sábado, 22 de octubre de 2011

Agua realmente para todos, ya / María Giménez y Andrés Pedreño *

En el año 2005, más de cien científicos de diversos países de la Unión Europea firmaron una Declaración por una nueva cultura del agua en la que manifiestan la necesidad de establecer tres categorías jerarquizadas sobre los valores y usos del agua. Distinguen así entre Agua-Economía, dirigida a satisfacer las necesidades de agua para el desarrollo productivo; el Agua-Ciudadanía, dirigida a disfrutar de los servicios de abastecimiento de agua potable y saneamiento en conexión con los derechos sociales de la ciudadanía; y finalmente el Agua-Derecho Humano, primera en orden de prioridad.

Esta categoría se corresponde con el derecho humano al agua, que se define a nivel internacional como «el derecho a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para uso personal y doméstico» que según la Organización Mundial de la Salud (OMS) serían cubiertos con al menos 30-40 litros diarios por habitante.

El lema de ´agua para todos´ abanderado durante años por la clase dirigente murciana en realidad se refería al Agua-Economía, y tenía, por tanto, un destino más selectivo, pues no era para todos, sino para aquellos que lo requerían para el desarrollo de los nuevos regadíos y, sobre todo, para el desarrollo inmobiliario y de resorts (apuesta que hoy sabemos nos ha llevado a la ruina).

Que el agua sea realmente para todos interpela al Agua-Derecho Humano. Hoy en Murcia sabemos que el Derecho Humano al Agua no es para todos, y ello implica una vulneración del derecho internacional que fija el criterio de agua para todos en función de que todas las personas tengan garantizado un suministro mínimo sin ningún tipo de discriminación, garantizando que las personas que viven en una situación de mayor vulnerabilidad puedan acceder al agua en igualdad de condiciones.

La actual crisis está teniendo un tremendo impacto sobre las condiciones de vida de las familias por la doble pinza del desempleo de masas y los recortes de las protecciones sociales. Junto con los desahucios y otros traumas sociales, un síntoma especialmente dramático de esta crisis lo conforman aquellas familias a las que Aguas de Murcia les está cortando el suministro de agua potable por impago de dos facturas acumuladas. Aguas de Murcia considera que el «impago de un número de dos recibos consecutivos implica que el usuario se da de baja del servicio» y esta presunta voluntariedad del usuario a darse de baja es lo que ´autorizaría el corte del suministro´.

Pero esto es manifiestamente falso, pues las familias más golpeadas por la crisis están viviendo situaciones intolerables de vulnerabilidad existencial y el impago de la factura del agua se debe a estas situaciones límite de pobreza. Pueden ser miles las familias afectadas por esta práctica de Aguas de Murcia de sancionar sus dificultades cerrándoles el grifo. Dado que el Ayuntamiento de Murcia es el que conoce la dimensión del drama y tiene los datos del número de familias que están afectadas por esta práctica de Aguas de Murcia, y amparándonos en nuestro derecho a la información pública, hemos remitido una instancia al alcalde solicitando tales datos, sin que por ahora hayamos obtenido respuesta alguna. 

Hemos de decirlo con claridad: Aguas de Murcia, con estas prácticas que penalizan a las clases populares y agravan los efectos de la crisis sobre estos estratos de la población, «contraviene el derecho humano al agua», reconocido por la ONU el 28 de julio de 2010. Ese día, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una resolución histórica (64/292) que reconoce el derecho humano al agua potable y el saneamiento como «esencial para el pleno disfrute del derecho a la vida y de todos los derechos humanos».

Es evidente que el derecho al agua no puede ni debe traducirse, desde el punto de vista jurídico, en un derecho a una cantidad ilimitada de agua, ni exige que el agua se suministre de forma gratuita en todos los casos. La disponibilidad de agua está limitada por la situación de los recursos y la necesidad de preservar los ecosistemas naturales, pero también por factores económicos que aconsejan la recuperación del coste del servicio, estableciendo estructuras tarifarias por tramos de consumo. 

Sin embargo, cuando las personas no puedan pagar el agua necesaria para satisfacer sus necesidades básicas —por razones de pobreza, de urgencia o circunstanciales— es responsabilidad de los Ayuntamientos suministrar ese agua necesaria para satisfacer dichas necesidades a través de subvenciones o como un derecho incondicional; por ejemplo, el ayuntamiento de San Pedro del Pinatar tiene una bonificación para pensionistas y familias con bajos recursos del 90% en la tarifa, aplicado en la cuota de abono trimestral y en el consumo mínimo hasta 20 m3.

En este sentido, es de justicia que el ayuntamiento de Murcia siga la misma línea que otros consistorios españoles, e introduzca en el Reglamento del Servicio Municipal de Abastecimiento de Agua Potable el reconocimiento del abastecimiento básico gratuito en el volumen recomendado por la ONU y la OMS. Para evitar posibles fraudes, la gratuidad en el servicio estaría condicionada a la previa comprobación por Servicios Sociales de la falta de recursos económicos para atender al pago de las necesidades básicas.

Asimismo, el Ayuntamiento debería incorporar una tarifa social para tramos mayores de consumo, cumpliendo así con el requisito de ´asequible´ que se desprende del concepto de derecho humano al agua.

(*)  Profesora de Derecho y profesor de Sociología de la Universidad de Murcia

1 comentario:

Anónimo dijo...

Aguas de Murcia, Agbar. Esto pasa por privatizar la gestión del recurso humano esencial. Responsable: Miguel Ángel Cámara, alcalde de Murcia. Pero en otras localidades pasa lo mismo. Hipotecadas por más de 20 años...y negando el derecho a sus ciudadanos independientemente de su color político.