MURCIA.- La Fiscalía Anticorrupción de Murcia ha pedido al juez
instructor del 'caso Umbra', en el que se investiga una presunta
corrupción urbanística en la expansión norte de la ciudad, que desestime
la nulidad de las actuaciones pedida por la defensa de uno de los
imputados, el alcalde Miguel Ángel Cámara.
En su
escrito, el Ministerio Público rechaza que, como alega el defensor de
Cámara, la declaración de secreto que ha pesado sobre las actuaciones
haya producido indefensión a los imputados, entre los que se encuentra
también el ex concejal de Urbanismo Fernando Berberena.
Para
el fiscal, no puede decirse que los autos por los que cada mes se
acordaba prorrogar el secreto no estaban motivados, ya que el primero de
ellos, asegura, sí lo estaba y los demás se limitaban a prolongar esa
medida, han indicado fuentes judiciales.
El
escrito indica que lo único que anuló la Audiencia Provincial -en cuya
decisión se basa la solicitud de Cámara- al estimar un recurso del
propietario del Real Murcia e imputado Jesús Samper fue un auto de
prórroga del secreto dictado en enero de 2011.
Según
el ministerio público, todos los registros efectuados en domicilios y
despachos de los imputados y el material aprehendido en los mismos no
está afectado por esa declaración de nulidad y, en consecuencia, son
válidos.
Asimismo declara que la decisión de
declarar secreta una causa o parte de la misma es una medida
perfectamente legal en manos de jueces y magistrados para evitar que el
conocimiento de lo actuado pueda perjudicar a la investigación que se
encuentra en marcha.
Este dictamen de
Anticorrupción, que va acompañado de varias citas jurisprudenciales del
Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, ha sido entregado ya en
el Juzgado de Instrucción nº 8 de Murcia, que investiga los
hechos.
El escrito de la defensa pide la nulidad de
la causa desde enero de 2011, en que fue dictada la resolución dejada
sin efecto por la Audiencia Provincial de Murcia por medio de un auto
dictado en julio pasado, que estimó el recurso de Samper.
El
tribunal, con ponencia de la magistrada María Poza, indicaba que como
en el recurso del propietario del Real Murcia no se especificaba nada
acerca de la extensión de los efectos de la declaración de nulidad, no
podía ir más lejos, ya que aquel se había limitado a impugnar la
declaración de secreto acordada en enero de 2011.
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