viernes, 4 de octubre de 2013

Según el TSJ, el Gobierno de Murcia debe adoptar acuerdos previos para recibir el aeropuerto

MURCIA.- El Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJRM) ha levantado la medida cautelar que suspendió la toma de posesión del aeropuerto de Corvera por parte del Gobierno murciano con ayuda de la Guardia Civil, pero ha dicho que es este Ejecutivo el que debe dictar antes las resoluciones oportunas para hacerlo.

No obstante, el auto de la sala de lo Contencioso advierte de que esas resoluciones podrán ser recurridas por la sociedad concesionaria del aeropuerto, Aeromur, una unión temporal de empresas liderada por la promotora Sacyr, que también podrá pedir las medidas cautelares que en relación con ellas crea convenientes para sus intereses.
El auto señala que en la vista celebrada el martes para que las partes pudieran opinar sobre la medida cautelar adoptada por el TSJRM el pasado 27 de septiembre, Aeromur pidió su mantenimiento, mientras que el abogado del Gobierno de Murcia solicitó que fuese levantada.
La concesionaria alegó que el Ejecutivo regional había actuado por vía de hecho cuando se presentó en las instalaciones aeroportuarias para hacer un balance de sus bienes sin tener ningún título que lo habilitara para ello.
Asimismo, expuso que la actuación impugnada vulneraba sus derechos e intereses y que la entrega debía hacerse tras la liquidación de las obras y con la presencia de ambas partes, con las formalidades que marca la ley.
Por su parte, el abogado del Ejecutivo murciano alegó que la situación creada al impedir la toma de posesión del aeropuerto ocasionaba una grave perturbación del interés general y que la única propietaria de las instalaciones era la comunidad autónoma.
Afirma la sala que lo que acordó el pasado día 27 fue suspender el levantamiento del acta de entrega y toma de posesión prevista para ese día, con lo que no se puede "extender esa medida cautelar a otros actos o fechas distintos".
"No puede esta sala -añade- pronunciarse sobre actuaciones distintas de la recurrida, ni, por supuesto, determinar si debe procederse o no a la entrega de las instalaciones, cómo ni cuándo, pues la concesionaria, única legitimada para ello, no ha recabado de este tribunal que fije unos plazos o unas determinadas pautas para la toma de posesión" por parte del Gobierno murciano.

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