miércoles, 4 de septiembre de 2013

El juez habla de 'simulación de delito' en el caso del ex párroco de Churra y archiva actuaciones

MURCIA.- El titular del Juzgado de Instrucción nº 6 de Murcia ha decretado el archivo del procedimiento penal que se abrió sobre el entonces párroco de Nuestra Señora de la Encarnación de la pedanía murciana de Churra, Francisco Javier Ruiz, al concluir las investigaciones de la Policía Científica que las fotografías y el vídeo difundido en las redes sociales de contenido sexual no están manipuladas.

   Unas imágenes y vídeo en el que aparece el cura con otra personas realizando "semejante exposición sexual pública" grabado en el paraje conocido como Coto Los Cuadros, "en la misma orilla de un camino público y sin nada que lo oculte de la visión de los demás, a plena luz del día".
   Así lo recoge en el auto, con fecha de 2 de septiembre, en el que se informa que tras el informe pericial, "no se han constatado indicios algunos que hagan sospechar alguna posible manipulación no solo del vídeo", que dura casi 30 segundos y se ha conseguido de su grabación original, "sino que tampoco esos mismos posibles indicios de manipulación alguna aparecen en las fotografías, dos de ellas captando imágenes concretas de esa grabación en el vídeo".
   De forma que la Policía no ha encontrado "discordancia" alguna en las pistas del audio y del vídeo que se grabó; además de que tras analizar la pista de video imagen a imagen para detectar cortes o posible superposición de imágenes, no se han hallado indicios que haga sospechar de una posible "manipulación" de las mismas. "Las imágenes que tanto se han dubitado son auténticas y no tienen manipulación alguna", sentencia.
   Considera, por tanto, la Policía que "no se puede considerar, en modo alguno", como refirió el propio cura en su ratificación de la denuncia presentada en mayo ante el Juzgado, que "son falsas las fotos tomadas y las imágenes contenidas en el vídeo, teniendo toda la apariencia técnica y legal de ser imágenes completamente auténticas (vista la nitidez y claridad de la misma y de la faz de la persona que aparece de cara a la cámara)", dicta el auto.
   "Coincide el contenido de esa grabación con la declaración policial" de una persona que "refiere como efectivamente al observar una práctica sexual en ese lugar público volvió con su bicicleta para tratar de grabar la escena", una actividad de 'cruising'.
   La imagen, se deduce de las investigaciones, "se corresponde por su movimiento efectivamente con un paseo en bicicleta hasta que se da por las dos personas que se encuentran en el camino, con una total apariencia las imágenes de naturalidad y espontaneidad en su toma, usando el manillar de su bicicleta el captor de las imágenes para poder seguir grabando de forma nítida a las dos personas que se hallaban allí".
   Por ello, considera que "no deben ser ni el delito contra la integridad moral ni de revelación de secreto pues la propia conducta del denunciante, que de 'motu propio' se ha expuesto a la publicidad y trascendencia a terceros de la actividad sexual íntima que en lugar público estaba realizando, debe hacer llegar la presente causa a su sobreseimiento, sin perjuicio de las acciones que se puedan ejercitar en otras jurisdicciones si es que con la difusión de las imágenes considera afectada su intimidad".
   Finalmente, en la resolución, que es susceptible de recurso, se establece que en caso de alcanzar firmeza se deduzca testimonio contra el denunciante por denuncia falsa o simulación de delito.

No hay comentarios: