a no más tardar el día 28 de julio de 2012 el aeropuerto estuviera abierto al tráfico civil y en explotación".

La Comunidad Autónoma podrá sacar la adjudicación del concurso del aeropuerto pero no le será entregado por la concesionaria

MURCIA.- Aeromur, la concesionaria del aeropuerto de Corvera liderada por Sacyr, no hará entrega, de forma inmediata, al Gobierno regional de las instalaciones de dicha infraestructura, aunque la Comunidad podrá llevar a cabo las actuaciones que estime pertinentes para la adjudicación del contrato para su explotación.


Así consta en el auto dictado por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia en el procedimiento abierto de la concesionaria contra la orden de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio para rescindir el contrato.

No obstante, advierte la Sala que la medida cautelar se condiciona a que por parte de la concesionaria se mantengan las instalaciones del aeropuerto existentes "en debido estado de conservación y mantenimiento, a cuyo efecto se otorga facultad a la Comunidad para llevar a cabo su inventario a través del personal técnico que designe así como el control y vigilancia periódica del estado de las instalaciones".

Advierte que las actuaciones se deberán programar y planificar "de común acuerdo entre ambas partes y con intervención, asimismo, del personal técnico designado por la recurrente".

En los fundamentos de derecho, la concesionaria acusa a la Comunidad de "tener un plan preconcebido para llevar a cabo la modificación de la estructura inicialmente implantada para la construcción y explotación del aeropuerto, a través de la sustitución del explotador".

Expone en sus argumentos que "en ejecución de ese plan se ha precipitado en el inicio del expediente de resolución, en su tramitación y en la ejecución de la orden recurrida".

Añade que "presumiblemente el nuevo concurso el nuevo concurso" puede quedar "desierto, dada la inviabilidad del proyecto, salvo que se introduzcan modificaciones contractuales, es decir, condiciones distintas a las que se contienen en el contrato de concesión ahora resuelto; evidenciándose el objetivo de adjudicar directamente el contrato a Aena".

Por ello, la concesionaria considera que "no existe interés público que justifique la inmediata ejecución de la orden impugnada, sino todo lo contrario, ya que la suspensión cautelar mantendría el 'status quo' existente en la actualidad hasta que el tribunal enjuicie la legalidad del acto recurrido".

En los argumentos expuestos por la Comunidad, el letrado se defiende de las acusaciones de la concesionaria que esgrime el plan preconcebido argumentando que "ha sido su actitud, representada en su reclamación de recibir nuevas ayudas financieras de la Comunidad en contradicción con su propia oferta así como lo estipulado en el contrato, y su reiterado incumplimiento de las obligaciones contractuales ante el rechazo de dicha petición lo que ha llevado a la Administración a adoptar la única medida posible para conseguir el objetivo final de puesta en servicio del aeropuerto, es decir, la resolución".

A juicio de la Administración, "la tramitación del procedimiento para la resolución ha sido correcta y no puede alegarse válidamente indefensión cuando se han podido formular alegaciones".

La Sala no ignora "la difícil y peculiar situación que se ha producido en la Región en relación con este aeropuerto, proyectado y ejecutado, pero que no ha entrado en funcionamiento por causas que ahora no procede a analizar".

En opinión de la Sala, "el interés general no demanda que el Gobierno regional asuma el mantenimiento de unas instalaciones de esa envergadura, pero sí existe un interés general en que el aeropuerto se ponga en funcionamiento y se abra al tráfico aéreo".

Se apoya en distintos autos que vienen a corroborar la trascendencia que tiene la puesta en marcha de un aeropuerto para Murcia, teniendo en cuenta que carece de un aeropuerto internacional.

Por contra, el interés general en la puesta en marcha del aeropuerto "no determina la improcedencia de la suspensión de la ejecución del acto impugnado, es decir, de los efectos de la resolución, ya que esta medida no produce una perturbación grave de ese interés general".

Esta medida cautelar se adopta teniendo en cuenta la "extraordinaria complejidad de la situación creada con el desarrollo de la concesión, la grave repercusión que en la Región ha tenido la falta de puesta en marcha del aeropuerto y ahora la ejecución del aval prestado por la Comunidad, los diferentes intereses en juego y la pendencia de distintos procesos relacionados o no entre sí pero relativos al aeropuerto".

El 8 de junio de 2006 la Comunidad convocó el procedimiento para la contratación de la concesión administrativa para la construcción y explotación del aeropuerto por procedimiento abierto, tras ser autorizada su construcción sobre terrenos de titularidad no estatal, declarando de interés general esta infraestructura.

El contrato se adjudicó el 23 de abril de 2007 por orden del entonces consejero de Obras Públicas, previa autorización concedida pro acuerdo del Consejo de Gobierno en mayo de 2006, siendo el concesionaria Aeromur.

El 3 de junio de 2008 se autorizó el proyecto constructivo y el calendario para su puesta en marcha aportado por la concesionaria en su oferta contemplaba 21 meses de periodo de construcción y tres para la fase de pruebas.

De ahí que inicialmente el plazo de ejecución finalizaba el 24 de julio de 2010, pero dado que la Administración aprobó el 24 de junio de 2010, a petición de la concesionaria, un nuevo calendario de las obras, el plazo para su finalización quedaba fijado el 28 de enero de 2012.

Asimismo, el 28 de enero de 2010 se celebró contrato de préstamo por 200 millones de euros a la concesionaria previa decisión de la Comisión Europea. Por orden de la Consejería de 20 de mayo de 2014, se inició el procedimiento para la resolución del contrato de concesión por considerar la Administración que se habían producido determinados incumplimientos por la concesionaria.

La jueza exculpa provisionalmente al empresario Evedasto Lifante por el crimen de los holandeses

MURCIA.- La titular del Juzgado de Instrucción nº 5 de Molina de Segura, Olga Reverte Villar, ha decidido exculpar provisionalmente al ex presidente del Club Voleibol de Murcia 2005 Evedasto Lifante por el crimen de los holandeses pero mantiene la imputación a María Rosa Vázquez, que alquiló la casa rural en la que fue asesinada la pareja y condujo hasta allí a las víctimas y a los presuntos autores.

   La jueza, por auto de 16 de octubre, acuerda la continuación del procedimiento para juicio ante el Tribunal de Jurado, por un presunto delito de doble asesinato respecto de Juan Cuenca Lorente, Constantín Stan, Valentin Ion, y Maria Rosa Vázquez Marín. Y para Serafín de Alba y Luis por un posible delito de encubrimiento, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia en un comunicado.
   Una vez firmada la resolución, "se tendrá por apartado del procedimiento a Lifante", añade el auto, que especifica que la resolución "no es firme y cabe recurso de apelación".  
   En concreto, la jueza ha exculpado provisionalmente a Lifante por no encontrar indicios de delito y, aunque Vázquez sigue imputada como cooperadora necesaria, le ha retirado todas las medidas cautelares que tenía impuestas hasta ahora, es decir, ya no tendrá que presentarse dos días al mes en el juzgado de guardia y le han devuelto el pasaporte.
   Fidel Pérez Abad, abogado de Evedasto Lifante, ha celebrado la noticia, pues "era lo que estábamos esperando", ha afirmado, "de hecho el Ministerio Fiscal pidió el sobresimiento parcial a favor de mi cliente y es lo que veníamos manteniendo desde el inicio".
   Es decir, ha señalado, que Lifante "no tiene nada que ver con los hechos, además él se apuntaba como una posible víctima más y en ese sentido va la investigación".
   Fue el pasado 11 de octubre cuando el Ministerio Fiscal pidió el sobreseimiento de los cargos que se le imputan tanto al empresario Evedasto Lifante, propietario del Club de Voleibol, que fue acusado por Cuenca como posible implicado en el crimen; y a María Rosa Vázquez.
   Tras ser citados los seis imputados en esta causa en el Juzgado de Instrucción nº 5 de Molina de Segura para una audiencia, el fiscal pidió que se archiven estos cargos, mientras que la acusación particular mantenía su imputación para estas dos personas.
   En esta vista, la juez volvió a dar la oportunidad tanto a Juan Cuenca, ex gerente del Club Voleibol Murcia en el que jugó la asesinada; como a los dos ciudadanos de nacionalidad rumana, Ion Valentín y Constantin Stan, considerados autores materiales del asesinato, de que hablaran y ejercieran su derecho a la última palabra, declinando finalmente dicha petición.
   En concreto, se mantienen las imputaciones a Cuenca y los dos rumanos por los dos delitos de asesinato, mientras que a Serafín de Alba, el dueño de la finca murciana en la que fueron enterrados los cadáveres, lo acusa de encubrimiento.
El ministerio fiscal no recurrirá el mantenimiento de la imputación que pesa sobre Rosa Vázquez.
La fiscalía había solicitado que se retirara la imputación contra ella y también contra el empresario Evedasto Lifante, pero el juzgado de Molina de Segura que investiga los hechos sólo ha estimado la petición referida al expropietario del club Atlético Voleibol Murcia 2005, donde jugaba Visser.
Sobre Lifante se considera que no hay indicios contra él sobre los que basar el mantenimiento de la imputación, ya que otro imputado, Juan Cuenca, exgerente de ese club, lo señaló como la persona que promovió la reunión en la vivienda donde fueron cometidos los asesinatos, pero al negarse a declarar no ha mantenido esa afirmación en sede judicial.
Por el contrario, el juzgado sostiene que la causa cuenta con indicios superiores a la sospecha que aconsejan mantener la imputación contra Vázquez.
El auto judicial mantiene asimismo encausados a los considerados autores materiales del doble crimen, Constantin Stan y Valentin Ion, de nacionalidad rumana, así como la de Serafín de Alba, dueño de los terrenos donde fueron inhumados los cadáveres.

El Ayuntamiento de Cartagena pide que se suspenda el cierre de Urgencias del Rosell


CARTAGENA.- El Ayuntamiento de Cartagena ha aprobado esta mañana una declaración unánime de los grupos municipales, PP, PSOE, IU-Verdes y Movimiento Ciudadano, instando al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma para que suspenda la decisión de cerrar la puerta de Urgencias y de cualquier otro servicio del Hospital Santa María del Rosell.

   El acuerdo también pide que se realice a la mayor brevedad posible el nombramiento del Gerente del Área de Salud II y que se convoque una mesa en la que la Consejería de Sanidad exponga y comparta sus planes con los profesionales y usuarios de la Sanidad de Cartagena.
   La alcaldesa de Cartagena, Pilar Barreiro, ha manifestado su satisfacción por este acuerdo de los cuatro grupos municipales" en el que se han dejado a un lado las cuestiones políticas y se ha actuado en interés de los ciudadanos".
   El acuerdo se ha alcanzado después de más de dos horas y media de un pleno monográfico que había sido convocado a instancias los grupos municipales de la oposición para debatir sobre la situación de la sanidad en Cartagena, según fuentes municipales.
   La sesión daba comienzo con la intervención extraordinaria de un miembro de la plataforma en Defensa de la Sanidad Pública de Cartagena, Josefa Marín Diaz, quien ha destacado los sucesivos incumplimientos de los acuerdos acerca de las infraestructuras sanitarias de Cartagena y las perspectivas de cierre del Hospital del Rosell.
   En similares términos se han manifestado los representantes de los tres grupos políticos de la oposición, Caridad Rives, María Rosa Mateo y José López, que han hablado de trato discriminatorio de las autoridades regionales hacia el área de salud 2 y han acusado al Equipo de Gobierno de impasividad ante el cierre paulatino del Rosell.
   Por su parte el concejal de Sanidad del Equipo de Gobierno, Nicolás Ángel Bernal, ha subrayado el avance de las infraestructuras sanitarias del municipio en los últimos 20 años y ha negado que haya intención de cerrar el Hospital del Rosell.
   Bernal ha terminado su intervención proponiendo la aprobación del texto de la citada declaración institucional, que tras un receso de unos minutos, han ratificado todos los grupos por unanimidad.
   Durante la sesión se han vivido algunos momentos de tensión por parte de los asistentes, que aplaudían o reprobaban las intervenciones de los concejales. En este sentido, según las mismas fuentes, la alcaldesa se ha visto en la necesidad de expulsar a una mujer del salón de plenos, que ha interrumpido la intervención del concejal de Sanidad.

Huermur vuelve ahora a la carga contra la modificación del Plan de Infraestructuras Hidraúlicas de la zona norte de Murcia

MURCIA.- La Asociación para la Conservación de la Huerta de Murcia Huermur ha presentado una alegación basada en 11 argumentos a la modificación del Plan Especial de Infraestructuras Hidraúlicas (PEIH) de la Zona Norte de Murcia que la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Murcia aprobó inicialmente el pasado 31 de julio, en pleno verano.

