viernes, 8 de marzo de 2013

La Audiencia de Valencia condena a SabadellCAM a devolver el importe de unas acciones preferentes

VALENCIA.- La Audiencia Provincial de Valencia ha fallado a favor de unos inversores en participaciones preferentes de la CAM bajo el asesoramiento de la propia entidad, concretamente en deuda perpetua de RBS y en deuda subordinada de Banesto, que vencía en 2039. Es la primera sentencia de esta Audiencia Provincial que considera damnificados a los inversores de estos productos financieros y sienta jurisprudencia de cara a próximos casos que están pendientes de resolver. 


La sentencia número 87/2013 desestima un recurso de apelación interpuesto por el Banco Sabadell que anulaba los contratos de compraventa de las preferentes y que iba contra la sentencia dictada en octubre de 2012 en primera instancia por el Juzgado nº 21 de Valencia. En este caso, se obliga a devolver el importe de estas preferentes de la CAM a los damnificados. El fallo es firme y no cabe recurso.

Lo más importante es que desestima la caducidad de la acción, uno de los motivos que alegaba SabadellCAM para presentar el recurso, y se anula el contrato de compra de las preferentes que vendió la CAM.
 La sentencia considera que hubo falta de información y de asesoramiento correcto, y que el banco no acreditó la información pertinente.

La sentencia obliga a la devolución por parte de SabadellCAM de 129.865 euros, más gastos, comisiones e intereses desde la fecha de la compra de las participaciones. Y condena a la entidad a pagar las costas. 
Las razones que alegó Sabadell CAM para recurrir la anterior sentencia eran que la acción ya estaba caducada y que no hubo falta de información, más bien que los productos contratados eran complejos. También se acogía a la responsabilidad de los clientes el contrato, por lo que consideraba que no se había producido ningún incumplimiento por parte de la entidad y no procedía la indemnización por daños.

No hay comentarios: