jueves, 18 de julio de 2013

Las Salinas de Calblanque no son de dominio público, según el Tribunal Supremo


CARTAGENA.- Las Salinas del Rasall, ubicadas en el Parque Regional de Calblanque, Monte de las Cenizas y Peña del Águila, no pertenecen al dominio público marítimo-terrestre, según la sentencia dictada por el Tribunal Supremo (TS), que ha desestimado el recurso que presentó la Administración del Estado.

La sentencia indica que el agua del mar no llega a las mismas de forma natural, "ni siquiera durante los fuertes temporales", sino por la acción del hombre, a través de excavaciones y de un pozo.
Se confirma así la sentencia de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, que, en junio de 2011, estimó el recurso presentado por la empresa Zona Árida, S.L. contra la orden del Ministerio de Medio Ambiente de noviembre de 2007, que aprobó el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre de siete kilómetros de costa.
La citada empresa alegó que los terrenos de su propiedad afectados por el deslinde son dos fincas rústicas ocupadas parcialmente por las denominadas Salinas del Rasall, sobre las que se vino desarrollando una explotación salinera.
Asimismo expuso que con anterioridad la zona estuvo ocupada por dos lagunas litorales a una distancia mínima de la costa de 300 metros, "donde nunca existió agua procedente del mar" y que en su actual configuración las salinas se ejecutaron en la década de los años 50.
La demanda estimada por la Audiencia Nacional en una sentencia ratificada ahora por el Supremo añadía que "los terrenos no tienen las características demaniales que se les atribuye", por lo que se negaba su consideración de dominio público.
Indica el Alto Tribunal que "para la sentencia recurrida hay datos en el expediente que resultan concluyentes para anular el deslinde aprobado, consistentes en la existencia de una barrera rocosa de dunas fósiles, que llegan a alcanzar una altura de 22 metros e impiden la entrada del mar incluso durante los fuertes temporales".

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