CARTAGENA.- El Pleno del Ayuntamiento de Cartagena ha
aprobado por unanimidad una declaración institucional de todos los
grupos políticos municipales a favor del mantenimiento del partido
judicial de Cartagena.
Este partido judicial, que comprende los municipios de Cartagena,
Fuente Álamo y La Unión, está compuesto por nueve juzgados de 1ª
Instancia, dos de Lo Penal, dos de Lo Social, un
Contencioso-Administrativo y la Sección 5ª Civil-Penal de la Audiencia
Provincial, que dan cobertura a una población superior a los 350.000
habitantes.
La declaración se ha producido como consecuencia de la difusión de
un documento-borrador que puede ser utilizado como base para la
elaboración de la nueva Ley de Planta Judicial, promovida por el
Ministerio de Justicia, y que plantea una nueva organización de la
Justicia como servicio público, informa el Consistorio.
En este documento se incluye la posible desaparición del Partido
Judicial de Cartagena y de la Sección 5ª de la Audiencia Provincial, que
supondrá la retirada de los órganos de 1ª y 2ª Instancia de la ciudad.
En su declaración, el Ayuntamiento de Cartagena valora
positivamente todas aquellas medidas que contribuyan a ofrecer a los
ciudadanos una Justicia más efectiva, rápida y eficaz; pero advierte que
Cartagena "ha conseguido a lo largo de los años una estructura judicial
amplia, con un Palacio de Justicia que, de forma centralizada, reúne a
la mayoría de las instancias judiciales del municipio".
Esa estructura, a juicio del Ayuntamiento, "beneficia la atención
al ciudadano, facilita el trabajo de los funcionarios, abogados y
procuradores y responde a los criterios que deben regir el
funcionamiento de las administraciones: cercanía, agilidad y
eficiencia".
Esas son las razones que ha esgrimido el pleno para apoyar el
mantenimiento de las instancias judiciales existentes en el partido
judicial de Cartagena y comprometerse a trabajar para evitar cualquier
decisión que suponga una reducción de los servicios existentes y, por
tanto, un perjuicio a los ciudadanos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario