martes, 6 de diciembre de 2011

El Defensor del Pueblo recuerda a Cultura su obligación de contestar y notificar a la ciudadanía sus peticiones

MURCIA.- El Defensor del Pueblo de la Región de Murcia, José Pablo Ruiz Abellán, recuerda a la Consejería de Cultura y Turismo, su obligación a contestar por escrito y a notificar en tiempo y forma a la ciudadanía las solicitudes y peticiones que ésta le dirija.

   Y es que, según se explica en una resolución, en mayo de 2010 se registró la entrada en esta Defensoría de una queja de un ciudadano en la que manifestaba su malestar por la tardanza en contestar a una solicitud realizada al Museo de Bellas Artes de Murcia.
   El interesado exponía en su queja que tres meses antes se dirigió a dicho museo solicitando ver un cuadro del pintor murciano Manuel Arroyo, pero fue informado de que, al no encontrarse en exposición permanente, debía rellenar un formulario, el cual presentó en la recepción del propio museo.
   Sin embargo, al día siguiente recibió un correo electrónico de la responsable Técnico de Colecciones y Atención y Atención a Investigadores en el que le informaba que debía rellenar otro impreso más detallado. Una vez enviado, el ciudadano recibió la confirmación de que todo estaba correcto.
   Transcurridos tres meses sin recibir respuesta, el interesado se puso en contacto telefónico con la responsable del museo que le informó de que su solicitud no había sido aceptada ni rechazada por su superior, pero iba a hacer las gestiones necesarias para darle una respuesta.
   Se acusa recibo y se admite a trámite la queja el 31 de mayo de 2011, comunicando al reclamante que con esa misma fecha se había requerido a la Consejería de Cultura y Turismo para que informase sobre la queja planteada, concretamente sobre los motivos de la falta de contestación a las peticiones del ciudadano.
   Un mes después el interesado presenta copia de un correo electrónico de 27 de mayo de 2011, que le fue enviado por los responsables del museo, en el cual se le comunica la autorización para ceder el uso de la imagen en su blog con la condición de que se redujese la resolución de la misma y fuera imposible guardar la imagen.
   Ante lo que el interesado rechazó la posibilidad de utilizar una foto que en su opinión resultaba borrosa y de mala calidad que, además, debía hacerla la propia responsable del museo con su cámara.
   En julio, la Consejería de Cultura y Turismo presenta en la Defensoría un informe al que se adjunta escrito del conservador responsable del Museo de Bellas Artes de Murcia en el que pone de manifiesto que el motivo de la tardanza en proporcionar una respuesta al interesado radica en que el hecho de que "el museo carecía de una imagen actualizada de 'La Visión de Ezequiel', ya que esa obra fue restaurada en 2009, y dado que la apariencia de la misma había variado, era inviable enviarle la imagen anterior a la restauración".
   En dicho informe, se afirma que la única posibilidad era que la fotografía del lienzo la hiciese el conservador del museo con su propia cámara o bien la hiciera la técnico responsable con la cámara del museo que no era una cámara profesional.
   Por lo que el Defensor del Pueblo recuerda que la Administración del Estado garantizará el acceso de todos los ciudadanos españoles a los archivos, bibliotecas y museos de titularidad estatal, sin perjuicio de las restricciones que, por razón de la conservación de los bienes en ellos custodiados o de la función de la propia institución, puedan establecerse".
   Así como que la Ley 5/1996, de 30 de julio, de Museos de la Región de Murcia establece que "la realización de copias y reproducciones, por cualquier procedimiento, de los fondos de un museo integrado en el Sistema de Museos de la Región de Murcia, se basará en los principios de facilitar la investigación y la difusión cultural, salvaguardar los derechos de propiedad intelectual de los autores, garantizar la debida conservación de las obras y no interferir en la actividad normal del mueso".
   Ruiz Abellán puntualiza que el Museo de Bellas Artes de Murcia es un museo de titularidad estatal gestionado por la Consejería de Cultura y Turismo de la Región, así como que en las páginas web de diversos museos de titularidad estatal, como es el Museo Nacional de El Prado, el Museo Reina Sofía o el Museo Nacional de Arqueología Subacuática (Arqua), se recoge de manera similar el derecho de acceso de los investigadores a los fondos museísticos, permitiendo la posibilidad de obtener copias de los documentos, siempre que sean autorizadas por el personal técnico del museo.
   Sin embargo entiende que "se ha incumplido la obligación de la Administración de dar contestación formal a la solicitud del ciudadano con la actuación pasiva del Museo de Bellas Artes de Murcia, que ha tardado más de tres meses en contestar a su petición".
   A tal efecto recuerda la obligación de la Administración Pública de servir con objetividad los intereses generales, actuando de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, "con sometimiento a la Ley y al Derecho, que, obviamente, significa entre otras cosas, la necesidad de dar puntual respuesta a las solicitudes y peticiones que presenten los ciudadanos".

1 comentario:

Antoine dijo...

El señor que denunció hizo muy bien, a mí no se me ocurrió en su día, pero debía haberlo hecho también. El problema radica, en el fondo, en que el señor director del MUBAM, ni está ni parece que se le espere... Mucho trabajo por hacer y nadie competente que lo haga, Murcia es tan pequeña que estas cosas acaban por saberse; la cosa es la siguiente: prepara la oposición, si la hay, y descansa el resto de tu vida después de conseguirla... lo malo es que se paga con dinero público oiga, si, ese dinero que no es de nadie, como diría la ministra...