Dicho Plan Especial, aprobado en 2004 por el Ayuntamiento de Murcia, regulaba el “desarrollo de las infraestructuras de abastecimiento y saneamiento necesarias para hacer sostenible el PGOU” según se especifica en la introducción de la propuesta de modificación. En el mismo se especificaba la planificación y construcción de los Colectores Pluviales Oeste, otros colectores para saneamiento y el tanque de tormentas de Zarandona. El coste de todas estas obras se dividiría entre las distintas promociones urbanísticas y urbanizaciones a construir en la zona norte de Murcia, habiéndose girado hasta ahora cuotas de más de 43 millones de euros, de los que casi nueve millones de euros siguen sin cobrarse.
Una de las alegaciones gira sobre la propia ejecución de las obras y su financiación. Se dice que se han ejecutado obras por valor de casi 33 millones de euros, de las que se debe a sus contratistas casi 17 millones de euros. Quedarían por ejecutar obras por otros dos millones de euros de la primera fase, más el tanque de tormentas de Zarandona, que rondarían los nueve millones de euros. Es decir, el Ayuntamiento tendría que hacer frente a un pago por 26 millones de euros para finalizar la infraestructura mínima que evite inundaciones graves.
Pero por otro lado, los mismos documentos dicen que con los nueve millones de euros pendientes de cobro se podrían llevar a cabo todas esas obras pendientes y el pago de la deuda a contratistas. Algo matemáticamente imposible y por lo que el Ayuntamiento ya debería paralizar este documento, al resultar incoherente y contradictorio.
Igualmente, no se aclara como es posible que el Ayuntamiento deba a los contratistas casi 17 millones de euros por las obras ejecutadas. Se hace absolutamente necesario que se aclare en que se ha gastado el dinero ingresado por estas obras para que se mantenga una deuda equivalente a 3.000 millones de las antiguas pesetas de unas obras para las que se ha cobrado más de lo que han costado.
Otra de las cuestiones planteadas en la alegación trata sobre el riesgo de seguir sufriendo continuas inundaciones en el municipio de Murcia al no haberse construido el tanque de tormentas previsto en Zarandona, y que almacenaría los caudales recogidos por los colectores que, en parte, sí se han construido. El propio documento municipal reconoce que “al no estar ejecutada la salida del sistema”, que es el citado tanque, las obras han acabado “pudiendo evacuar tan solo una pequeña parte de la masa de agua”. Con ello, a pesar de haberse realizado una inversión económica de gran envergadura, si no se ejecuta el fundamental tanque de tormentas que recoja el agua que circula por los colectores, y con la impermeabilización sufrida por el suelo al asfaltarse o enlosarse grandes superficies, se agravarán los efectos de las fuertes lluvias que periódicamente se sufren, algo que se indica en el propio Plan.
Es por ello que desde Huermur se considera de imperiosa necesidad cumplir lo estipulado en el PEIHM sin necesidad de modificación, ya que además se han cobrado las cantidades necesarias para ello y se han desarrollado diversos planes urbanísticos que necesitan de la adecuada evacuación de aguas pluviales. La alegación también resalta que el PEIH reconocía su necesidad, entre otras cosas, por “las actuaciones de entubamiento de los cauces de las grandes acequias”. Cauces que, en vez de restaurarse y conservarse, se han seguido entubando. No se entiende que el Ayuntamiento quiera paralizar el Plan de Infraestructuras pero a la vez siga permitiendo que se destruya y soterre el antiguo sistema de drenaje que durante siglos ha conducido el agua de lluvia a través de las acequias y azarbes.
En otros puntos de la alegación de esta asociación, se argumenta la necesidad de que la obligación del pago adelantado de la parte proporcional que corresponde a cada promotor urbanístico antes de urbanizar su zona se mantenga para todos los casos. Con ello, lo que el Ayuntamiento debe hacer es girarle las cuotas a todos los sectores que tengan aprobado el Proyecto de Urbanización, y en el que caso de que no paguen la parte que les corresponde de las infraestructuras hidráulicas, ejecute los avales presentados por los mismos, para que así que todos los constructores implicados se hicieran cargo de sus obligaciones.
Se resalta en otro de los puntos que se debería explicar por qué la modificación del Plan propone excluir a determinados sectores del pago que inicialmente deberían realizar según lo estipulado en el año 2004. Lo que no se explica en la documentación municipal es la razón para que algunos “afortunados” no tengan que hacerse cargo de unas obras que benefician a sus urbanizaciones.
Tras esto, otra cuestión destacada es el listado de los sectores urbanísticos que no han abonado los giros de las cuotas emitidas y que, por tanto, se están beneficiando de unos servicios que no han pagado. Ello, a pesar de que algunos de estos sectores se han construido, vendido y hay ciudadanos habitando sus construcciones. Es el caso del sector ZA-Ed3, correspondiente a la Unidad de Actuación primera de la urbanización Joven Futura, en Espinardo.
Es decir, la urbanización gestionada por la empresa de la fue fundador el exconcejal de Urbanismo Sr. Berberena, con un 33% de participaciones (que no se sabe a quién vendió), llamada Novel Stamp, debe a todos los murcianos 3.243.854,33 euros. ¿Por qué si esta urbanización es solvente y se llevó a cabo, no se le ha exigido el pago de su parte de las infraestructuras hidráulicas, al igual que cada murciano tiene que hacer con cada impuesto o pago que le corresponde?
En resumen, y con todo lo alegado, desde Huermur se mantiene que el Ayuntamiento y Emuasa ejecuten de forma inmediata las obras necesarias para evitar el grave riesgo que se pudiera sufrir en la ciudad de Murcia en caso de lluvias torrenciales.