martes, 12 de noviembre de 2013

El TSJRM cita a Peñalver para que ratifique su querella contra el juez y fiscal del caso 'Umbra'

MURCIA.- El Tribunal Superior de Justicia (TSJRM) de la Región de Murcia ha citado para la próxima semana al ex jefe de Planeamiento del Consistorio, Joaquín Peñalver, imputado en la operación 'Umbra' de presunta corrupción urbanística en el municipio de Murcia, para que ratifique la denuncia que presentó el pasado viernes contra el juez instructor del caso, David Castillejos, y el fiscal Anticorrupción, Juan Pablo Lozano.

   En concreto, el TSJ, a través de una diligencia de ordenación de la secretaria judicial, ha pedido la ratificación de la querella, para lo que lo cita el miércoles, día 20.
Este requerimiento, han indicado hoy fuentes judiciales, es el paso previo que tiene que darse en la tramitación del asunto antes de solicitar informe al Fiscal Superior del TSJ sobre el contenido de la querella y de decidir si se admite a trámite o no.
La querella, presentada en nombre de Peñalver por el abogado José Muñoz Clares, recoge una decena de hechos que según el querellante supondrían otras tantas violaciones del Código Penal.
   El titular del Juzgado de Instrucción nº 8 de Murcia, David Castillejos, dictaba este lunes una providencia en virtud de la cual se suspendían las diligencias previstas para ese mismo día al objeto de conocer el estado en el que se encuentra dicha querella criminal.
   La querella, que ha presentado el letrado José Muñoz Clares en representación de Peñalver, entraba este lunes a la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia.
   La decisión de suspensión de diligencias del magistrado viene motivada para estudiar la situación en la que se encuentra esta querella por si pudiera estar incurso en alguna causa de abstención. De esta forma, el TSJ deberá ahora dirigirse al fiscal superior de la Comunidad, Manuel López Bernal, para que decida si se abstiene o no de informar de una querella que va contra uno de sus subordinados.
   En el supuesto de que López Bernal se abstenga de informar de la misma, se tendrá que nombrar a un fiscal jefe de otro tribunal superior de justicia al objeto de que informe si se debe o no admitir a trámite. El TSJ de Murcia dictará entonces una resolución sobre si admite o no la querella.
El fiscal Juan Pablo Lozano y el juez David Castillejos se dedican desde 2008 a la instrucción del 'caso Umbra, en el que se investigan un cúmulo de irregularidades cometidas presuntamente en torno a seis convenios urbanísticos de la zona. Entre ellos se encuentra el convenio Nueva Condomina, firmado con el presidente del Real Murcia, el empresario Jesús Samper, y otros cinco. En algunos casos, se investiga si se llegó a aumentar la edificabilidad por encima de la legalidad establecida.
David Castillejos es titular del juzgado de Instrucción nº 8 de Murcia que, además del 'caso Umbra'-la mayor trama de presunta corrupción que se investiga a día de hoy en la Región- instruye un supuesto fraude fiscal cometido por el empresario Trinitario Casanova. El fiscal Lozano se encarga, por su parte, de otros casos conocidos, como 'Líber' o 'Biblioteca'.
   En concreto, el querellante critica en este caso la "nula instrucción" a cargo del fiscal Anticorrupción y el juez instructor del caso y como ejemplo de ello plantea un paralelismo entre las imputaciones de hechos contenidas en esta querella y las que sostiene la fiscalía de Madrid en la causa contra el juez Elpidio José Silva. El motivo de este paralelismo es para "forzar" al TSJ de Murcia a que "entre a deliberar en este asunto".
   Según la querella, "la instrucción del atentado de Madrid del 11M de 2004, sus modos arbitrarios alejados en ocasiones de la más elemental legalidad, ajenos a la igualdad de partes y amparados básicamente en el secreto de las actuaciones mantenido contra toda racionalidad, se han reproducido en la instrucción de la operación Umbra".
   Entre los motivos que justifican esta querella, critica que el secreto de sumario se haya prorrogado cinco años "al margen de toda racionalidad y contra los intereses del querellante".
   Y es que, expone, "fueron voluntariamente ocultados a las partes para entorpecer aún más su defensa, como ocurrió, por otra parte, con determinadas fotografías incautadas junto con el ordenador de uno de los imputados, que fueron ocultadas para filtrarlas a la prensa en un momento, entre junio y julio de 2013, en que el caso Umbra se había ido desmontando y amenazaba ruina. Esa ocultación hubiera sido imposible si el secreto se hubiera alzado a su debido tiempo o, mejor, no se hubiera".
   Entiende el letrado que todo ello obedece a "un plan trazado desde la opacidad del secreto con la finalidad de eliminar la defensa que pudiera provenir de los imputados, a los que hasta el momento de levantar el secreto se oculta documentación destinada a reforzar el peso de las imputaciones, documentación que de haber sido incorporada a tiempo habría sido conocida al levantarse parcialmente el secreto en diversas ocasiones".
   Del mismo modo, el querellante entiende que "se han acreditado violaciones conscientes y sistemáticas de la práctica procesal legalmente establecida, tanto en lo relativo a la declaración de secreto como en lo referente a sus sucesivas prórrogas, así como la existencia de documentos que, al amparo del secreto, se mantenían como durmientes y han ido apareciendo misteriosamente una vez que el forzado alzamiento del secreto ha impedido a los querellados seguir actuando a su antojo en una instrucción dirigida conscientemente a producir la más radical indefensión de los imputados".
   "La instrucción se ha apartado clamorosamente de las reglas de procedimiento en actitud sostenida y voluntarista dirigida directamente a impedir el ejercicio de la defensa por parte del querellante Peñalver", indica.
   Interesa la parte querellante que "mientras dure la pendencia de este procedimiento se aparte cautelarmente a los querellados de la instrucción del caso Umbra, ello si no procediere un apartamiento más amplio de las tareas de servir en un Juzgado Instructor en su cualidad respectiva de magistrado-juez y de fiscal adscrito".

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