MURCIA.- Las intervenciones telefónicas ordenadas sobre varios de
los imputados en el caso Umbra, que investiga la presunta corrupción
urbanística en la expansión norte de la ciudad de Murcia, estaban
justificadas y no se prolongaron por más tiempo del necesario.
Así
se recoge en un auto del juez instructor, el magistrado David
Castillejos, que desestima los dos recursos presentados por uno de esos
imputados, Higinio Pérez Mateos, quien reclamó la declaración de nulidad
de esas escuchas y de la transcripción de las mismas.
Castillejos,
en una resolución, señala que la
intervención telefónica sobre Pérez Mateos fue ordenada como presunto
participante en los hechos que se investigan, y no en su condición de
abogado, por lo que no se vulneraron sus derechos.
Y
añade que esa intervención estuvo, en todo momento, bajo el control del
magistrado, que en cuanto iba teniendo noticia de que algunas líneas
telefónicas "no eran idóneas, se dejaba de actuar sobre ellas,
manteniendo solo las que sí lo eran".
El auto indica
que la acusación de "descontrol" hecha por el recurrente "es
insostenible y debe ser rechazada, al igual que aquello otro de que se
investigaban hechos consumados".
Sobre este último
extremo, Castillejos comenta que "puede compartirse que la medida era
lejana en el tiempo, pero valórese que no es hasta dos años después de
los convenios urbanísticos cuando el denunciante acude a la Fiscalía".
"Y
no es hasta finales del año 2008 -añade- cuando el fiscal acude al
Decanato de los Juzgados de Instrucción, que no a este Juzgado, que
recibió el asunto por reparto aleatorio".
Señala en
otro momento que tras una investigación previa y de recabarse informes
del ministerio fiscal, "finalmente, en octubre de 2009, se inician las
escuchas; cierto es, cuatro años despues de los convenios".
No hay comentarios:
Publicar un comentario